Entiendo.Visitarlo con un notario, ¿tendría la misma validez que enviar un burofax para empezar acciones judiciales? Dado que no conozco la identidad de ninguno de los ocupantes ¿no puedo enviar un burofax verdad?
La subasta era de agencia tributaria. ¿Podría ir al piso solo o tendría que ir con un notario?Solo tenemos los datos del antiguo propietario, no de la gente que vive allí ahora. He leído que antes de empezar el procedimiento judicial es recomendable comunicar mediante burofax para pedir la posesión, pero claro no se si este burofax debe dirigirse a esta familia que vive actualmente allí o al antiguo propietario.
Clarísimo ahora, gracias!Respecto a la segunda cuestión: "Sabemos que en el piso vive una familia, ¿tenemos que enviar el burofax pidiendo la cesión del bien a la familia que actualmente vive allí o al antiguo propietario?"
Si el valor de tasación fue de 160.000€, el valor de referencia catastral de 150.000€ y el precio final fue de 120.000€, estando calificado como vivienda de protección oficial, que se pagaría de ITP en Valencia?Otra duda que me surge. Acabo de recibir el email que intuyo que debe ser de la adjudicación. Teniendo en cuenta que estamos a 20 de Diciembre, que posibilidad tengo de esperar a abrir la notificación para alargar el plazo hasta Enero de 2023? No se que plazos dan desde que recibes la notificación para abrirla, y desde que la abres para escriturar y pagar impuestos. Que entiendo que desde la fecha en la que pagas el piso ya es de tu propiedad. Por ahorrarme algún año de IBI y comunidad.
Y que sentido tiene entonces esta partes del párrafo?:Es importante resaltar que esto también afecta a los intereses acumulados, ya que la Ley Hipotecaria no contempla que el tercero adquiriente se haga cargo de intereses anteriores a los 2 últimos años, o 5 años como máximo en caso de pacto entre las partes (art. 114)."Si al final se debe pagar por el monto total de la deuda?