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Participaciones del usuario Hugowast - Fiscalidad

Hugowast 30/12/22 23:08
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Bueno pues me voy a atrever a hacer una simulación basándome en lo que dice el BOE.  Ojo es sólo una simulación, tomésela como tal.En primer lugar la renta garantizada en 2023 para 3 adultos sería 10241,71 €  (R)Vayamos con los tramos:Tramo 1 : 60% de R = 6145,03Tramo 2 : voy a suponer que ud tuvo rentas de trabajo  en 2021 por lo tanto 20% de (R-T1) = 819,34Total de rentas exentas = T1 + T2 = 6964,36Solo se tendrían en cuenta las rentas del trabajo de 2022 por lo que su hija tendría 0 ingresos. Si Ud cobró subsidio durante todo 2022 el total anual sería 5556,00 ; por lo tanto toda la renta de la unidad en 2022 estaría exenta en su totalidad.Esto quiere decir que Ud tendría derecho a percibir con efectos del 1 de enero de 2023 (tenga en cuanta que la actualización no sabemos cuando se hará) la totalidad de su renta garantizada que para 3 adultos sería de 904,61 € mensualesCondiciones:Todo esto siempre que en la unidad familiar no haya otro tipo de rentas del capital, alquileres, subvenciones, etc , etc y siempre que la S. Social considere como rentas del trabajo su subsidio por desempleo. En mi opinión y dado que la cuantia de las rentas del trabajo se sacará de la casilla 0022 del IRPF (Anexo I del RD) creo que sí las considerarán. Este último criterio es vital para Ud. puesto que en el caso de que no se considerara rentas del trabajo, Ud continuaría percibiendo en 2023 la misma cantidad que está percibiendo actualmente (323,40 €)Yo esperaría un mes o dos y haría la consulta oficial a la S. Social sobre si el subsidio será considerado renta del trabajo a estos efectos. Repito es vital para Ud saberlo.
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Hugowast 30/12/22 18:10
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Eso cambia todo lo que te dije. En 2023 dado que te contarán las rentas brutas de 2022 puede que andes muy justo para tener derecho, ojo porque aunque te sigan pagando hasta que actualicen, luego te reclamarán lo cobrado de más.La actualización de 2021 ya se hizo el mes pasado por lo que no está afectada por este RD que entra en vigor ahora el 1 de enero.
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Hugowast 30/12/22 17:10
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Pues en este caso concreto suponiendo que durante 2022 hayas mantenido ese trabajo y tus rentas en este año 2022 fueran igualmente 3800 €, estarían exentas en su totalidad por lo que en mi opinión cobrarías (cuando hagan la actualización de 2023) con efectos del 1 de enero la totalidad de tu renta garantizada para 2023 que suponiendo unidad no monoparental es de 12890,63/12 meses + el complemento mensual por tus hijos menores en las cuantías para 2023. 
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Hugowast 30/12/22 10:17
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Voy a intentar explicar (hasta donde yo llego) como funciona la compatibilidad de rentas del trabajo para un adulto solo.Se calcula por tramos. Renta garantizada consolidada (R) en 2023 para un adulto que vive solo = 6401,07 (R)Primer tramo: estarán exentas las rentas de trabajo de 2022 que alcancen hasta un 60 % de (R) o sea 3840,64 (T1)Segundo tramo depende de lo que se haya trabajado en el 2021:Si esa persona no trabajo nada en 2021 estarán exentas otro 30 % de las rentas de trabajo de 2022 que superen (T1) y hasta (R)O sea el 30% de (6401,07-3840,64) = 30% (2560,43) = 768,13 (T2a)Si esa persona trabajó en 2021, estarán exentas solo el 20% O sea el 20% de (6401,07-3840,64) =20% (2560,43) = 512,09 (T2b)Por lo tanto la renta total exenta sera en el primer caso T1+T2a = 3840,64+768,13=4608,77€En el segundo caso caso T1+T2b = 3840,64+512,09= 4352,73 €Los porcentajes del 30% y 20% del segundo tramo varían en función de la tipologia de la unidad convivencial (mirar el BOE para ver cada caso)El R.D. indica de donde se extraerá la cuantía de los rendimientos del trabajo y en el caso de trabajo por cuenta ajena dice que será la cuantía que figura en la casilla 0022 (Rendimiento neto de los rendimientos del trabajo) de la declaración de IRPF. Por lo tanto a la pregunta de si las prestaciones por desempleo y subsidios se tendrán en cuenta yo digo que Hacienda las considera rentas del trabajo y las incluye en dicha casilla. Otra variación muy importante de este RD es que para determinar la condición de vulnerabilidad económica de la unidad de convivencia se calculará a partir del 1 de enero asi :Total de rentas de la unidad / 12 meses ha de ser < o = (Renta Garantizada + complemento hijos)/12 - 10€O sea cada unidad de convivencia tendrá su límite de rentas particular.En mi modesta opinión la prestación se está complicando demasiado.
