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Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

9 respuestas
Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años
Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años
#1

Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Buenos días y gracias de antemano por vuestra ayuda.

Se trata del siguiente caso: una persona suscribe un Convenio Especial Ordinario con la Seguridad Social y cotiza por él tres años, hasta que cumple los 52 años. Solicita entonces el Subsidio para Mayores de 52 años y se lo conceden. Se mantiene en esta situación unos pocos años, pongamos que un par de años o tres, hasta que la Seguridad Social se lo retira, por dejar de cumplir los requisitos. Esta persona, ¿podría volver a suscribir otro Convenio Especial Ordinario, para seguir cotizando hasta que se jubile?
#3

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Según la Seguridad Social SI, ya que es necesario tener cubierto, en la fecha de la solicitud, un período mínimo de cotización de 1.080 días en los 12 años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate. A efectos del cumplimiento de este requisito se computan las siguientes cotizaciones:
1. Cotizaciones en cualquier Régimen de la Seguridad Social, incluidos días-cuota y
2. Cotizaciones a otro convenio especial. 

#4

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Si vuelve a cumplir los requisitos entiendo que sí.
1) Periodo de carencia: Acreditar un mínimo de 1.080 días cotizados en los 12 años anteriores a la extinción de la relación laboral.
2) Situación laboral: Estar en situación de alta o asimilada (paro involuntario) y causar baja, o no estar trabajando en otra actividad que obligue a cotizar.

Tienes un año para suscribir el nuevo Convenio después de terminar con el subsidio.
#5

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Ese supuesto está contemplado en la normativa de SS. Si le extinguen el subsidio (que lo hará SEPE), puede previa presentación de la resolución administrativa de extinción o judicial confirmando la misma, suscribir uno ordinario en los plazos que comenta Paco. 
Pero unos detalles: el convenio especial ordinario se transformarà en uno especial para beneficiarios de este subsidio, una vez adquiera dicha condición.
Y otro aspecto: el suscribir el convenio especial ordinario es para llegar a cumplir los requisitos de cotización? Porque si es así, en mi opinión SEPE no le concedería el subsidio ya que no tendría una vía de acceso y debería generarla.
#6

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Gracias a todos por las respuestas.

Wedlehard: entiendo que está de acuerdo con Paco y Vvr1963, ¿verdad? No lo apunté en mi pregunta, pero la situación es (1) Convenio Especial Ordinario (2) se concede Subsidio Mayores52 (3) Seguridad Social da de baja de oficio el anterior Convenio Ordinario (3) se permanece cotizando en el Subsidio Mayores 52 unos pocos años (4) SEPE retira definitivamente el subsidio por no cumplir requisitos (5) necesidad de suscribir un nuevo convenio con la Seguridad Social para cotizar hasta jubilación...
#7

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Sí, sí. Como le han indicado: suscribí un CE ·"ordinario". Una vez soy beneficiario del SUB MAY, doy de baja el CE y no suscribo el vinculado al SUB. LLegado X momento, me suspenden /extinguen el SUB: suscribo un CE "ordinario" (en los plazos indicados) y puedo seguir financiándolo hasta que llegue mi edad legal de acceso a la prestación contributiva de jubilación, pudiendo hacer lo mismo una vez vuelva a estar de condiciones de cumplir los requisitos de acceso al subsidio con una nueva vía de acceso.

Damos por sentado que, cumplía todos los requisitos de acceso a la jubilación ordinaria, SALVO la edad y decide, hasta que llega su 52 cumpleaños, suscribir un CE.
#8

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Ojo a lo que dice Wediehard. Si no cumple requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años cuando agota el paro o finaliza un contrato teniendo al menos 90 días cotizados, no sirve de nada cotizar con convenio especial el resto del tiempo. Hay que generar una causa de acceso.
Otro punto que me chirría es ¿Porque va a dar de baja el subsidio el SEPE de tal forma que no se pueda reanudar? ¿Por una extinción sobrevenida de la que ya tiene conocimiento años antes? ¿O porque nunca tuvo derecho al subsidio? Porque en este segundo caso la cotización también desaparece y el escenario es otro, totalmente diferente
#9

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

De nuevo, gracias a todos por las respuestas y por la información. Y gracias a WedieHard por la aclaración.

Franjgr, ya me disculpará, pero no he entendido su respuesta. El caso que les he planteado tiene parte de realidad y parte de hipótesis. La persona en cuestión:
- Perdió su trabajo en 2021 por un ERE. Cobró su prestación por desempleo hasta 2023.
- Suscribío un Convenio Especial Ordinario con la Seguridad Social en 2023, para seguir cotizando.
- En 2026, cumplió 52 años. Solicitó el Subsidio de Mayores de 52 Años. Se lo conceden. La Seguridad Social da de baja de oficio el Convenio Especial Ordinario suscrito en 2023.
- El padre de esta persona es muy anciano. Por ley de vida, en pocos años le va a corresponder a esta persona una herencia de unos 150.000 euros, con lo que excederá el límite de rentas del Subsidio de Mayores de 52, del que ya está muy cerca actualmente.
- Y por eso nuestra consulta: cuando el SEPE, llegado el momento, le suspenda / retire el Subsidio de Mayores de 52 Años, ¿podrá esta persona volver a suscribir un Convenio Especial Ordinario con la Seguridad Social, por los años que le queden hasta su jubilación?

#11

Re: Convenio Especial Ordinario, despues del Subsidio para Mayores de 52 años

Muchas gracias, Wediehard. Y muchas gracias también a los que también han contestado a mi consulta.