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Participaciones del usuario Paco50 - Fondos

Paco50 19/02/25 19:27
Ha respondido al tema Planificar rescate plan de pensiones en situación de paro y desempleo.
Claro que sí. Ya se lo explicó Franjgr a José Antonio muy bien en otro post:""Para cobrar el subsidio para mayores de 52 años sólo se tienen en cuenta los ingresos del solicitante y no los del resto de la familia. Esos ingresos no pueden superar el 75% del SMI (888 euros en 2025).Aquel patrimonio que no tenga rendimiento explicito tendrá un rendimiento presunto del 3,25% anual.Los fondos de inversión que tengan dividendos tienen ese ingreso, lo debe mensualizar para saber lo que corresponde a cada mes, los que no tengan dividendos deberá aplicar el 3,25% de su valor y mensualizarlo. Lo mismo el plan de jubilación, no así el de pensiones que está exento hasta su rescate.Olvide las cuentas corrientes salvo que el SEPE le reclame los extractos, sobre esto hay mucha discrepancia y no debe ser usted el que les de pie a que las tengan en cuenta.La vivienda de la que es cotitular con sus hermanos, si el usufructo es de su padre no afecta en nada ya que no tiene capacidad de usar esa vivienda, no se tiene en cuenta.Haga los cálculos con estas premisas, especialmente los rendimientos presuntos de los productos que tiene contratados y si no supera los 888 euros al mes, podrá cobrar el subsidio.""Lo único que le faltó fué el rescate que, en principio, solo computan las plusvalías generadas.
Paco50 19/02/25 18:41
Ha respondido al tema Planificar rescate plan de pensiones en situación de paro y desempleo.
YA. En caso de despido colectivo, despido objetivo, procedimiento concursal, así como cese de la relación laboral por muerte, jubilación o incapacidad del empresario y extinción de la personalidad jurídica de la empresa, se podrá ANTICIPAR el rescate del plan de pensiones ANTES de haber agotado la prestación contributiva.Tengo entendido que para que te concedan el subsidio te van a mirar los ingresos del mes anterior a la solicitud. Intenta que el abono del rescate se produzca dos meses. antes de solicitar el subsidio. Aunque solo computan las plusvalías, es posible que si te ven el abono del rescate el mes anterior te rechacen el subsidio y tengas que reclamar.
Paco50 18/02/25 22:41
Ha respondido al tema Planificar rescate plan de pensiones en situación de paro y desempleo.
En cuanto al rescate, cualquier Plan se puede rescatar en el momento de producirse una de las contingencias contempladas en la ley. En tu caso cuando te despidieron por despido objetivo ya se dio la contingencia que no es más que un anticipo de la contingencia por jubilación.Cómo supongo que cuando te jubiles vas a tener una buena pensión te aconsejo que rescates todo el plan antes de la fecha de jubilación: Julio 2027.Lo primero que tienes que rescatar es lo aportado antes de 2007 que tiene una reducción del 40% siempre que lo rescates antes del 31.12.25. Según normativa para poderte aplicar la reducción tienes que rescatar el año en que se produjo la contingencia (despido marzo 2023) y en los dos siguientes. Si vas a solicitar el subsidio en abril deberías solicitar antes el rescate de lo aportado antes de 2007. Rescatarias los 23000€, pero solo tributas por 13800€.Si te conceden el subsidio los 12000€ restantes los puedes repartir rescatando 6000€ en 2026 y los otros 6000€ en 2027.En principio no debe afectarte mucho al cobro del subsidio xq solo computan como ingresos las plusvalías generadas y tratando de aportaciones más recientes y el escaso capital rescatado (6000€) no creo que suponga más de 100€/mes de renta. Luego si con tus otros ingresos y las plusvalías mensualizadas  del rescate del PP no superas los 888€ podrás seguir cobrando el subsidio hasta que te jubiles en 2027.
Paco50 18/02/25 14:43
Ha respondido al tema Planificar rescate plan de pensiones en situación de paro y desempleo.
En cuanto al reembolso de los fondos te interesa rescatar los que tienen más plusvalías antes de solicitar el subsidio.En cuanto al PP no comentas cuando te jubilas. En 2027 la edad ordinaria de jubilación son los 67 años. Te puedes jubilar con 65 y el 100% siempre que tengas a esa fecha 38'5 años cotizados. Los tienes?
