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Participaciones del usuario ertuditu - Preferentes

ertuditu 07/04/24 12:06
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
 Y como bien dices es muy poco atractivo (de entrada) pagar mas del nominal. Aunque luego con los cupones te paguen las ganancias. Lo importante es la TIR de la inversión, y si el precio es superior o inferior a la amortización solo tendría relevancia fiscal y salvo cantidades altas la diferencia es mínima. Fiscalmente puede resultar interesante tener rendimientos negativos un año concreto. Por ejemplo para minorar los rendimientos de depósitos y no saltar del tramo 19%->21%->23% a partir de los 6000€->50000€.
ertuditu 03/04/24 10:22
Ha respondido al tema Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro
Es una decisión particular, la forma correcta sería dividir la comisión entre cada importe amortizado, yo no lo he hecho, creo que a hacienda le importa el total, pero puedo equivocarme.En cada mes voy a poner la comisión soportada en un solo resguardo, en el resto de resguardos amortizados ese mes pondré 0€Ejemplo: Amortizo en marzo 2000€ y 1000€ y los reinvierto pagando 0,9€ de comisión.La forma correcta sería repartir la comisión en 0,6€ y 0,3€.
ertuditu 02/04/24 19:00
Ha respondido al tema Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro
Aparece una ventana emergente en cada amortización de letras en la que pones la comisión que te cobraron en la amortización.El programa automáticamente te descuenta las comisiones pagadas del rendimiento obtenido.
ertuditu 02/04/24 16:53
Ha respondido al tema Dudas bonos y obligaciones del estado en la web del banco de españa
Los cupones te los ponen en otro lado:RENDIMIENTOS EXPLICITOS DE CAPITAL MOBILIARIO, BASE IMPONIBLE DEL AHORRO CódigoNIF EmisorNombre EmisorNIF DeclaranteNombre DeclaranteClaveTipoImporte ÍntegroPenalizaciónRetencionesGastos DeduciblesREA0001 | S2826011E | SECRETARIA GENERAL DEL TESORO Y FINANCIA | Q2802472G | BANCO DE ESPAÑA | Intereses | DinerariaY para los cupones si te indican las casillas:CASILLAS DECLARACIÓN RENTA | 0027-0028-0029-0033 | 0027-0028 | 0597 | 0037
ertuditu 02/04/24 16:40
Ha respondido al tema Dudas bonos y obligaciones del estado en la web del banco de españa
Esto es lo de 2023. Los datos de 2021 figuraban de forma idéntica, sin casillas y en el epigrafe:VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOSSolo viene la amortización y su fecha. Tienes que buscar o esperar a que te envien del BdE los datos fiscales para descontar el precio de compra.
ertuditu 10/03/24 05:50
Ha respondido al tema Comprar Letras del Tesoro competitivas
Solo añadir que me pareció leer por el foro que este año tenían intención de no dejar reinvertir las letras de 3 y 9 meses. Ya hace unas cuantas subastas que no reinvierto las letras por lo que no puedo asegurarte que todavía acepten las peticiones de reinversion de las letras a 3 y 9 meses en la subasta de abril.En principio, para la subasta de abril el sistema deja hacer la petición. No se si posteriormente las peticiones de reinversión de letras de 3 y 9 meses serán rechazadas en la subasta.
