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Participaciones del usuario Juanmunnoz

Juanmunnoz 23/04/11 14:26
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
Bienvenido, creo que son muchos los aspectos, para algunos como yo muy positivos, que relacionados con la bolsa tiene este foro y casí la totalidad de sus integrantes, pero en particular me quedo con los siguientes: a)Todos los que lo componemos, o casí todos (ultimamente hemos visto que también interesa a otras personas de ideas muy distintas), entramos en el mismo buscando noticias sobre SOS, con un gráfico quizás no acorde con las marcas de los productos que producía (aceite carbonel, koipesol y arroz SOS). Usando algún buscador descubrimos este foro y pronto comprobamos que eran muchas las cosas que se podían aprender en él, habida cuenta de las generosas aportaciones de determinadas personas compartían con los demás, los cuales intentabamos a su vez aportar lo que podíamos . Evidentemente todos los que invertimos en bolsa lo hacemos para obtener una rentabilidad y cuanto mayor sea y a menor plazo mejor, pero el caso es que lo que pudo empezar así al final, tras seguir el valor y este foro durante varios meses, se ha llegado a convertir en casí una indentidad y con la esperanza puesta en que esta Sociedad en breve no puede hacer otra cosa que despegar con fuerza (espero que el cohete de Erseilla tenga plazas suficientes para ese viaje al 1,5). b)Pero creo que con independencia de la inversión, o al margen de ella, hemos aprendido, en muy poco tiempo, cuestiones totalmente desconocidas para la mayoría, a la vez que empiezas a atisbar conocer a los compenentes del mismo, observas al tranquilo y conciliador, al impulsivo, al confiado...etc pero con un nexo común todos, o casí todos, seguir aportando y compartiendo. Creo que este foro ya se ha consolidado y cada vez son mas los que, como tu ahora y yo en su día, nos quedamos en él. Creo que llegará un momento que no será la acción concreta la que nos mantenga en el mismo, y nuestras inversiones, mas o menos grandes o pequeñas, se realicen en otras compañías, pero lo que si estoy convecido es que el foro continuará, quizás cambie el nombre del post o del título pero seguiremos compartiendo. Lo dicho bienvenido a ti y a todos los recientes.
Juanmunnoz 20/04/11 09:55
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
corrigiendo la falta de ortografía de "estamos ha 20 de abril" ¿de donde habrá salido esa "h"?
Juanmunnoz 20/04/11 09:51
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
De acuerdo con el artículo 9.1 del a Ley 15/2007 de defensa de la competencia, existe la obligación de notificar, a la Comisión Nacional de la Competencia, con carácter previo, la ejecución de los procesos de concentraciones, estando obligados a notificar, conjuntamente las partes que intervengan, o bien individualmente la parte que adquiera el control exclusivo. Con fecha 25 de noviembre se llegó a un acuerdo entre SOS CORPORACION ALIMENTARIA, publicado en la CNMV (hecho relevante 133682), siendo dicho acuerdo ultimado y firmado con fecha 31 de marzo de 2011 y publicado en la CNMV con el número 141478. Del contenido de la última publicación se desprende que para SOS es a partir de ahora (31 de marzo de 2011), cuando se pone en marcha el inicio de la solicitud de la preceptiva autorización por la competencia, es decir, es a partir de esta fecha cuando se pretende iniciar cualquier trámite ante las autoridades de la competencia. ¿Hasta ahora nada? A la vista del texto ¿sería correcta esta interpretación?, ¿es ahora cuando se produce la obligación de notificar, una vez que se han alcanzado todos los acuerdos pero antes de su ejecución? Que debe entenderse por “carácter previo a la ejecución de los procesos de concentraciones..” Si entendemos exclusivamente que se ese carácter previo se refiere al inicio del proceso de concentración previsto en la Ley de Defensa de la Competencia, no tendría ningún sentido su contenido ya que ¿se puede iniciar un proceso sin un escrito previo?, imposible verdad, es lo mismo que no decir nada, el proceso de concentración se inicia con la