La cuenta que ha cancelado es indistinta cualquier titular puede cancelarla total o parcialmente para evitar eso hay las cuentas conjuntas cuyos reintegros o cancelación deben ser firmadas por todos los intervinientes.
Puedes retirar sin ningún impedimento siempre y cuando sea dinero legal a criterio del banco, como por ejemplo el cobro de una herencia que no pueden obligarte a tenerlo en una cuenta y puedes llevártelo en efectivo si quieres. Los ingresos y pagos en efectivo tienen que ir en consonancia a tu actividad en casi todos los casos.
Depende de algunas cosas, en bbva por poner un ejemplo se encargan de toda la mudanza pero para que luego no te cobren ninguna comisión tienes que tener saldos medios mínimo de 25000 euros por todos los conceptos de productos de pasivo, o la nómina e ingresos o recibos etc si es menos, pero siempre te piden algo a cambio. En resumen todo depende de lo que tengas y por ello actuarán seas o no seas conocido del banco. El sistema 2 que apuntas es el más apropiado.
Haz la transferencia y al propio tiempo descarga de la web de la Agencia tributaria el modelo S1 declaración importes superiores a diez mil euros, también te lo facilitan en la aduana española o el puesto de la guardia civil transfronterizoEs más, creo que sin problemas puedes traer ese dinero en efectivo acompañado del citado modelo S1, pero yo haría la transferencia banco a banco. Suerte.