Gracias por vuestras respuestas, Leopoldo72 y Sidonio. Me habéis dado la información de forma clara.
Precisamente, es una de las dudas, si se puede pedir el usufructo en vez de la nuda propiedad. Leo que sí. Saludos.
Gracias por la respuesta, Sidonio.
Quizá no me haya explicado bien. La abuela y propietaria recibe una pensión mínima. Es vecina de portal de la hija y el yerno. Quizá la hija pudiera alegar ante el juez que el hijo ya se ha cobrado una parte de su legítima ....
.... Ese apartamento fue un regalo para la abuela, igual que todas las reformas que ha hecho en éste, a costa de la sociedad de gananciales con su marido (yerno). Llevan muchos años manteniendo económicamente a la propietaria (abuela), dándola un plato de comida y cuidando de ella.
Ha supuesto un perjuicio grave para la familia de la hija, que no recibió la solidaridad familiar, cuando se necesitó una habitación, por motivos extraordinarios y muy justificados.
Sin embargo, el otro hijo viene de visita y a pedirle dinero a la propietaria. Desde siempre.
Muchas veces, pienso que no va a pasar NADA. España es un experimento sociológico. Una población muy mezclada, con mucho guetto, sin raíces ni sueños en común. No haremos frente a estas injusticias, sino que desaparecemos y se agravará la polarización de las rentas.
El momento cuando estallará olla a presión será cuando los pringados paganinis no tengan un euro, para mantener todo el tinglado. Trabajaremos por cuatrocientos y pico míseros euros mensuales, echando más horas que un reloj. Eliminarán los subsidios y las pensiones. Nos van a acuchillar por la calle, a secuestrar, por el peluco (reloj) o el coche.
No interesa que la población autóctona, nativa, o como quieras llamarla, se reproduzca.
Interesa una cohorte de clase acomodada y de clase alta reducida, la polarización de la riqueza, contra mucha mano de obra barata y semianalfabeta. En un mundo globalizado y robotizado, donde sobra la producción por todas partes.
No soy experto en leyes. Lo que se me ocurre es que renuncies a ese dinero. Una vez estés cobrando la jubilación, tu hermano te dona esos 30.000 menos impuestos, que serán un pico.
A ver que te dicen por aquí.
Yo entiendo que tú puedes desgravar el 50%, mientras que tu ex el otro 50%.
Tú podrías desgravar el 100%, si siguiéraís casados, mediante la declaración conjunta de IRPF..
El motivo es porque tu ex cónyuge sigue incluída en el préstamo hipotecario. Supongo que a mitades pro indivisas (50 y 50). Responsabilidad solidaria.
No sé si lo puedes mover con un abogado. Quizá sí, consúltalo. Buena suerte.