La inscripción debe mantenerse desde que cumplió los requisitos para el subsidio (no desde que lo agotó) hasta el momento de la solicitud del subsidio de mayores de 52 años. Normalmente si cobra un subsidio permanecerá inscrito como demandante de empleo, pero pueden haber pasado mil situaciones y que este detalle sea importante.
Los requisitos para la jubilación y los 6 años cotizados a desempleo deben cumplirse en el momento de tener acceso a un subsidio y en el momento de la solicitud si no los cumplía en ese momento efectivamente debe trabajar al menos 90 días. A este respecto, para la jubilación hay que tener 2 años cotizados en los últimos 15 , vigile este requisito porque si lleva 15 años sin trabajar podría no cumplirlo.
Y este dato me lleva a otra cuestión ¿Cual fue el subsidio que agotó en 2024? Si lleva 15 años sin trabajar, el subsidio por cotización insuficiente son 21 meses y la combinación de paro + subsidio por cargas familiares siendo menor de 45 años (en el momento de agotar el paro que pudiera haber cobrado) llegaba como máximo a 4 años, haría mucho más tiempo que debería haber agotado el último subsidio. Aunque como dije antes, pueden pasar mil situaciones y son esas situaciones las que harían que ese tiempo sin inscripción fuera fundamental. Cuando hablo del momento en que tuvo derecho a un subsidio debe ser uno de los regulados en el título III de la Ley General de la Seguridad Social (subsidio por cotización insuficiente o por agotamiento del paro y antes de noviembre de 2024 también el de excarcelado, emigrante retornado y retirada de una pensión de incapacidad permanente)