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Subsidio desempleo

8 respuestas
Subsidio desempleo
Subsidio desempleo
#1

Subsidio desempleo

Hola una pregunta si el 25 de diciembre finaliza mi subsidio por desempleo cobro en enero ? 
#2

Re: Subsidio desempleo

En Enero cobras 25 días 
#3

Re: Subsidio desempleo

Gracias por tu respuesta 👍
#4

Re: Subsidio desempleo

Buenas noches,

El 31 de noviembre finalicé la prestación contributiva, último pago hoy día 9 de diciembre.
Tengo derecho a solicitar el subsidio de desempleo, soy menor de 45 años y no tengo cargas familiares, pero uno de los requisitos para percibir el subsidio para menores de 45 años y sin cargas es el de haber percibido la prestación más de 360 días, este requisito sí lo cumplo.
Por otro lado, es obligatorio aportar una declaración responsable de rentas, en mi caso sería únicamente la prestación.

En esta declaración responsable de rentas hay que responder a unos datos sobre hijos, menores o si son mayores con discapacidad, renta del cónyuge, que como ya he comentado en mi caso no puedo contestar porque no estoy ni casada, ni pareja de hecho, ni tengo hijos.

No obstante, convivo con mis padres, mi madre no tiene ninguna pensión, y mi padre percibe la pensión de jubilación (en noviembre recibió la pensión doble), comento toda esta situación porque en la declaración no menciona a ascendientes.

Me puede informar alguien que se haya encontrado en una situación similar, según he leído se debe declarar la renta del mes natural anterior, individual en mi caso, o de la unidad familiar??.

Un saludo, y gracias!
#5

Re: Subsidio desempleo

Buenos Días, en la declaración responsable confirmas una serie de datos que servirá a la administración en el futuro para decidir si te reclama lo que anteriormente te concedió, o bien, comprobar tus ingresos antes de adjudicartelo. Lo de los ascendientes es buena pregunta, pero la administración siempre tendrá en cuenta lo que hayas declarado en tu renta el ejercicio pasado, en caso de no haberla presentado tendrá que fiarse de lo que declaras, por ejemplo no es lo mismo vivir en casa de los padres que tener una casa en propiedad donde tus padres residen contigo porque ellos no tienen casa. Como en la renta se declara el domicilio habitual pues lo tienen fácil, en tu caso, si has vivido siempre en casa de tus padres habrá menos problemas, pero la unidad familiar dependerá de lo que tus padres hayan declarado en su renta, si te metieron a ti como descendiente si pertenecerás a la unidad familiar, si no te pusieron serás independiente, en caso de que tampoco presentase renta me imagino que se tendrán que fiar de lo que le declaras.
#6

Re: Subsidio desempleo

Muy interesante esta información, lo tendré en cuenta. Muchas gracias
#7

Re: Subsidio desempleo

Puede consultar el artículo 275.3 de la LGSS sobre el particular que comenta: no habla de ascendientes.  Por tanto, las rentas/ingresos de sus padres no se tendrían en cuenta a efectos de rentas de la "unidad familiar". 
#8

Re: Subsidio desempleo

Buenos días, 
Gracias por su respuesta.

Así es, había leído la LGSS, los artículos que regulan el Subsidio de Desempleo, como unidad familiar para este subsidio no se contempla los ascendientes (padres). Aún así tenía dudas ayer, después de consultar tanta información…ya que no hay que confundirlo con la “unidad de convivencia” que regula el IMV,  pues en este caso sí entraría a valorar la renta de cualquier persona de esa unidad de convivencia, ya sea familiares ascendientes, descendientes, cónyuge, pareja de hecho, etc.
#9

Re: Subsidio desempleo

Todo lo que dice no viene en el artículo 275 de la Ley General de la Seguridad Social.
No es de aplicación a los subsidios