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Participaciones del usuario Charleston

Charleston 06/01/12 15:04
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Hola ManoloK, La Caixa puede ofertar a los titulares de preferentes lo que se le antoje a su Consejo de Administración. Sin embargo, los folletos de las emisiones A y B sólo contemplan la amortización, liquidación del emisior o la emisión de nuevas preferentes, en ciertas condiciones. Los folletos operan como las estipulaciones de un contrato, contrato que firmaron o no, los titulares en sus respectivas Oficinas, y tales condiciones han de ser cumplidas. Por otro lado, si me permites, dos consideraciones más: -El contrato de compra de las preferentes no implica la renuncia al derecho de propiedad sobre el capital desembolsado, por lo que la Caixa no puede, impunemente, hacer de su capa un sayo y obviar los acuerdos y obligaciones contraídas....lo que también firmaron ellos. Un contrato es un acuerdo entre dos o más personas físicas o jurídicas por el que se obligan todas las partes. -Si tuvieras tiempo de leer los folletos -con el buscador del PDF sabes que es fácil y rápido-, introduciendo el término "amortización" quizás llegaras a las mismas o similares conclusiones que yo: están incumpliendo lo que se explicita y acuerda en los folletos, que por más señales, se refiere a conversiones, canjes, etc..tanto del emisor (CAIXA preference SAU) como del garante, agente, etc (La Caixa) siempre en los términos de "NO PROCEDE". Reitero, los folletos solo contemplan: amortización total o parcial mediante el pago EN EFECTIVO del denominado Precio de Amortización; pago del nominal y cupón corrido en el caso de disolución de la sociedad del Emisor; y, EMISIÓN DE NUEVAS PREFERENTES, en otras circunstancias que no vienen al caso. -La nota de valores deja claro que realizan la oferta para después amortizar...Es que estamos "majaras".... Los titulares de Preferentes han contribuido al capital social de la Caixa más que cualquier otro agente, y sin derechos políticos. Se merecen el respeto de los términos del contrato por los que prestaron su capital a la entidad. Estoy convencido que un contencioso adminsitrativo por la vía de urgencia (abreviado) le crearía serios problemas a los ejecutivos de la Entidad, y ,lamentablemente...a todos los que están dispuestos a perder capital,porque necesitan algo de su propio dinero. Salud
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Charleston 05/01/12 21:03
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
QUÉ DICEN LOS FOLLETOS DE LAS PREFERENTES? El Emisor podrá amortizar anticipadamente, previa autorización del Banco de España, todas o parte de lasParticipaciones Preferentes Serie B emitidas, siempre que hayan transcurrido 5 años desde la fecha de cierre definitivo del período de suscripción, REEMBOLSANDO a su titular el valor nominal y la parte correspondiente de los dividendos que, en su caso, le hubiesen correspondido respecto del período corriente de dividendos. ¿Qué significado tiene el verbo reembolsar? Según el Diccionario de la la Lengua Española de la RAE. 1. tr. Volver una cantidad a poder de quien la había desembolsado. U. t. c. prnl. Entonces, cómo vamos a permitir que nos cuelen esta oferta. Derecho a percibir el precio de amortización En los supuestos de amortización contemplados en el apartado 2.11 siguiente, los titulares de Participaciones Preferentes Serie B tendrán derecho a percibir un precio de amortización por cada valor que consistirá en un importe igual a su valor nominal más,en su caso, una cantidad igual al dividendo devengado desde la última fecha de pago de dividendos hasta la fecha establecida para la amortización y no satisfecho, haya sido declarado o no. 2.11 Amortización de las Participaciones Preferentes Serie B 2.11.1 Precio de amortización Cada Participación Preferente Serie B objeto de la presente Emisión concede a su titular,en el supuesto de amortización total o parcial, derecho a percibir un precio de amortización que consistirá en su valor nominal más un importe igual al dividendo devengado hasta la fecha establecida para la amortización y no satisfecho (el “Precio deAmortización”). La amortización de las Participaciones Preferentes Serie B no implica la de los valores integrantes de las Participaciones Preferentes Serie A. La decisión de amortización deberá ser notificada, con carácter irrevocable, por el Emisor (CAIXA PREFERENCE), por medio de la Entidad de Enlace (LA CAIXA), a los titulares de las Participaciones Preferentes Serie B con una antelación de entre 30 y 60 días respecto de la fecha señalada para la amortización. Dicha comunicación se llevará a cabo ante la CNMV y mediante la publicación del correspondiente anuncio en el --Boletín de Cotización delMercado A.I.A.F. de Renta Fija-- así como en un periódico de difusión nacional en España.El Emisor abonará al Agente de Pagos (LA CAIXA), para su distribución a los titulares de las Participaciones Preferentes Serie B, ---el Precio de Amortización----.*EL pago del Precio de Amortización se halla garantizado por “la Caixa”*.No se requiere autorización de los titulares de Participaciones Preferentes Serie B para la amortización. 2.12 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisiones de obligaciones convertibles en acciones del Emisor. No procede. 2.13 Información relativa a las condiciones de canje en el caso de emisiones de valores canjeables por acciones del emisor. No procede. 2.14 Información relativa a las condiciones de canje en el caso de emisiones de valores canjeables por acciones de una sociedad distinta del emisor. No procede. 2.15 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisionesde valores convertibles en acciones de una sociedad distinta del emisor. No procede. 2.16 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisiones de valores distintos de obligaciones convertibles por acciones del emisor. No procede. La Caixa, accionista mayoritaria de Caixabank, y única accionista de Caixa Preference SAU -emisora de las preferentes 1 y 2- no cumple lo estipulado en los folletos de las emisiones, que no contemplan: conversiones y/o canjes, ni en obligaciones convertibles ni de otro carácter o naturaleza. Los folletos sólo explicitan dos supuestos equiparables en cuanto a la devolución del nominal (reembolso): amortización de las preferentes o liquidación del emisor (Caixa Preference) con pago del nominal. ¿Por qué la CNMV ha admitido la operación de la Entidad? Tened en cuenta que, en la nota de valores se menciona explícitamente que no se devolverá capital efectivo en ningún caso. Inaudito. Este canje habría que intentar pararlo, para procurar mejores condiciones o una amortización como establecen los folletos; y tal como están las cosas, sólo sería factible con una medida de carácter legal: Contencioso administrativo por el procedimiento abreviado. Yo espero que ADICAE se moje con esto....pero me da que no