Paco50 15/02/25 20:09
Ha respondido al tema Pensión máxima
Ni te cuadran a ti ni a nadie. Más pronto que tarde empezarán a recortar. Y lo primero que van a hacer será congelar las pensiones más elevadas, la de aquellos que como tú han contribuido más al sistema.Y me parece muy injusto que se acuerden de los que más contribuyen para intentar salvar las pensiones y cuando deje de ser sostenible se vuelva a penalizar a los mismos congelando o recortando la pensión.
Paco50 15/02/25 16:30
Ha respondido al tema Pensión máxima
El gobierno, para intentar seguir pagando las pensiones publicó en 2023 un Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.Y dentro de esta Ley, la mayor parte del esfuerzo contributivo recae sobre aquellos que cotizan actualmente por bases máximas, a través de 3 medidas:1) Aumento anual de las BM en el IPC MAS 1'2% hasta 2050. Esto hace que desde 2024 a 2050 las BM vayan a subir, además del IPC anual correspondiente, un 31'2% MAS; frente a un 2'875% que van a subir las PM por el ridículo 0'115%. Tradicionalmente las BM han subido, como mucho, el IPC. Incluso ha habido años (2019-2021) sin ninguna subida. 2) Otra de las medidas para aumentar la recaudación es el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) o sobrecotización en 2025 del 0.8%. Y claro que lo pagan todos los trabajadores, pero tú, como MUCHO pagaste un 28'3% de la BC. El MEI va subiendo cada año hasta llegar al 2029 que será de un 1'2% adicional, esto es, un 29'5% sobre la BC y se mantendrá hasta 2050.El MEI no lo tenían los anteriores cotizantes por BM.3) Hasta ahora solo se cotizaba hasta la BM. A partir de este año los trabajadores que obtengan un salario por encima de las BM van a tener que cotizar por el exceso. Se conoce como cuota de Solidaridad y NO da derecho a obtener una pensión superior.Esto tampoco lo tenían los anteriores cotizantes por BM.Y a cambio de lo anterior, para las nuevas PM a partir de 2025 van a tener GARANTIZADA una subida anual  del IPC+0'115% hasta 2050.Por tanto, no se trata solo de que cobren un 0'115% más que tú en 2025, sino de que además esa subida la tienen garantizada por Ley durante los próximos 25 años.¿Estás tú seguro de que te van a seguir subiendo la pensión conforme al IPC los próximos años?....
Paco50 14/02/25 19:41
Ha respondido al tema Pensión máxima
A ver si lo entiendes. Los que van a cobrar la máxima a partir de ahora van a tener que cotizar:1) Con unas bases máximas que se actualizan anualmente con el IPC+1'2%2) Existe una sobrecotización que se llama  MEI que te obliga a cotizar en 2025 un 0'8% más de tu base de cotización. La base sigue siendo la misma pero el trabajador y la empresa pagan más cotizaciones.3) Y para completar, a partir de 2025 entra en juego la cuota de solidaridad. Cotizaciones por encima de la base máxima que no genera NINGÚN derecho a percibir una pensión mayor.Entiendes ahora porqué los nuevos pensionistas tienen derecho a una pensión superior? Porque están pagando MUCHO más de lo que tú pagaste. Solo tienes que ver que en 2021 la base máxima estaba en 4070'1€ y hoy 4 años después ya está en 4909,50€...casi un 21% de aumento en 4 años.
Paco50 14/02/25 18:44
Ha respondido al tema Pensión máxima
No, solo una, la más alta. Los que venían cobrando la máxima se les seguirá subiendo el IPC y las nuevas máximas, calculadas con el nuevo sistema se revalorizarán anualmente con IPC+0'115%.
Paco50 14/02/25 17:06
Ha respondido al tema Pensión máxima
Solo para las pensiones máximas que se causen en 2025 se incrementan en 2'915%. Los que ya cobraban la máxima se les revaloriza  el 2'8%.
Paco50 14/02/25 16:38
Ha respondido al tema Pensión máxima
Son 3267'60€. La subida fué del IPC (2'8%) más 0'115%, en total 2'915% de subida a la máxima de 2024 (3175'04).Luego 3175'04x1'02915= 3267'60€