notificación realizada por las partes como no puede ser de otro modo, que sentido tiene el artículo 9 de dicha Ley. Creo que una interpretación más lógica y coherente sería considerar que el proceso de concentración se inicia cuando entre las partes se ha llegado a un acuerdo, bastante cerrado, para que esta concentración se produzca. Sería discutible si consideramos noviembre de 2010 o esto ha ocurrido en marzo de 2011, pero yo no tengo ninguna duda que había una obligación de comunicar a la CNC por parte de SOS Y EBRO y la CNC tenía la obligación de publicar el inicio del expediente, así como una breve descripción de su contenido. No sabemos quien ha incumplido pero estamos ha 20 de abril y en la CNC sigue ni existir publicado el inicio de ningún expediente de concentración entre EBRO Y SOS, creo que debemos llegar al fondo de la cuestión. Ayer remití un correo a la CNC y hoy remitiré este a la CNC a SOS y a EBRO. Saludos,
Juanmunnoz 20/04/11 01:32
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y hablando de concurso vaya con lo que se ha publicado en la CNMV respecto de Fergo Aisa, reproduzco textual el escrito remitido por la empresa a la Comisión: "Muy Sres. nuestros, De conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley del Mercado de Valores FERGO AISA manifiesta lo siguiente: 1.- A fecha de hoy se ha recibido por fax, remitido por la CNMV al domicilio social de FERGO AISA, copia del auto de admisión a trámite de solicitud de concurso necesario formulada por Caixa d’Estalvis de Catalunya, Tarragona y Manresa respecto a FERGO AISA. 2.- FERGO AISA debe manifestar que no ha recibido en el día de hoy ninguna notificación fehaciente por parte del juzgado que ha admitido a trámite dicha solicitud. 3.- El importe de la deuda reclamado por dicha entidad financiera representan aproximadamente un 1% del total de la deuda del Grupo FERGO AISA. 4.- FERGO AISA manifiesta la sorpresa de los anteriores hechos, por cuanto en la actualidad se encuentra en negociaciones muy avanzadas con la entidad financiera instante, a fin de liquidar o afianzar la totalidad de la deuda reclamada, lo que comportará necesariamente el archivo de dicha petición de concurso. En este contexto, FERGO AISA espera que dichas negociaciones finalicen de forma satisfactoria en los días inmediatos. Atentamente, D. CARLOS FERNÁNDEZ GÓMEZ Presidente-Consejero Delegado"
Juanmunnoz 20/04/11 01:24
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
Es fácil opinar de algo cuando no se tiene que argumentar, todos desde luego podríamos opinar de cualquier materia por técnica que fuera cuando no hay que argumentar la opinión. La bolsa a veces tiene comportamientos que no podemos entender o que se nos escapan ya que detras de determinadas cotizaciones a veces hay una dosis importante de manipulación, motivada por intereses desconocidos que nada tienen que ver con el valor real de determinada accion. Alguien puede entender como desde que inició su nueva andadura IAG ha tenido un descenso en torno a un 25% y no es desde primero de años, algún mes menos tal vez. Recomendación de compra por todos los analistas y a pesar de ello 25% de descesos con bajadas picos en torno al 30%. Alguién puede entender como empresas como Quabit, Urbas, Colonial, con unos enormes endeudamientos y situaciones bastantes delicadas financieramente hablando fueron capaces de producir las subidas tan vertiginosas que tuvieron a principios de año, o como empresas de tanto prestigio y solvencia con el BBVA y el SANTANDER, han tenido oscilaciones en unos días de mas menos un 15%, pasando de 9 euros y pico a perder el suelo de los 8 euros, para luego volver a remontar...no, no existen explicaciones lógicas a todo eso, es la bolsa y sus movimientos especulativos que sin duda existen. Pues bien, nadíe podría explicar cómo una empresa como SOS que cerró el 2009 con un deficit corriente (diferencia entre pasivo corriente exigible a muy corto plazo y activo corriente o disponible a corto plazo) haya pasado de menos 834,7 millones de euros a un valor positivo de 416,1 millones de euros, motivado principalmente por que la deuda de la empresa