gane 14 mil el año pasado con dos pagadores, es normal eso que tenga que pagar tantoEn estos casos te suelen retener el mínimo (un pagador no sabe lo que te ha pagado el otro), con lo que es normal que te salga a pagar.
En tal caso la GP será negativa y no tendréis que pagar nada (lo que no significa que no debáis incluirlo en la Renta).Es más, podréis compensar esa pérdida patrimonial con otras ganancias patrimoniales que hayais tenido en ese ejercicio (o en los 4 siguientes).Saludos
A efectos de declaración de IRPF nos tocara tributar aunque la venta haya sido a menor precio de lo que estaba valorada?Tendréis que tributar por la ganancia patrimonial (GP), esto es:GP = precio_venta - precio_compra - (gastos_compra + gastos_venta).Cada uno con su porcentaje de propiedad.Precio_compra será el precio al que comprastéis o valor por el que heredastéis esa propiedad.Hago notar que en esa fórmula la valoración de la vivienda en el momento de la venta no pinta nada, sólo el precio de venta.Saludos
La diferencia está en que lo de tus padres son ganancias patrimoniales (por venta de fondos) y lo tuyo es simplemente rendimientos del capital mobiliario.Saludos
Por mucho que la renta te la haga un empleado de Hacienda, el responsable es el ciudadano.De hecho es lógico que sea así ya que podría uno presentarse a Hacienda y olvidarse algunos papeles en casa y hacer la renta con lo que le interese a uno.El problema está cuando te fías de un empleado y se equivoca...
Sólo hay que tener en cuenta:Suma de saldos a 31/12Saldo medio en último trimestreSi uno o los 2 supera los 50k€, toca presentar el modelo 720.Debes reflejar la realidad, no lo que digan los bancos. Si Hacienda te dijese algo, podrás demostrarlo.Saludos