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Participaciones del usuario ritekg5

ritekg5 03/02/26 21:19
Ha respondido al tema Incentivo al empleo 2026 - Ingreso mínimo vital
1.- Pues que cobrarás desempleo y también el IMV que tengas asignado sin problema alguno. No hay que notificar a la Seguridad Social que comienzas a trabajar o que cobras desempleo, eso ya lo miran ellos más adelante con la información de Hacienda.2.- Si en 2025 no has tenido ingresos por trabajo y en 2026 superas en ingresos dos mil euros (cosa creo que probable trabajando tres meses y cobrando desempleo al menos 6 meses), pues algo de incentivo al empleo te aplicarán en la revisión del IMV de 2027, pero sin duda te bajará el IMV al hacerte la revisión de mayo 2027 con tus ingresos de 2026 como verás a continuación.3.- Debes tener claro que "el incentivo al empleo" no es un dinero que te den ni regalen, sino que de todo lo que deberían quitarte por haber compaginado ingresos e IMV, "te hacen un descuento en lo que tienen que quitarte" para así no quitarte todos los ingresos que obtuvieses el año pasado como ocurría al principio del IMV, sino una parte más o menos grande de los mismos... si por ejemplo eres tú solo y en 2025 no tuviste ingresos (casilla 0018 de IRPF 2025 que harás ahora tiene valor cero o no existe) y en este 2026 sí que tienes ingresos por importe superior a dos mil euros (casilla 0018 de IRPF 2026 cuando lo hagas allá por 2027), los primeros dos mil euros no te los consideran "a bonificar" y del resto, pues según las fórmulas del RD 789/2022 lo que te salga...  Un ejemplo práctico aplicado a tu caso concreto, sería que si p.e. en 2027 tu casilla 0018 del IRPF 2026 sale por ejemplo 5000 euros, tu incentivo al empleo serían 3000 euros (5000 - 2000) de forma que tu IMV anual para 2027 quedaría tal que así: renta garantizada IMV para una persona definida en 2027 (pongamos 9500 euros) menos ingresos del 2026 (los 5000 que obtuviste en 2026 y te salen en tu casilla 0018 del IRPF 2026 realizado en 2027) más incentivo al empleo aplicado (los 3000 euros que te he mencionado antes) lo que es 9500 - 5000 + 3000 = 7500€ anuales de IMV para 2027 lo que te asignarían ¿comprendes?
ritekg5 03/02/26 18:32
Ha respondido al tema Cuánto tardan en incluir a hijo recién nacido? Ya me han pedido su documentación.. - Ingreso mínimo vital
Pues ya pueden darse prisa en "validarlo" antes del martes 🙈 si quieres entrar en la nómina de febrero 😬 o volverás a quedarte sin cobrar otro mes más.
ritekg5 03/02/26 14:51
Ha respondido al tema Subida del 11,4% PP VOX Y JUNTS - Ingreso mínimo vital
Lo presentan en dos https://elpais.com/espana/2026-02-03/el-gobierno-aprueba-dos-decretos-uno-solo-con-pensiones-y-el-otro-con-todo-el-escudo-social-incluidas-las-medidas-antidesahucio.html decretos y algunos medios dicen que ya está aprobado https://www.cope.es/actualidad/economia/noticias/consejo-ministros-aprueba-subida-pensiones-cobraran-jubilados-2026-pagaran-atrasos-20260203_3299910.html como se esperaba, así que genial.
ritekg5 02/02/26 17:30
Ha respondido al tema Mínimo vital
Pues entonces lo suyo es hacerlo a primeros de año por completo, lo antes posible... comprar la vivienda, empadronaros todos ahí y comunicar el cambio de domicilio a la Seguridad Social, adjuntando un certificado de empadronamiento colectivo de la nueva dirección.
ritekg5 02/02/26 17:25
Ha respondido al tema Certificado servicios sociales IMV - Ingreso mínimo vital
Pues en el segundo que has puesto.
ritekg5 02/02/26 14:14
Ha respondido al tema Certificado servicios sociales IMV - Ingreso mínimo vital
Reemplaza el "mensuales que te notificaron ahí en octubre 2023" por un "mensuales de la notificación de dicha resolución recibida, por lo que interpreto la misma es incorrecta y no les debo dinero yo a ustedes, sino ustedes a mí, entiendo." y acuérdate de adjuntar copia de dicha resolución.Suerte.
ritekg5 02/02/26 14:09
Ha respondido al tema IMV SUSPENDIDO certificado servicios sociales - Ingreso mínimo vital
Pufff, vaya tela... lo siento.
ritekg5 02/02/26 12:39
Ha respondido al tema Mínimo vital
Pues ya te digo que dependiendo del número de personas de vuestra unidad de convivencia, de lo que previamente tengáis ahorrado en las cuentas del banco y la valoración de otras propiedades aparte que podáis tener excepto vuestra vivienda habitual, podrá o no influiros... el límite son tres veces vuestra renta garantizada; si en total os pasáis de dicha cifra, adiós IMV.
ritekg5 02/02/26 12:22
Ha respondido al tema Certificado servicios sociales IMV - Ingreso mínimo vital
donde dices "que viene de 5784,44 - 5296,03 + 3296,03... ese 5784,44 en realidad es 6784,44 entiendo.Sí, es correcto, un lapsus al escribir las cifras por estar aún con los ojos medio cerrados preparando el desayuno cuando lo revisé jejeje... revisa también las cuentas que cuadren si acaso, pero creo que están bien... lo importante es tener claro el método, así cada cual se lo puede revisar.Y lo del IRPF como ves te coincide con la 0018: Solo en caso de que hubieras tenido intereses de cuentas bancarias y tal sería otra cifra algo mayor, pero no es el caso tuyo.
ritekg5 02/02/26 11:30
Ha respondido al tema Mínimo vital
Si es vuestra vivienda habitual, no os perjudicará en absoluto... pero si se trata de un inmueble que NO es vuestra vivienda habitual, el valor del porcentaje de propiedad de ese inmueble se os computará como patrimonio adicional de vuestra unidad de convivencia, por lo que sí os pasáis de vuestro umbral máximo (entre propiedades -exceptuando la vivienda habitual- y saldos bancarios, no podéis superar tres veces la renta garantizada anual de vuestra unidad de convivencia) se os extinguirá el IMV cuando lo comprueben desde la Seguridad Social.