a 2009 con Entidades de Crédito era a largo plazo de 29,8 millones de euros y a corto plazo, y con tramos vencidos de 1.184,9 millones de euros, pasando al cierre de 2010 a 803,32 millones de euros a largo plazo (finaliza en 2016) y 90,3 millones de euros a corto. Es decir se ha disminuido no sólo se ha recortado en unos 320 millones de euros si no que además se ha refinanciado positivamente a un plazo bastante cómodo para la sociedad. Una empresa que en el año 2009 cerro con unos recursos propios de 302,9 millones de euros y lo ha hecho en 2010 con 829,8 millones de euros, con 4 ampliaciones de capital con total exito en 2010. Una empresa que ha pasado a ser dirijida por un profesional que ha hecho de Ebro una de las compañías más codiciadas de la bolsa española y con la que ha llegado a una acuerdo por 205 millones de euros para la venta de la división de arróz y centrarse en su fuerte que es el aceite. Estamos asistiendo continuamente en la bolsa a que sólo el acuerdo de refinanciación de cualquier sociedad conlleva subidas importantes. Que las ampliaciones de capital realizadas con exito provocan subidas del 5-10% en las cotizaciones y que la mejora de resultados respecto del año anterior disparan las cotizaciones. SOS ha tenido las tres cosas varias ampliaciones existosas de capital, mejora abismal de su resultados y un acuerdo de refinanciación envidiable y sin embargo las cotizaciones no sólo no mejoran si no que empeoran. No esto no tiene nada que ver con una situación irregular de la empresa. Se están haciendo los deberes de forma sobresaliente pero sin embargo alguien entiende que no ha llegado el momento del despegue y controlan como estamos viendo las subidas razonables que habría tenido el valor despúes de tantas y tan buenas noticias, el motivo no lo sabemos de momento, aunque algunos hemos intentando intuirlo. Hablar de concurso en la situación de SOS es como opinar que este año el Real Madrid baja inexorablemente a segunda división, verdad, si porque lo digo yo...hay cosas imposibles y esta es una de ellas. SALUDOS AMIGOS y a pesar de que nos ataquen desde dentro y desde fuera, estoy convencido que las opiniones que los habituales de este foro exponeís son un reflejo bastante exacto de la situación de la empresa y de la situación que estamos viviendo. Yo no estoy pillado, pero prefería estar pillado a 1 euro con SOS que 11 euros con el Santander. Que cerró el 2009 con un endedudamiento total de
Juanmunnoz 18/04/11 22:38
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
http://www.hispanidad.com/Por%20lo%20breve/temor-a-opa-en-indra-acerinox-ebro-gamesa-y-bme-20110418-142934.html Mira que si al final la OPA o lo que sea no es sobre SOS y se hace sobre EBRO
Juanmunnoz 18/04/11 20:11
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
No se si esto se ha publicado en el foro pero hoy buscando en la pagina de la CNC en una busqueda con el titulo SOS CORPORACION ALIMENT en la pagina 8 de las que se muestran está publicado, en el Diario de Sesiones del Congreso, la intervención del Presidente de la CNC con fecha 30 de noviembre de 2010 y en su informe dice textualmente: “Haré una referencia a los mercados agroalimentarios. Nos preocupa la operación de concentración de Ebro Foods y SOS Corporación, puesto que va a dar lugar a que la empresa resultante de la concentración comercialice aproximadamente el 50 por ciento de la producción total española. Creo que es un asunto sobre el que la Comisión Nacional de la Competencia debe estar vigilante. Añado a esta observación algún comentario más. El informe de la comisión sobre competencia en el sector agroalimen­ tario hace referencia a la necesidad de fomentar el coope­ rativismo —estamos de acuerdo—, a la generalización de la contractualización formal de las relaciones entre pro­ ductor y cliente —estamos de acuerdo—, a códigos de conducta que deben cumplir —estamos de acuerdo—, pero la pregunta es: ¿no son necesarias otras medidas de más alcance que permitan incrementar la competencia en el sector agroalimentario?” ¿Saben o no saben esto de la CNC?, que verguenza cuando luego llamamos y dicen que no tienen nada.
