Clausula de no aplicación en un robo
Hola,
Hace unos días han intentado forzar la puerta de mi casa sin conseguir abrirla, sin embargo lo han conseguido pero han dejado la puerta destrozada. Tras dar parte al seguro para que lo reparen me comentan que en casos de robo no me cubre el seguro al tener solo asegurado el continente y no el contenido. Es decir, la clausula de robo solo es aplicable si se tiene asegurado el contenido cosa que yo no tengo. ¿Es esto aplicable en el caso? Ya que la puerta forma parte del contienente, no se si es una triquinuela que se ha buscado la aseguradora para evitar el pago.
Gracias de antemano y un saludo