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Charleston 05/01/12 20:57
Ha respondido al tema Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
¿QUÉ DICEN LOS FOLLETOS DE LAS PREFERENTES? El Emisor podrá amortizar anticipadamente, previa autorización del Banco de España, todas o parte de lasParticipaciones Preferentes Serie B emitidas, siempre que hayan transcurrido 5 años desde la fecha de cierre definitivo del período de suscripción, REEMBOLSANDO a su titular el valor nominal y la parte correspondiente de los dividendos que, en su caso, le hubiesen correspondido respecto del período corriente de dividendos. ¿Qué significado tiene el verbo reembolsar? Según el Diccionario de la la Lengua Española de la RAE. 1. tr. Volver una cantidad a poder de quien la había desembolsado. U. t. c. prnl. Entonces, cómo vamos a permitir que nos cuelen esta oferta. Derecho a percibir el precio de amortización En los supuestos de amortización contemplados en el apartado 2.11 siguiente, los titulares de Participaciones Preferentes Serie B tendrán derecho a percibir un precio de amortización por cada valor que consistirá en un importe igual a su valor nominal más,en su caso, una cantidad igual al dividendo devengado desde la última fecha de pago de dividendos hasta la fecha establecida para la amortización y no satisfecho, haya sido declarado o no. 2.11 Amortización de las Participaciones Preferentes Serie B 2.11.1 Precio de amortización Cada Participación Preferente Serie B objeto de la presente Emisión concede a su titular,en el supuesto de amortización total o parcial, derecho a percibir un precio de amortización que consistirá en su valor nominal más un importe igual al dividendo devengado hasta la fecha establecida para la amortización y no satisfecho (el “Precio deAmortización”). La amortización de las Participaciones Preferentes Serie B no implica la de los valores integrantes de las Participaciones Preferentes Serie A. La decisión de amortización deberá ser notificada, con carácter irrevocable, por el Emisor (CAIXA PREFERENCE), por medio de la Entidad de Enlace (LA CAIXA), a los titulares de las Participaciones Preferentes Serie B con una antelación de entre 30 y 60 días respecto de la fecha señalada para la amortización. Dicha comunicación se llevará a cabo ante la CNMV y mediante la publicación del correspondiente anuncio en el --Boletín de Cotización delMercado A.I.A.F. de Renta Fija-- así como en un periódico de difusión nacional en España.El Emisor abonará al Agente de Pagos (LA CAIXA), para su distribución a los titulares de las Participaciones Preferentes Serie B, ---el Precio de Amortización----.*EL pago del Precio de Amortización se halla garantizado por “la Caixa”*.No se requiere autorización de los titulares de Participaciones Preferentes Serie B para la amortización. 2.12 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisiones de obligaciones convertibles en acciones del Emisor. No procede. 2.13 Información relativa a las condiciones de canje en el caso de emisiones de valores canjeables por acciones del emisor. No procede. 2.14 Información relativa a las condiciones de canje en el caso de emisiones de valores canjeables por acciones de una sociedad distinta del emisor. No procede. 2.15 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisionesde valores convertibles en acciones de una sociedad distinta del emisor. No procede. 2.16 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisiones de valores distintos de obligaciones convertibles por acciones del emisor. No procede. La Caixa, accionista mayoritaria de Caixabank, y única accionista de Caixa Preference SAU -emisora de las preferentes 1 y 2- no cumple lo estipulado en los folletos de las emisiones, que no contemplan: conversiones y/o canjes, ni en obligaciones convertibles ni de otro carácter o naturaleza. Los folletos sólo explicitan dos supuestos equiparables en cuanto a la devolución del nominal (reembolso): amortización de las preferentes o liquidación del emisor (Caixa Preference) con pago del nominal. ¿Por qué la CNMV ha admitido la operación de la Entidad? Tened en cuenta que, en la nota de valores se menciona explícitamente que no se devolverá capital efectivo en ningún caso. Inaudito. Este canje habría que intentar pararlo, para procurar mejores condiciones o una amortización como establecen los folletos; y tal como están las cosas, sólo sería factible con una medida de carácter legal: Contencioso administrativo por el procedimiento abreviado. Yo espero que ADICAE se moje con esto....
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Charleston 05/01/12 08:56
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Las fotocopias sirven compulsadas por el propio banco. El primer contrato, original, como hubo defunción estarían obligados a custodiarlo durante cinco años, y además, me dices que otro de los contratantes es heredero, pues está claro que deben ternerlo. Otra cosa es que lohayan extraviado, si es así, que extiendan documento (no lo harán) sobre el extravío. En cuanto a que la contración inicial fue hace 11 años, da igual, por las razones anteriores. Además, siempre que un cliente se mantenga como tal en el tiempo, los contratos cancelados deben seguir siendo custodiados, no aplican los cinco años.
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