Juanmunnoz 17/04/11 23:49
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
Imagino que toda esta información ya la conoces pero en cualquier caso quizás haya algún dato que te pueda servir en tu trabajo y también es bueno que los demás la conozcan, animo con tu gestión y espero que sientas nuestro apoyo. Datos en relación a la evolución de la SOS para su incorporación a las informaciones que se manejan. a)A fecha 31 de diciembre de 2008 el capital social de SOS ascendía 206.509.357,58 euros, distribuido en 137.443.832 acciones de valor nominal 1,5025 euros. A dicha fecha existía un saldo en la cuenta de primas por emisión de acciones de 231.889.132,22 euros procedentes de las primas de las ampliaciones de capital anteriores, habida cuenta entre el valor nominal y las cotizaciones existentes en las ampliaciones realizadas. b)En el año 2009 se produce la incorporación de Cajamadrid, a través de la Sociedad Prom.de Part.Empresariales Cajamadrid, que adquiere 16.124.795 acciones con el mismo valor nominal de 1,5025 euros pero con una prima de emisión sobe las mismas de 7,74750 euros, es decir paga por cada acción un total de 9,25 euros. Esta operación produce un aumento del saldo de la cuenta de prima de emisión de 124.998.360 euros, resultando por tanto un saldo total de 356.815.206,73 euros. Explico este dato de la prima de emisión para entender lo que se produce en mayo de 2010, en la Asamblea celebrada en la que, como dato más significativo se acuerda compensar las pérdidas existentes a la fecha y que ascendía a 522.371.412,69 euros con cargo a las siguientes partidas: - Prima de emisión de acciónes: 356.815.206,73 euros. - Reservas: 9.027.522,74 euros. - Reducción del Capital Social: 153.952.448,32 euros. La reducción del capital es la que se produce de bajar el valor nominal de las 153.568.527 acciones existentes, tras la incorporación de Cajamadrid de 1,5025 euros a 0,50 euros. Con estos datos llegamos a la ampliación de capital de junio de 2010 para reducir deuda y a las tres realizadas en diciembre de 2010 para canje de participaciones preferentes, para reducción de deuda y otra de aportación dineraria que intentaré resumir en próximos post. En la primera de las ampliaciones la de junio de 2010 se emitieron 40.448.172 acciones de 0,5 euros de valor nominal y con una prima de emisión de 0,5025, es decir por un importe total por acción de 1,0025 euros/accion, y que fue suscrita de la siguiente forma: CAJASUR 5.675.427,00 CORPORACION EMPRE. CAJASOL 5.845.248,00 CAJA GRANADA 6.189.167,00 UNICAJA 10.463.311,00 CAJAMADRID 12.275.019,00 TOTAL 40.448.172,00 Finalmente en noviembre y diciembre se llevan a cabo las tres ampliaciones de capital, la mas importante dineraria pero se hacen dos más para canje de participaciones preferentes, para compensar deudar, y que se sucribieron de la siguiente manera: -Para canje de participaciones preferentes se emitieron 172.574.656 acciones a un valor nominal de 0,5 y con una prima de emisión de 0,573 euros, es decir un valor unitario por acción de 1,073 euros/acción. -256.633.405 acciones para compensar deudas a razón de 0,5 euros por acción y sin prima de emisión. -400.159.419 acciones, emisión dineraria, a razón de 0,5 euros por acción y sin prima de emisión. Con estos datos deducimos el costo medio de las acciones de CajaMadrid de la siguiente forma: Acciones compradas y precios pagados: 16.124.795 * 9,25 = 149.154.353,75 euros. (Entrada de CajaMadrid en SOS) 12.275.019 * 1,0025 = 12.305.706,55 euros. (Canje acciones por deuda Junio 2010) 7.362.400 * 1,073 = 7.899.855,20 euros (Canje part.preferentes 11/2010) 93.672.403 * 0,5 = 46.836.201,50 euros. (Canje deuda por acciones 11/2010) 58.574.604 * 0,5 = 29.287.302,00 euros. (Ampliación dineraria 11/2010) TOTAL ACCIONES = 188.009.221,00 TOTAL PAGADO = 245.483.419,00 PRECIO MEDIO UNITARIO = 1,3057 euros/accion Hay un dato que podría tener interés que no termino de aclararme En el año 2006 se realizó una emisión de participaciones preferentes por un total de 300.000.000 euros de los que inicialmente se emitieron 225.000.000 euros desconociendo si finalmente se emitieron los 75.000.000 euros restantes y desconociendo cuantas quedan por amortizar al día de hoy. Bueno datos y más datos espero que se os sirvan para conocer la evolución de SOS hasta hoy, voy a intentar, aunque no se si podré conseguirlo conocer los costos medios de las acciones de todas las Cajas, sería un dato que tal vez nos pueda interesar conocer.
