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Participaciones del usuario Hibisu

Hibisu 14/12/10 21:36
Ha comentado en el artículo La nueva definición de las horas laborales. Otra batalla perdida
Me parece perfecto Pedroluisfer, lo perjuicios que sufristéis por no poder volar serán aclarados y recompensados de acuerdo a lo que la Justicia determine, que será, ni más ni menos, dilucidar si los controladores que hubiesen tenido que controlar tu vuelo estaban o no en condiciones de trabajar conforme a la Ley de Seguridad Aérea en ese momento. Y por supuesto, eso es lo que quiere todo el mundo, que la jornada laboral sea considerada igual para todos, que no por ser jornada aeronáutica sea distinta y haya que descontarle en su cómputo bajas, permisos o licencias. El trabajo es trabajo lo haga quien lo haga, gane lo que gane y tenga la importancia que tenga.
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Hibisu 14/12/10 21:17
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Soy administrativo en una empresa, mi jornada es de ocho horas al día, 40 semanales. Tengo treinta días de vacaciones al año y por las noches, los festivos y los fines de semana no voy a trabajar. Me pongo de baja un mes, los otros once meses sigo yendo ocho horas al día, cuarenta a la semana, tengo mis treinta días de vacaciones y no voy a trabajar ni los fines de semana, ni los festivos, ni por las noches. Soy controlador aéreo, mi jornada es de ocho horas por servicio, puedo tener dos servicios el mismo día, siempre que entre ambos haya siete horas de descanso (una mañana y una noche, aunque la ley no lo permite, le han dejado a Aena dos años para adaptarse a la nueva normativa, sí sí, la misma que impone 1670 horas RD 1001/2010), al año puedo trabajar hasta 1670 horas en frecuencia si la empresa así lo publica, los días que trabajo pueden ser festivos y fines de semana, y tengo 45 días de vacaciones para compensar trabajar festivos y nocturnos. Me pongo de baja un mes y mi empresa sigue haciéndome trabajar 160 horas los once meses siguientes, pero me las sube hasta 200 si le hace falta. Esas 40 horas de más me las puede imponer ya que al haber estado un mes de baja no he llegado al máximo anual, es decir, las 160 horas que no hice el mes de baja, la empresa me las puede programar (y de hecho es lo que hace) cuando le venga bien. Puedo trabajar las mismas horas habiendo estado de baja que no habiendo estado de baja, le podéis poner el nombre que queráis: recuperar, no contabilizar, devolver, etc.
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Hibisu 14/12/10 18:25
Ha comentado en el artículo La nueva definición de las horas laborales. Otra batalla perdida
Estimado Joaquín, Hay que tener claro que el tema de las horas se ha denunciado por activa y por pasiva en todos los frentes posibles (aviación civil, inspección de trabajo y magistratura), además de proponer en las negociaciones todo tipo de soluciones consensuadas que no han sido nunca aceptadas ni debatidas por AENA (su único argumento era que según sus cálculos no se pasaba de horas nadie, aunque no hacían públicos esos cálculos ni ponían una cifra de horas máximas). Nadie ha contestado que pasaría si algún controlador pasado de las horas legales (las 1670 de la Ley 9/2010 de abril) estuviese involucrado en un incidente: podría alegar fatiga??? o directamente no tendría ningún respaldo legal porque estaba incumpliendo una ley??? La única respuesta "legal" que ha habido ha sido precisamente el decreto del 3 de diciembre, es decir, cuento las horas como a mí me da la gana, que nunca te vas a pasar. Por otra parte, el objeto de una huelga legal no puede ser oponerse a una ley en vigor (como el decreto del 3 de diciembre) y en la huelga general del 29 S los servicios mínimos para control fueron del 110% (también han sido objeto de demanda). Aunque con los sindicatos de clase se pactó con el gobierno un 50% menos de vuelos, es decir, para atender un 50% menos de tráfico se vio obligada a trabajar un 10% más de gente que normalmente. Asimismo, en el preaviso de huelga que hubo en agosto, ya respondió el Ministro Blanco que se emitiría un laudo de manera preventiva, simplemente con la convocatoria, aunque ésta no llegase nunca a desplegar ningún efecto. Un saludo.
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