Tu comentario fué :
Fíjate que casualidad Roberto, que precisamente una decisión del juzgado sea achacada a un error o jugarreta de Adicae...con buenas o malas intenciones, eso ya es otro cantar.
Tal vez no te acuerdes Robertos, pero fue el juzgado de lo mercantil nº 7 el que estableció que los afectados no presentáramos fotocopias compulsadas debido al elevado número de clientes.....al final fueron ellos los que nos mandaron una carta a casa en la que figuraban nuestros créditos, el tipo de contrato y ese tipo de cosas, la información que figuraba en esos documentos la extrajeron directamente de Fórum...si estabas conforme firmabas, si había errores ERA ENTONCES cuando aportabas la documentación.
Por lo tanto, este señor se ha olvidado de este "pequeño" detalle.
Ahora ya sabes quien me paga jajja.....me apunté en otra asociación que no es Adicae para no levantar sospechas....lo que hace el tiempo libre
Mi respuesta :
Para empezar, Azaradis, no eran fotocopias compulsadas, si no legitimadas que, aunque lo parezca, no es lo mismo.
Tal y como dice el refrán : “ Tú, fíate de la Virgen y no corras “ . Que el día que que al juéz le dé por decir, que para estar debidamente representado en una mesa de acreedores, se tienen que aportar los contratos escaneados, ¡ ya podemos correr ¡. Esto, también lo puede exigir cualquiera de los que entiendan que se está vulnerando la Ley.
Por eso mismo, como los de A.B. ( ya me entiendes ) son tontos de capirote, se han tomado la molestia de escanear todos y cada uno de los contratos de sus clientes y, posteriormente, pasarlos a un CD., por si a su Señoría o cualquier otra de las Señorías que le pudiera sustituir en un futuro, pudieran decidir en un momento determinado que hay que cumplir la Ley . Tal y como dice otro refrán, “mas vale prevenir que curar “, y en nuestro caso, si esto sucediera, íbamos a necesitar muchos metros de esparadrapo, por que, en ese caso, el juéz de turno concedería una plazos irrisorios para su debido cumplimiento.
No sé tú, pero yo conozco alguna que otra persona que su crédito no coincide con el comunicado por los Administradores Concursales ( nó por el juéz, como tú dices ), ¡ y no les han pedido los contratos originales a la hora de presentar el incidente concursal ¡
Recuerda, que la Ley está para cumplirla, a pesar de que algunos jueces puedan opinar lo contrario.