Juanmunnoz 14/04/11 09:34
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
http://www.cincodias.com/articulo/empresas/Sos-Corporacion-cambia-nombre-Deoleo-liga-futuro-aceite/20110414cdscdiemp_13/
Juanmunnoz 14/04/11 08:33
Ha respondido al tema SOS 2011 ¿Le irá mejor después de los reajustes realizados?
Sería bueno reconducir nuestro foro a otras cuestiones que, según mi opinión, pueden ser de gran interés para los que lo conformamos. Os imagináis que cada uno aportara sus conocimientos sobre determinadas cuestiones relacionadas con el mercado de valores. Imagino que dentro de foro concurrimos personas de distintos oficios y con conocimientos más o menos especializados en unas o en otras materias pero con inquietudes en conocer el mundo bursátil, los valores cotizados (acciones, futuros..etc), sus comportamientos, sus intrumentos (OPA…etc), así como órganos encargados de su control y vigilancia y la legislación aplicable, todo ello explicado de forma sencilla para que pudiera ser entendido por todos….imaginar, un foro de conocimiento bursátil, pero sin perder de vista nuestra indentidad……bueno ideas, solo ideas. Como muestra un botón, a continuación un breve resumen de que como veo la situación actual y lo que a mi juicio deberíamos trasladar a la opinión pública y a los organismo responsables: El Artículo 81 de la Ley Nacional del Mercado de Valores, en su punto 1 dice: 1. Se considerará información privilegiada toda información de carácter concreto que se refiera directa o indirectamente a uno o varios valores negociables o instrumentos financieros de los comprendidos dentro del ámbito de aplicación de esta Ley, o a uno o varios emisores de los citados valores negociables o instrumentos financieros, que no se haya hecho pública y que, de hacerse o haberse hecho pública, podría influir o hubiera influido de manera apreciable sobre su cotización en un mercado o sistema organizado de contratación. Debemos entender, con meridiana claridad, que cualquier situación conocida que afecte tanto a la situación patrimonial de una empresa o a sus perspectivas de desarrollo, conocida por unos pocos y que de conocerse afectaría a la cotización del valor, encaja a la perfección en el supuesto de hecho tipificado por este artículo. ¿Qué esta pasando con SOS?, ¿quien está controlado el precio?, sin duda alguien que saltándose el artículo anterior conoce las perspectivas de dicha empresa y, que sin lugar a dudas, participa activamente en la toma de decisiones de la misma y, buscando un interés desconocido por el resto de accionistas, ha trazado un plan para mantener las cotizaciones de SOS durante tres meses prácticamente planas y en un momento donde los volúmenes de negociación superan considerablemente a los habituales durante los doce meses anteriores. Tenemos una cotización bastante más plana que los 12 meses anteriores y todo ello con un considerable aumento de volumen de negociación. (blanco y en botella = Leche). El Comité Nacional de la Competencia, del que debemos empezar a analizar sus obligaciones, está manteniendo un sospechoso silencio durante casi tres meses, sin emitir un solo informe acerca de la posible concentración por la adquisición de Ebro de la división de arroz, máxime tratándose de un supuesto donde la Sociedad que adquiere entró en la Sociedad que vende 2 meses antes con la adquisición de prácticamente un 10% de su capital a unos precios muy ventajosos, que le han producido enormes plusvalías. ¿Se podría deducir que se está intentando favorecer algún interés particular?.... Ley 15/2007 sobre defensa de la competencia. Sección 3 Transparencia y responsabilidad social de la Comisión Nacional de la Competencia Artículo 27 Publicidad de las actuaciones de la Comisión Nacional de la Competencia 1. La Comisión Nacional de la Competencia hará públicas todas las resoluciones y acuerdos que se dicten en aplicación de esta Ley y, en particular: • a) Las resoluciones que pongan fin al procedimiento en expedientes sancionadores. • b) Las resoluciones que acuerden la imposición de medidas cautelares. • c) Las resoluciones que pongan fin a la primera y segunda fase en expedientes de control de concentraciones. 2. Será público el hecho de la iniciación de un expediente de control de concentraciones. 3. La Comisión Nacional de la Competencia hará públicos los informes que elabore en aplicación de esta Ley. En particular: • a) Los informes elaborados en el procedimiento de control de concentraciones, una vez adoptadas por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia las resoluciones correspondientes a primera y segunda fase. REGLAMENTO DE LA COMPETENCIA Artículo 61 Confidencialidad del expediente 1. De acuerdo con el artículo 27.2 (LA LEY 7240/2007) de la Ley 15/2007, de 3 de julio, el hecho de la iniciación de un expediente de control de concentraciones será público, en particular, la fecha de presentación de la notificación, los nombres de las empresas partícipes, el sector económico afectado y una descripción sumaria de la operación. 