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Hugowast 30/12/22 10:14
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Hasta hoy un adulto solo con rentas de 5899,60 € no tendría derecho¿Consideramos vulnerable a un adulto (que vive solo) con rentas de 10000 €? ¿Que ayuda tenía ese adulto antes de la implantación del IMV?
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Hugowast 29/12/22 18:16
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Como siempre hay que ir al BOE. Este incentivo consiste en esencia en que a partir de 01/01/2023 determinadas rentas del trabajo ya sean por cuenta ajena o propia se considerarán compatibles con la percepción del IMV.  A diferencia de lo que se hacía hasta ahora que era descontar del IMV del año siguiente las rentas de trabajo obtenidas el año anterior. Con lo cual se desincentivaba la búsqueda de un trabajo.No se trata de nada que se vaya a cobrar. Sino que la S. Social calculará en el momento de hacer la actualizacion anual de 2023 y ejercicios siguientes la cuantía de la renta que estará exenta a efectos de no descontarla de la renta garantizada del IMV.Se trata de una modificación muy importante respecto a lo se estaba haciendo.Te dejo un enlace al BOE que regula esta compatibilidad.https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-15764-consolidado.pdf
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Hugowast 29/12/22 16:18
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Cuidado con las teles y los periódicos. Yo no sé lo que dijeron en A3, pero el BOE de ayer dice:Artículo 81. Uno. Modifica el artº 19 de la Ley del IMV . Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas.Punto 3.- ".... en cada ejercicio económico, no serán exigibles las cantidades que no superen el 65 por ciento de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas, cuando en la unidad de convivencia se integre, al menos, un beneficiario menor de edad."O sea traduciendo, que no se reclamarán a dichas unidades de convivencia las cantidades que no superen los 297,19 € (65% de una mensualidad de pensión no contributiva en 2023)Entrada en vigor del R.D. 28/12/2022.Artículo 81. Dos. "En los procedimientos de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas declaradas y exigidas antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.......será de aplicación la legislación vigente en la fecha de la resolución mediante la que se acordó su declaración y exigencia.»Traduciendo, las deudas ya reclamadas deberan de ser pagadas.
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Hugowast 29/12/22 09:37
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Ojo, fijaros bien, lo que indica el RD Ley 20/2022 publicado en el BOE de ayer es que las cuantías de la renta garantizada del IMV se verán incrementadas para 2023 por 2 medidas sustancialmente diferentes y en este orden:La 1ª con carácter ordinario y consolidable las cuantías de la renta garantizada a 1 de enero de 2022 se revalorizan en igual porcentaje que lo hacen las pensiones no contributivas es decir en un 8,5 %. (Artº 44 de la Ley 31/2022 de PGE).La 2º con caracter extraordinario, por tanto no consolidable, durante todo 2023 la cuantía de la renta garantizada a 1 de enero de 2022 se incrementará a mayores en un 6,5 % (15-8,5) .     ( Artº 79 del RD-Ley 20/2022) .Adjunto una tabla que salvo error u omisión indica, en función de las diferentes tipologías de las unidades de convivencia, las nuevas rentas garantizadas para 2023. (En azul las consolidadas. Pinchar en el gráfico para ampliar).El resultado práctico es que los importes que se han percibido en este mes de diciembre serán los mismos que se percibirán a lo largo de 2023 (hasta la nueva actualización) y excepto variaciones en la unidad de convivencia. Los complementos de ayuda a la infancia se revalorizan de la misma manera que el IMV  (8,5% + 6,5%).
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