¡Pues cuándo sepas a dónde cambias la cuenta haz el favor de publicarlo aquí! Yo he realizado una búsqueda por internet con resultado negativo. Gracias.
Yo también me he dado cuenta muy tarde. En mi caso, accedo y consulto todos los movimientos a través de la web. Ocurre que en el buzón de entrada, pulsando sobre el icono aparecen todos los movimientos de la cuenta y ahí la Caixa introduce como si fuera uno más, el aviso de las nuevas condiciones en Julio. Yo que no suelo acceder a ese buzón porque veo los pocos movimientos que tengo en la posición global, pues ni me entero. Es una golfada y ya es la segunda vez que me lo hacen, pues avisos de entidad como un cambio de condiciones de la cuenta se merece un toque de atención al cliente como un correo individual y no disfrazado entre los movimientos de la cuenta. Suben las comisiones y la página web llevan siendo una porquería desde hace años y ni siquiera ponen empeño en mejorarla.
Buenas tardes Manolok:Me gustaría hacerte una consulta acerca de los fondos mixtos que tengo. Tengo invertidos en ellos unos 30000 euros a partes iguales aproximadamente. Son el MG Optimal Income, Invesco Pan High Income, Nexus y Pareturn Cartesio. Además tengo el Securite y el Pegasus. Voy para largo, no necesito el dinero y me gustaría despreocuparme de la cartera pues no tengo tiempo para seguirla. ¿Opinas que son demasiados mixtos y qué debería reagruparlos porque se solapan unos a otros? Actualmente gano con el Invesco y el Mg y el resto están ahí con ligeras pérdidas.Muchas gracias.
Buenas tardes: muchas gracias por tu respuesta y me parece muy acertado el consejo de proteger de algún modo los bienes del cónyuge que aporta, para el caso de que con el tiempo tenga lugar una disolución de la sociedad de gananciales. Saludos.
Buenas tardes: siguiendo el hilo de lo que acabas de exponer, me surge una duda. Lo habré entendido yo mal cuándo he buscado información al respecto pero, si uno renuncia a una herencia de una forma pura y simple, ¿no entran a "jugar" los herederos del renunciante? Muchas gracias.
Buenos días:Muchas gracias por tu respuesta. Con la documentación, no toda sino parte, voy a reformular la pregunta y si eres tan amable agradecería qué me dieras tu opinión.A los dos días de fallecer la madre, los hijos acuden a una gestoría y firman un contrato privado de venta a su hermana del inmueble dejado en herencia. No figura ningún importe. Señala que los tres hermanos han recibido de su hermana "una cantidad acordada". Al año, acuden a una notaría y firman la escritura de aceptación y reparto de la herencia. En un punto primeramente los cuatros hermanos aceptan la herencia de su madre. A continuación el notario hace referencia que debido a un acuerdo previo los tres hermanos le han vendido a su hermana su parte del inmueble. Por último el notario adjudica a la hermana la totalidad del inmueble. En esta escritura no se cita para nada el término ganancial o privativo. Nos vamos al registro de la propiedad. El inmueble aparece inscrito a nombre de la hermana como propietaria del mismo en pleno dominio 100% y PRIVATIVO, en conformidad con la escritura mencionada anteriormente. Da la casualidad que el notario que firmó la escritura tiene un foro y me he dirigido a él sobre esta cuestión. La respuesta ha sido Privativo y punto. Me ha soltado una parrafada que no la entiendo pero deduzco que es así porque todo bien procedente de herencia es Privativo, y no hay nada más que discutir. Yo insisto erre que erre. Si la ley dice que todo bien heredado es privativo del heredero habrá que aceptarlo y se acaba la historia, pero si como es el caso, la hermana está casada en gananciales y compra las partes de la vivienda a sus hermanos con dinero del marido, el inmueble resultante debería de ser 60-40 o 50-50 pero nunca 100%. Seguro que en todo esta ecuación algo me falla o no veo y me gustaría saber qué. Muchas gracias.