2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las actuaciones que en relación con la notificación lleve a cabo la Dirección de Investigación tendrán carácter confidencial hasta la resolución del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia tanto en primera como en segunda fase. 3. Recaída la resolución del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia en primera o en segunda fase, se notificarán la resolución y el informe previsto en los artículos 57 (LA LEY 7240/2007)y 58 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, al notificante para que, en el plazo de cinco días, pueda solicitar motivadamente a la Dirección de Investigación la declaración de confidencialidad de los contenidos que considere confidenciales. Una vez recibida la solicitud de declaración de confidencialidad, la Dirección de Investigación resolverá sobre la misma en el plazo de 10 días. 4. Si el notificante no hubiera solicitado la declaración de confidencialidad dentro del plazo de cinco días mencionado, se entenderá que no hay contenidos confidenciales y se podrán publicar inmediatamente en su totalidad la resolución y el informe correspondientes. A mi juicio habría que solicitar por escrito del Comité Nacional de la Competencia la información del expediente de concentración y su publicación en la Web o en su caso que nos informen de los criterios seguidos para publicar unos si y otros no, solicitando la fecha de inicio, la fase en la que se encuentra y las resoluciones producidas, de forma completa o de manera sucinta como fija el artículo 61 del reglamento de la competencia en el supuesto de que se hubiera solicitado en el plazo de 5 días desde su inicio la declaración de confidencialidad. En dicho escrito habría que hacer responsable a la CNC de los graves perjuicios que está causando a la transparencia del mercado de valores que debe prevalecer sobre otras privacidades. ¿Qué están haciendo los responsables de la Comisión Nacional del Mercado de Valores?, somos nosotros los únicos en darnos cuenta que existen comportamientos más que extraños que están actuando totalmente al margen y en contra de lo establecido en el artículo 81 de la LNMV, que están manipulando la formación del precio de un valor. Exposición de motivos de la Ley, reproducción textual: Pieza central de la reforma es la creación de una Comisión Nacional del Mercado de Valores, que se concibe como una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia. Se trata de un ente al que se encomienda la supervisión e inspección del mercado de valores, sin perjuicio de su colaboración en las labores de ordenación del mismo y en el impulso de la implantación de su reforma. La Comisión aparece regida por un Consejo de Administración cuya composición se caracteriza por la exclusión de representaciones directas de los agentes sujetos a la supervisión de aquélla, que sin embargo tendrán voz, a través de un Comité Consultivo que se crea al efecto, en las decisiones más importantes de la Comisión. El diseño del Consejo de Administración de la Comisión potencia la competencia profesional, dedicación e independencia de sus miembros y la actuación de los mismos en forma colegiada. Las competencias de la Comisión son múltiples, e incluyen, entre otras, la de velar por la transparencia de los diversos mercados, la correcta formación de los precios en los mismos y la protección de los inversores, promoviendo las informaciones que sean de interés para éstos; la de controlar el desarrollo de los mercados primarios, la de admisión a negociación de valores en los mercados secundarios oficiales, así como su suspensión y exclusión; la de velar por el cumplimiento de las normas de conducta por cuantos intervienen en el mercado de valores; la de asesorar al Gobierno y al Ministerio de Economía y Hacienda en las materias relacionadas con los mercados de valores: y el control del cumplimiento de cuantas obligaciones y requisitos se exigen en la Ley, incluyendo el ejercicio de la potestad sancionadora. Ya esta bien, de favoritismo, CNC y CNMV actúen, y cumplan con sus funciones que, con independencia de los vericuetos de orden legal que puedan amparar determinadas conductas, no pueden ser otras que promover la transparencia y la eliminación de conductas que favorezcan la formación fraudulenta de los precios. No soy especialista en esta materia pero si jurista, y voy a empezar a estudiar determinadas cuestiones ya que creo que no podemos permitir que estas situaciones se produzcan. Contar con mi apoyo…..saludos y gracias por vuestras informaciones.