ertuditu 09/03/24 16:53
Ha respondido al tema Comprar Letras del Tesoro competitivas
Solo se puede reinvertir en letras a 6 y 12 meses y esas letras solo se subastan la primera subasta de cada mes. La razón es que esas letras a 6 y 12 meses se emiten el mismo día que vencen las letras viejas (a 3, 6, 9 y 12 meses), es decir, en vez de soltar la pasta adjudican nuevas letras.Puedes reinvertir los tres resguardos en la misma subasta (solo a 6 y 12 meses), pero solo se admite una petición NO COMPETITIVA por producto (6 o 12 meses) y subasta (tendrás que hacer alguna petición COMPETITIVA).La cuestión no es cuando compraste las letras (3, 6 o 9 meses) ni si acudiste a la subasta de forma competitiva o no competitiva, la cuestión es a que plazo quieres reinvertir lo que te vence el 12 de abril. Ejemplo:Puedes reinvertir todo a 6 meses con una petición NO COMPETITIVA, una petición COMPETITIVA pidiendo el 3,01 y otra petición COMPETITIVA pidiendo el 3,02.Puedes reinvertir en una petición NO COMPETITIVA a 12 meses, una petición NO COMPETITIVA a 6 meses y una petición COMPETITIVA a 6 meses (pidiendo por ejemplo 3,01).Siempre que pidas menos que el tipo marginal, las COMPETITIVAS te las van a adjudicar, como mínimo al tipo medio de la subasta.
ertuditu 08/02/24 12:27
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
No enredo más.El precio pagado en 2024, el "num de letras * precio de subasta" es de 9685€. No creo que a hacienda le parezca correcto que tributes en 2024 por rendimiento bruto2024 - 0,9€ y que en 2025 vuelvas a minorar otra vez 0,9€ del precio de compra2024 a la hora de calcular el rendimiento bruto2025 y tributar en 2025. 7.2.3.4. Rendimientos derivados de la transmisión o amortización de letras del tesoro. Se harán constar en este apartado los rendimientos obtenidos como consecuencia de la transmisión o reembolso de Letras del Tesoro.CumplimentaciónEl cómputo de cada rendimiento debe efectuarse, individualmente, por cada título o activo.Se computará como rendimiento íntegro la diferencia entre el valor de transmisión o reembolso de las Letras y su valor de adquisición o suscripción.Los gastos accesorios de adquisición y enajenación satisfechos por el adquiriente (valor de adquisición) o transmitente (valor de enajenación o reembolso) serán computados para la cuantificación del rendimiento como mayor valor de adquisición o menor valor de transmisión en tanto se justifiquen adecuadamente.Solo es mi opinión y lo dejo aquí.
ertuditu 08/02/24 10:55
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Estarías descontando dos veces la comisión de 0,9€, primero para minorar el rendimiento de 2024 y después para minorar la compra de la segunda. Creo que no es correcto a nivel fiscal, para calcular la rentabilidad real de la inversión (TAE-TIN) si lo sería.
ertuditu 08/02/24 10:48
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Bueno, no estoy de acuerdo, para eso estan los foros para opinar y discrepar, lo mismo un experto fiscal disipa las dudas.Los sobrantes de una compra no llevan comisión. Si no reinvirtieses y volvieses a comprar con los 10000€ tendrías comisión de 15€ por la comisión de transferencia de la amortización y ninguna comisión por lo que sobre en la nueva subasta.Independientemente de cuanto reinviertas, amortizas y generas rendimiento por el total de lo amortizado. En tu ejemplo amortizas 10000€ siempre, y pagas comisión por la devolución de 8000€ + la parte no reinvertida de 2000€ (el precio de la nueva compra).Tal y como yo lo planteo puedes justificar ante hacienda el importe recibido en la amortización, que siempre es total, y también la comisión soportada en esa amortización (carta de amortización). Restando el precio de compra (carta de adjudicación en la subasta) obtengo el rendimiento.Según tu idea me parece un galimatias justificar el precio de compra de la inversión de 2000€. En la carta que te envían tras la subasta aparece un precio de compra que no es el de la transferencia, sino el resultado de la subasta. En los datos fiscales del año correspondiente figurará amortización total y precio de compra en la subasta en la que se compró, no los sobrantes transferidos, ni el precio de compra de letras aún no amortizadas.En mi opinión estarías trasladando la comisión de "venta/amortización" a la compra en la nueva subasta y creo que esa comisión corresponde al ejercicio fiscal de la amortización, no al de la futura venta o amortización de las nuevas letras.