Re: Cobertura asistencia informatica.... - seguros hogar
es una cobertura adicional, tienes que mirar si lo contempla tu poliza, suele subir unos 9 euros a la poliza y cubre cualquier siniestro que le ocurra a tu ordenador...no averia...si la averia es por una bajada o subida de tension de la luz si lo cubre...si se cae el monitor y se rompe si lo cubre...si se te derrama algun liquido tambien...pero si es por el uso no .
Saludos
Re: Cobertura asistencia informatica.... - seguros hogar
Re: Cobertura asistencia informatica.... - seguros hogar
Re: Cobertura asistencia informatica.... - seguros hogar
Hola, la asistencia tecnológica no es para las averías del ordenador, en la compañía en la que yo soy agente exclusivo la garantía comprende lo siguiente:
Pregunta a tu agente si tienes este tipo de coberturas en tu seguro de hogar, no todas las pólizas de hogar lo tienen.
Un saludo.
Re: Cobertura asistencia informatica.... - seguros hogar
pero las averias del ordenador te las cubre el seguro igual (las del fijo) y las del portatil si declaras un portatil.
Otra cosa es que es cierto que el seguro de asistencia tecnologica no te cubre eso, lo que te cubre son eliminacion de virus etc.
Pero en cualquier seguro de hogar si se te cae el ordenador, esta cubierto como cualquier otro electrodomestico, salvo si es portatil que lo tienes que declarar.
Saludos
Re: Cobertura asistencia informatica.... - seguros hogar
NO.
Cada compañía es un mundo en este tipo de seguros, unos si lo cubren, otros no, unos los tienen que declarar, otros no. No se puede generalizar tanto, para estas cosas lo mejor es hablar con su agente de seguros y el le dirá lo que tiene cubierto y si es suficiente para sus necesidades. Otra cosa es que el asegurado no tenga agente de seguros, en ese caso tendrá que llamar y seguramente el que le coja el teléfono sepa menos que el y tenga que tirar de manual para responder, eso si no responde cualquier cosa con tal de quitarse el muerto de encima, que casos de estos los conozco, y unos cuantos.
Re: Cobertura asistencia informatica.... - seguros hogar
Yo he trabajado como corredor y te aseguro que el ordenador de sobremesa por ley esta considerado como un electrodomestico mas y que solo lo tienes que declarar en caso de determinado valor.
Y los portatiles son los que hay que declarar en casi cualquier caso.
Pero a efectos de ley el ordenador fijo es considerado un electrodomestico más e igual que TODAS las compañias te cubren un televisor te cubren tambien un ordenador fijo.
evidentemente tanto en el caso del ordenador como en el caso del televisor a partir de determinado valor hay que declararlo.
Y en lo de que llame a su agente eso lo recomiendo yo siempre...