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Seguro de RC para club deportivo no lucrativo
Hola,
Me gustaría comentar que hace poco el club deportivo no lucrativo quedó inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Cataluña. A raíz de ello, me indicaron que las entidades deportivas tienen la obligación legal de disponer de un seguro de responsabilidad civil.
Sin embargo, no tengo claro si esta obligación también aplica en nuestro caso, dado que el club no dispone de instalaciones propias ni organiza actividades deportivas, eventos, ligas, competiciones o entrenamientos.
Nuestra entidad únicamente practica el deporte de pádel y se afilia a una Federación Deportiva de Cataluña, que es quien organiza y realiza las ligas, competiciones y actividades deportivas de pádel, y que ya cuenta con su propio seguro de responsabilidad civil.
Además, los jugadores del club dispondrán de las licencias federativas correspondientes, emitidas por la federación, que incluyen las coberturas propias de la práctica deportiva federada.
Por este motivo, os agradecería que me echaseis una mano para aclarar si, en estas circunstancias, el club está igualmente obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil propio.
Gracias.
Me gustaría comentar que hace poco el club deportivo no lucrativo quedó inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Cataluña. A raíz de ello, me indicaron que las entidades deportivas tienen la obligación legal de disponer de un seguro de responsabilidad civil.
Sin embargo, no tengo claro si esta obligación también aplica en nuestro caso, dado que el club no dispone de instalaciones propias ni organiza actividades deportivas, eventos, ligas, competiciones o entrenamientos.
Nuestra entidad únicamente practica el deporte de pádel y se afilia a una Federación Deportiva de Cataluña, que es quien organiza y realiza las ligas, competiciones y actividades deportivas de pádel, y que ya cuenta con su propio seguro de responsabilidad civil.
Además, los jugadores del club dispondrán de las licencias federativas correspondientes, emitidas por la federación, que incluyen las coberturas propias de la práctica deportiva federada.
Por este motivo, os agradecería que me echaseis una mano para aclarar si, en estas circunstancias, el club está igualmente obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil propio.
Gracias.