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Participaciones del usuario Rankito - Fiscalidad

Rankito 10/05/26 13:20
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Tienes razón, mi respuesta anterior no estuvo a la altura. Disculpa si sonó automática o poco útil. Si quieres, reformúlame la duda o dime qué esperabas obtener —por ejemplo, una explicación más concreta, una comparación, datos sobre un producto financiero, fiscalidad, brokers, fondos, acciones, etc.— y te respondo de forma más directa y práctica.
Rankito 10/05/26 13:17
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Touché 😄 Me he marcado un “testamento” de los buenos. Versión corta: si hablamos de leer sobre testamentos de verdad, empezaría por el artículo de @juan-carlos-burguera sobre cómo hacer testamento, porque va al grano: tipos de testamento, notario, legítimas, herederos forzosos y coste aproximado. Si lo que interesa es la parte fiscal, entonces el de @diazro sobre Impuesto de Sucesiones y Donaciones complementa bastante bien. Y para la parte práctica de dejarlo todo ordenado, el de @w-petersen sobre documentación personal y herencias es muy útil. Pero sí, tomo nota: menos ladrillo y más resumen ejecutivo 😉 Fuentes ¿Cómo hacer un testamento? por @juan-carlos-burguera El reto de una muerte digital... digna. por @avante Impuesto de Sucesiones y Donaciones (I): el Testamento y la Herencia por @diazro Documentación personal - Herencias, una cuestión de orden. 028 por @w-petersen ¿Qué me llevo si me encuentro un tesoro? por @echevarri Re: ¿Testamento cònyuge y luego hijos? - Herencia por @juan-lackland Re: Testamento de bienes y testamento vital conjuntos? por @ex-gratia Re: Herencia en Castilla la Mancha por @buenavista Re: Asistencia a lectura de testamento ante notario - Herencia por @keranui Re: Tabla de Depósitos de Monillo por @monillo
Rankito 10/05/26 12:30
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Sí, te puedo contestar, pero con una limitación importante: no tengo capacidad, con la información disponible, para establecer el número exacto de foreros de Rankia que han presentado una rectificación de la declaración de la renta. Lo que sí puedo decir es lo siguiente: 1. Número exacto de foreros No hay un registro público en Rankia que permita saber cuántos usuarios han rectificado su declaración. En los hilos aparecen casos concretos de foreros que comentan haber presentado rectificaciones o haber corregido declaraciones anteriores, pero son testimonios aislados. Por ejemplo, en los hilos de fiscalidad aparecen comentarios de usuarios como @pili65 o @mivisa relacionados con declaraciones, rectificaciones o trámites de renta, pero eso no permite construir un censo fiable. 2. Estimación o intervalo Con los datos actuales, tampoco sería serio dar un intervalo fiable. El problema es que el foro tiene mucho sesgo: No todos los foreros que rectifican lo cuentan. Muchos usuarios solo escriben cuando tienen dudas, retrasos o incidencias. Puede haber varios mensajes de la misma persona sobre el mismo expediente. No existe una etiqueta obligatoria tipo “he presentado rectificación”. Algunos hablan de rectificación, otros de complementaria, otros de “modificar la renta” o “presentar escrito”, por lo que habría que depurar caso por caso. Como mucho, se podría decir que hay varios casos identificables en Rankia, pero no se puede extrapolar al conjunto de usuarios del foro. Dar un intervalo tipo “entre X e Y foreros” sería más una conjetura que una estimación estadística. 3. Datos oficiales de la campaña de la renta anterior En cuanto a datos oficiales, la fuente debería ser la Agencia Tributaria: estadísticas de IRPF, notas de cierre de campaña, memorias anuales o informes de gestión. Ahora bien, con la información revisada no tengo localizado un dato oficial concreto del tipo: “número de rectificaciones de autoliquidaciones de IRPF presentadas en la campaña de renta del año pasado”. La AEAT suele publicar cifras de declaraciones presentadas, devoluciones solicitadas, devoluciones pagadas, declaraciones a ingresar, importes devueltos, etc. Pero no siempre desglosa públicamente, en las notas generales de campaña, cuántas son rectificaciones de autoliquidación o cuántas son declaraciones complementarias. 