Acceder

Participaciones del usuario Angelneu - Fiscalidad

Angelneu 21/03/26 11:58
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
Por mi parte no tengo mas que añadir a lo ya comentado.En su caso concertaría cita en una oficina del SEPEO incluso hacer una consulta en los canales oficiales.Saludos.
Angelneu 20/03/26 19:45
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
Sobre esto, franjgr lo ha explicado detalladamente.Es que se ha enrevesado este hilo tanto que no sé cuál es su caso en concreto. La casuística es variada  y hay que saber por donde tirar. 
Angelneu 20/03/26 14:56
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
Como decía antes,  nos complicamos mucho la vida con esto del DAR, con las rentas y demás.Desde mi experiencia,  mi pareja ha estado varios años percibiendo este subsidio,  ha presentado varios DAR,  ha tenido herencias, ventas de inmuebles, acciones,  y lógicamente muchas suspensiones y reanudaciones del subsidio;  no ha tenido nunca problemas con el SEPE.¿La clave?  Comuniquen inmediatamente.  No esperen al DAR.No mezclen el DAR con la obligación de comunicar. Se evitarán muchas “comederas” de coco. Saludos. 
Angelneu 20/03/26 14:45
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
Hay muchos enredos mentales por este asunto.La forma de evitar dichos enredos es cumplir estrictamente el artículo 299 h) de la TRLGSS cuando se superen las rentas o haya dudas sobre ello :Es decir,  COMUNICAR al SEPE lo antes posible. Saludos. 
Angelneu 20/03/26 14:20
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
Si ese colega se refiere a que va a estar incumpliendo el requisito de carencia de rentas por esa argucia, esta más que equivocado.En cuanto el SEPE detecte un incumplimiento de carencia de rentas pasados 12 meses, independientemente de que haya presentado o no el DAR,  le va a abrir un expediente sancionador por no comunicar una situación de suspensión del subsidio, repito;   haya o no haya DAR por medio. 
Angelneu 20/03/26 14:05
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
No me lo puedo creer pero es asi compañeros ?No
Angelneu 04/03/26 12:34
Ha respondido al tema Solicitud presencial subsidio mayores de 52
1) La solicitud o presolicitud,  la diferencia en la práctica es la misma,  que es la de solicitar la prestación sin tener que ir a la oficina.   Para la "PRE" no es necesario ni certificado ni clave.Para la solicitud es necesario el nivel AVANZADO de Clave. 2)  Porque por decirlo de alguna forma,  es absurdo ir a un Ayuntamiento para un trámite con el SEPE,   de la misma forma que tan absurdo sería ir al INSS para un trámite con el ayuntamiento.Saludos. 
Angelneu 04/03/26 12:01
Ha respondido al tema Solicitud presencial subsidio mayores de 52
Ya se comentó que NO es necesario ir la oficina para hacer este trámite.Y el miedo a que tarden en responderle es infundado.Al Ayuntamiento sería al último sitio al que acudiría a una gestión como esta. Mi recomendación por este orden:1)  Hacer la solicitud online  (certificado digital) 2) Hacer la solicitud por "PRESOLICITUD" (no es necesario certificado digital)3) Registro electrónico  (REDSARA) dirigido a la Dirección Provincial del SEPE de la provincia que corresponda. En los tres sitios puede indicar todas las observaciones que estime oportunas.
Angelneu 23/02/26 18:25
Ha respondido al tema Solicitud presencial subsidio mayores de 52
Hay otra opción que es presentar la solicitud vía sede electrónica desde su casa,  y ahí mismo dejar constancia de dichas observaciones.No es necesario hacerlo presencial. 
Angelneu 23/02/26 18:11
Ha respondido al tema Solicitud presencial subsidio mayores de 52
Si,  perfectamente.