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Participaciones del usuario Jesúsm1 - Hipotecas

Jesúsm1 14/04/23 20:10
Ha respondido al tema Herencia e impuesto de sucesiones en un edificio - guia herencia
Buenas tardes:Respecto a la división horizontal expreso lo que sigue.En el momento de adjudicación de la herencia, al adjudicarse las partes de la herencia se produce una división horizontal de hecho, en el caso de adjudicación individual.Se ha de tener en cuenta que: la herencia se recibe, en este caso, como comunidad de la herencia, o herederos y  que puede seguir como condominio o asignada a cada heredero de forma individual,  cada uno de los pisos o entidad individual de dominio que así consideren entre ellos, de forma equilibrada.Sobre la valoración del caudal hereditario,  lo que se ha de hacer es que ajuste a la realidad. En el caso de que no se sepa, es preciso que se ajuste a la valoraciones jurídicas que estén fijadas. Sobre las que no estén fijadas es posible hacer una extrapolación con las que ya se conocen.Saludos.
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Jesúsm1 07/12/22 21:50
Ha respondido al tema ¿qué me conviene para cambiar de vivienda desde el punto de vista fiscal?
Buenas noches;Salvo error, puedes irte de alquiler, vender la casa que constituye la vivienda habitual  y comprar la nueva antes de dos años. Para ocuparla tienes un año posterior a la compra.La verificación de plazos te lo dejo para que lo  mires en la ley del IRPF y su Reglamento:En en el Reglamento, Artículo 41 bis. Concepto de vivienda habitual a efectos de determinadas exenciones.Saludos.
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Jesúsm1 28/04/22 13:02
Ha respondido al tema Reclamación plusvalía municipal en Murcia (caso especial)
Buenos días:Mo te quitan la razón sino que tienes que promover el recurso adecuado. Mira también la LPACAP  Artículo 47. Nulidad de pleno derecho.  Artículo 48. Anulabilidad.  Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión.  Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos.  b) Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida. La sentencia del TC es es un documento de valor esencial, ya que declaro inconstitucional el cobro del IIVTNU en caso de pérdidas.Es decir, lo que te dicen es una cuestión de forma. Deberías de solicitar la revisión extraordinaria.Saludos.
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Jesúsm1 09/01/22 13:19
Ha respondido al tema Usufructo - guia herencia
Buenas tardes:Suma de 350.000 + 250.000 = 600.000Cada una le correspondería 300.000.Por lo que: solamente tiene que trasladarle 50.000 € a su hermana, para estar equilibrado las donaciones. Otra cuestión es el usufructo.Saludos.
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Jesúsm1 11/02/21 20:22
Ha respondido al tema ITP sobre precio de compra o valor real?
Buenas noches:Sin lugar a dudas, la base imponible es la real. Es decir 175.000, ya que hade aplicarse:"La base imponible en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y en el de sucesiones y donaciones es el valor real del bien en cuestión"El segundo párrafo es el caso en que dude que el valor real fuera más alto, se hubiera escriturado más bajo, entonces puede proceder a  aplicar las tablas. Pero ya las tablas no son por sentencia del TS irremediables , si se demuestra que verdaderamente el valor escriturado ha ha sido el precio que se ha pagado.Un ejemplo de ello es, cuando el inmueble lo vende un banco o se adquiere en una subasta. Contra el precio del banco o el de la subasta no se pueden aplicar las tablas. Se supone que el banco no toma dinero en negro.Saludos. Saludos.
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Jesúsm1 31/01/21 23:27
Ha respondido al tema ITP sobre precio de compra o valor real?
Buenas noches:Disculpas por no haber respondido antes.Hay dos hechos:- 1) La compra de una vivienda- 2) Préstamo1). Por la compra de la vivienda se tiene ITP, por ser de segunda mano. Este ITP solamente es sobre el precio de la vivienda.2) Por el préstamo tienes ITP, que abarca el precio de la vivienda más el coste de la reforma.Saludos.
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Jesúsm1 21/03/20 18:03
Ha respondido al tema Devolución Plusvalía Municipal: información y experiencias.
Buenas tardes;Puesto que la cuota de 1350 es mayor de 1.000, que es la ganancia no tienes plusvalía municipal.Fundamento 5-a) de la STC 1020/2019..El Tribunal Constitucional, es por lo tanto más drástico de lo que pueda ser por mi parte, ya que por mi no se tiene competencia para establecer estas coas y tengo que ser más cuidadoso, no sea que me pase.Saludos.
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Jesúsm1 08/12/19 18:33
Ha respondido al tema Sobreescriturar venta piso
Buenas noches:Mentir en un documento público puede ser un delito.Decir que el banco no quiere darle el crédito, si no llega el 80 %,  no es consistente, ya que ha entregado 40.000,00 en cheque bancario que excede del 20 % de 160.000,00 Por lo cual, excede en mayor proporción de una cantidad más baja.El Notario es un funcionario público y si se lo cuentas al Notario el caso, los individuos salen corriendo, ya que quieren que cometas un delito.Si se ponen precios por encima del valor de los pisos, en casos de hipotecas,  se pone en riesgo al sistema bancario y todos somos perjudicados, ya que en caso de impago, las pérdidas pueden ser mayores para el banco.Reitero que es un delito.Saludos.
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Jesúsm1 01/12/19 00:12
Ha respondido al tema Herencia complicada - usufructo
Buenas noches:Existe el efecto traslativo del padre a sus hijos para aceptar o rechazar la herencia. Por el testamento no puede aceptar la herencia, ya que iría en contra del art.  artículo 991"Nadie podrá aceptar ni repudiar sin estar cierto de la muerte de la persona a quien haya de heredar y de su derecho a la herencia." Aceptar o no la herencia por el marido, es un paso previo para que la viuda pueda heredar. Si el marido ha fallecido no puede aceptar o rechazar la herencia.Fallecido el padre no puede aceptar la herencia, sino que el acto aceptar o rechazar de la herencia pasa a los hijos. Luego la viuda no hereda el usufructo.El usufructo es son unos recursos para que la viuda pueda vivir y hasta la muerte del marido no los tuvo. Por lo tanto, tenga o no tenga necesidad de esos recursos, el Código Civil no ha contemplado el caso. Saludos
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