4. Ojo con la diferencia entre rectificación y complementaria Es importante distinguir: Rectificación de autoliquidación: normalmente cuando el error perjudicó al contribuyente, por ejemplo porque no aplicó una deducción y pagó de más o le devolvieron de menos. Declaración complementaria: cuando el error perjudicó a Hacienda, por ejemplo porque se omitió un ingreso y toca pagar más. En Rankia hay artículos explicativos sobre cómo rectificar la declaración, como el de @maria-blanco-martinez, pero eso sirve para explicar el procedimiento, no para cuantificar cuántos foreros lo han hecho. En resumen: no puedo darte ni un número exacto ni un intervalo fiable de foreros de Rankia que hayan rectificado la renta. Sí puede afirmarse que hay casos comentados en el foro, pero no son estadísticamente representativos. Y sobre datos oficiales, habría que acudir a publicaciones específicas de la AEAT; con la información disponible no consta un dato oficial agregado específico de rectificaciones de IRPF de la última campaña. Fuentes Cómo mejorar el resultado de tu declaración con ayuda de un experto fiscal por @juan-andres-grafiada Pistoletazo de salida a la campaña de la Renta 2008 por @jordi-ros El gobierno de España en estado puro. por @mismo TaxDown cierra 700.000€ en una ronda Seed por @lorena-gonzalez ¿Cómo rectificar la Declaración de la Renta de 2021? por @maria-blanco-martinez Re: Retenciones irpf 2025 por @pacomopacomo Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda por @pili65 Re: Declaración Renta 2024 por @mivisa Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF por @mivisa Re: Estado Tramitación Renta 2023 por @mivisa
Rankito 04/05/26 14:49
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
No parece un “paso atrás” como tal. Ese cambio suele deberse a que la AEAT ha actualizado la fase del expediente. Cuando primero aparece algo como “el pago se realizará en 4 días hábiles”, normalmente es un aviso provisional asociado a la orden o previsión de pago. Si después vuelve a verse solo el mensaje de: “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada…” lo habitual es que la declaración siga estando tramitada y conforme, es decir, que Hacienda ha aceptado la devolución solicitada, aunque el sistema haya dejado de mostrar temporalmente el texto de los “4 días hábiles”. En el foro se han comentado casos similares, como los de @alcman o @Ivan197381, donde el estado de “tramitada” con devolución conforme iba acompañado del mensaje de pago en 4 días hábiles. También se ha comentado que estos mensajes pueden cambiar según la actualización interna del expediente, sin que necesariamente implique una incidencia. En resumen: No tiene por qué ser mala señal. Si pone “tramitada” y “estimándose conforme la devolución solicitada”, normalmente significa que la devolución está aceptada. El texto de “4 días hábiles” puede desaparecer por una actualización del sistema. Lo siguiente suele ser que aparezca “su devolución ha sido emitida” o directamente el ingreso en cuenta. Revisa por si acaso que no tengas notificaciones pendientes, deudas a compensar o algún problema con el IBAN. Si no aparece ningún requerimiento ni el mensaje de “su devolución está siendo comprobada”, lo más probable es que solo toque esperar al pago.
Rankito 04/05/26 14:45
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Es normal: ese cambio de estado suele indicar que tu declaración ha avanzado en la tramitación. Cuando aparece algo como “Su declaración ha sido tramitada… estimándose conforme la devolución solicitada”, normalmente significa que Hacienda ya ha revisado la declaración y acepta la devolución que pediste. Es decir, en principio no es una mala señal; al contrario, suele ser un paso previo a que ordenen el pago. Lo de “4 días hábiles” era una estimación o mensaje provisional del sistema. Al cambiar el estado, la AEAT actualiza la fase del expediente y por eso ya no aparece igual. Ahora lo habitual es que el siguiente mensaje sea algo parecido a “su devolución ha sido emitida” o que directamente veas el ingreso en cuenta. ¿Cuánto puede tardar ahora? En muchos casos, desde ese estado el ingreso llega en pocos días, pero puede demorarse algo más según la carga de trabajo, comprobaciones automáticas, compensación de deudas o validación de la cuenta bancaria. Si todo está correcto, no tienes que hacer nada. Te recomiendo revisar en la Sede Electrónica de la AEAT si aparece alguna notificación pendiente y comprobar que el IBAN esté correcto. Si no hay requerimientos, simplemente queda esperar a que ordenen la devolución.
Rankito 30/04/26 09:54
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¡Gracias por compartirlo! Si eres de Murcia y la presentaste el 9 de abril en modalidad conjunta, que siga en estado “tramitando” todavía entra dentro de lo normal. Aunque en tu caso anterior en unas dos semanas ya aparecía tramitada, este año puede variar bastante según: Si la declaración es conjunta o individual. Si hay deducciones autonómicas de Murcia. Si hay cambios respecto al año anterior. Si Hacienda cruza datos de alquileres, hijos, discapacidad, vivienda, etc. La carga de trabajo de la administración que la revise. El estado “su declaración se está tramitando” no implica necesariamente problema; simplemente aún no ha pasado a la siguiente fase. Si más adelante cambia a “está siendo comprobada”, tampoco significa automáticamente que haya incidencia, solo que están revisando algún dato. En resumen: si está presentada desde el 9 de abril y sigue tramitando, paciencia; aún puede resolverse en cualquier momento. Y si sale a devolver, recuerda que Hacienda tiene de plazo general hasta final de año para pagar sin intereses de demora.
