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Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

3 respuestas
Dinero en efectivo en el banco - Subsidio
Dinero en efectivo en el banco - Subsidio
#1

Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

Hola. 
Estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años y tengo un dinero en una cuenta en el banco. Si lo deposito en una cuenta que me remunera al 1,5 %. En el momento en que el SEPE calcule mis rentas cual dato tomaría, 1, 5 % o sería el 3,25 % como rendimiento presunto? 
El dinero en cuenta corriente cuenta todo hasta el último céntimo para el cálculo de las rentas imputadas o hay algún mínimo exento pues hay que tener algo en cuenta para ir pagando los recibos? 
Muchas gracias. 
#2

Re: Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

El art.7 del RD 625/1985 dice lo siguiente :

La "instrucción de rentas y responsabilidades familiares" del SEPE dicen lo siguiente en cuanto a los rendimientos presuntos :

Este caso se ha comentado en este foro en multitud de ocasiones,  observo que en las oficinas del SEPE tampoco se ponen de acuerdo

Mi opinión es bien sabida:  los saldos en una cuenta corriente es un bien de patrimonio al cual la entidad depositaria (banco o caja de ahorros) le computa el rendimiento mensual efectivo,  por lo que según la ley y normas anteriores,  no cabe aplicar el rendimiento presunto.
Pero mi opinión no sirve, ni siquiera la del SEPE;  la que vale finalmente es la de la jurisdicción social (un juez o tribunal)

Si no quieren perder el tiempo en reclamar o en pleitear en un juzgado contra el SEPE por este tema,  lo mejor que se puede hacer es DESVIAR el dinero a cuentas remuneradas;  por ejemplo ésta  (hay muchas):



Con ello se consigue no perder mas el tiempo en este asunto,  que como dije antes,  ni el propio SEPE se pone de acuerdo.


#3

Re: Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

Hola , justo el otro día realicé una consulta en el sepe sobre los rescates de fondos de inversión,  de pensiones e intereses por el capital mobiliario. Las cantidades percibidas brutas , por los intereses , plusvalía fondos , a efectos del límite de los 850 euros mes  para el 2024 se computa anualmente,  aunque se cobre una o varias veces al año. 
#4

Re: Dinero en efectivo en el banco - Subsidio

Eso no es lo que dice la Ley General de la Seguridad Social, ni el RD 625/1985 ni las propias instrucciones del SEPE.
Las rentas se deben calcular mensualmente y no es lo mismo que una renta sea periódica que se imputa la prorrata mensual, a que sea un pago único que se divide entre 12.
Lo único que está bien en esa información es que las rentas se calculan en bruto.