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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
Hazlo, 99,9999 % que te lo rechazará.El mensaje te deberá salir al principio del proceso.Deberías hacerlo ahora mismo, incluso te dirá la fecha correcta.Inténtalo ahora mismo y nos cuentas.
Angelneu17/12/25 13:59
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Cristalino; baja el 16 y alta el 17Pero no pierdes ningún día.
Angelneu17/12/25 13:23
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
y no hay una baja Si te sacas el informe de vida laboral en PDF verás que habrá una fecha BAJA el 16/8/25 y otro la fecha de ALTA el 17/8/25La fecha de presentación del DAR es del 17/8/26Ya nos dirás.
Angelneu17/12/25 13:16
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
Cuéntanos.Saludos.
Angelneu17/12/25 13:12
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
Perfectamente normal.El SEPE "suspende" el subsidio (y la cotización del mismo; lo que has visto en el informe) ante cualquier salida comunicada al extranjero; aunque sea de un solo día.Cuando el desempleado regresa y lo comunica, si la salida ha sido inferior a 30 días la reanudación es al día siguiente; no pierdes ningún día.Eso es lo que hacen. Te confirmo que si intentas presentar el DAR en Enero, te dirá que NO estás en plazo.Hasta Agosto (un mes antes)Ya nos contarás.
Angelneu17/12/25 13:02
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Lo que dice la Ley es una cosa, y luego las instrucciones que aplica el SEPE son otras. Por la sede electrónica el criterio que están siguiendo actualmente es UN MES ANTES y UN MES DESPUÉS.Se aconseja siempre que sea ANTES de la fecha.
Angelneu17/12/25 13:00
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Hay una forma de saber si el SEPE registró correctamente la salida, y es sacando un Informe de Vida Laboral.Comprueba en el informe si hay una "BAJA" donde la fecha coincide con la de salida al extranjero.Si la hay te puedo confirmar que hasta Agosto no la tendrás que hacer.
Angelneu17/12/25 12:58
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Lo puedes hacer un mes antes y un mes después.Si te corresponde antes del 17 de enero, lo puedes hacer hoy mismo.
Angelneu17/12/25 12:51
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Lo único que verás es lo reflejado en el art. 280 punto 8 de la LGSS.¿quieres asegurarte?Lo tienes muy fácil : Intenta presentar el DAR en la sede electrónica del SEPE en ENERO.Si saliste al extranjero en Agosto 2025, comunicaste tanto la salida como el regreso y el SEPE registró dicha salida-entrada; en cuanto intentes presentar la DAR en Enero te dirá que NO estás en plazo, que hasta agosto.Cuéntanos en Enero.Saludos.
Angelneu17/12/25 07:46
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Cualquier salida al extranjero reinician los plazos del DAR.Si iniciaste el subsidio en enero 2025 y saliste al extranjero en agosto 2025, tu mes de presentación del DAR será en agosto 2026 ( NO en enero)