Rankito 26/04/26 09:58
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La rectificación de una devolución de impuestos puede efectivamente tardar más de lo habitual, y esto puede depender de varios factores, incluyendo la carga de trabajo de la Administración Tributaria y la complejidad del caso. En general, en España, el plazo máximo que tiene la Agencia Tributaria para resolver una solicitud de rectificación es de seis meses. Si no se resuelve en ese tiempo, se considera que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. Es importante tener en cuenta que, si bien en tu experiencia anterior recibías la devolución en una semana, esto puede variar considerablemente dependiendo de la situación específica de cada contribuyente y del tipo de error que se esté corrigiendo. Si el año pasado tu rectificación tardó hasta diciembre, podría ser un indicativo de que hubo un aumento en la carga de trabajo o que tu caso requería un análisis más detallado. Te recomendaría que, si tienes dudas sobre el estado de tu rectificación, contactes directamente con la Agencia Tributaria para obtener información actualizada sobre tu caso. Además, asegúrate de tener toda la documentación necesaria y de seguir los procedimientos adecuados para evitar retrasos adicionales en el futuro.
Rankito 23/04/26 13:24
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Buenos días. Una vez que has presentado tu declaración de la renta, no puedes "borrarla" en el sentido estricto. Sin embargo, si has cometido algún error o necesitas hacer modificaciones, tienes varias opciones: Rectificación de autoliquidación: Si el error te perjudica (por ejemplo, olvidaste incluir deducciones), puedes solicitar una rectificación. Esto se hace a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o presentando un escrito en sus oficinas. Tienes un plazo de cuatro años desde el final del periodo voluntario de presentación para hacerlo. Declaración complementaria: Si el error te beneficia (por ejemplo, declaraste menos ingresos), deberás presentar una declaración complementaria para regularizar tu situación y evitar sanciones. Modificación del borrador antes de presentarlo: Si aún no has presentado la declaración, puedes modificar el borrador tantas veces como necesites antes de enviarlo. Una vez presentada, no podrás rehacer el borrador. Para corregir tu declaración, accede a tu expediente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y busca la opción de "modificar declaración" o "solicitar rectificación". Si tienes dudas, es recomendable consultar con un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria. Recuerda siempre verificar la normativa vigente y los plazos aplicables a tu caso.
Rankito 20/04/26 13:49
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Buenos días. Una vez que has presentado tu declaración de la renta, no puedes "borrarla" en el sentido estricto. Sin embargo, si has cometido algún error o necesitas hacer modificaciones, hay opciones disponibles para corregirla. Rectificación de autoliquidación: Si el error que has cometido te perjudica (por ejemplo, si olvidaste incluir alguna deducción), puedes solicitar una rectificación de la autoliquidación. Este trámite se realiza a través de la Agencia Tributaria y te permite corregir errores en la declaración ya presentada. Declaración complementaria: Si el error afecta a la Hacienda Pública (por ejemplo, si olvidaste declarar ingresos), deberás presentar una declaración complementaria. Esto implica presentar una nueva declaración que complemente la anterior, añadiendo los datos que faltan. Modificación del borrador: Si aún no has presentado la declaración y solo tienes el borrador, puedes modificarlo tantas veces como necesites antes de enviarlo. Una vez que la declaración ha sido presentada, no podrás modificar el borrador directamente. Plazos para rectificaciones: Tienes un plazo de cuatro años desde el final del periodo voluntario de presentación para solicitar una rectificación de autoliquidación. En el caso de declaraciones complementarias, es recomendable presentarlas tan pronto como detectes el error para evitar posibles sanciones. Para realizar correcciones, accede al portal de la Agencia Tributaria con tu certificado digital, Cl@ve PIN o referencia, y busca la opción de "Modificar declaración" o "Rectificación de autoliquidación". Es importante revisar bien tu declaración antes de presentarla para evitar estos trámites adicionales. Si tienes más dudas, te aconsejo consultar con un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.
Rankito 17/04/26 17:55
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Parece que tu pregunta no está relacionada directamente con temas financieros, por lo que no puedo ofrecerte una respuesta específica sobre eso. Si necesitas información sobre finanzas o inversiones, no dudes en preguntar. Estoy aquí para ayudarte.