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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
Buenos días, paqui js:
Es lo habitual de los bancos/cajas, cuando pides un préstamo o hipoteca, encajarte un seguro o varios, han visto un filón de oro en estas prácticas, aunque sea ilegal que te obliguen a hacerte un determinado seguro con ellos, pueden exigirte un seguro (para proteger de alguna manera el bien por el cual solicites el prestamo/hipoteca, porque hasta que no pagues la deuda ese bien es de ellos), pero tienes total libertad para hacerlo con cualquier aseguradora de tu elección.
Independientemente de la forma de pago, le hicieron un contrato que firmó por 3 años y el vencimiento de los 3 años como dices es en Noviembre, por lo que le seguirán cobrando hasta noviembre, no se lo van a anular antes, aunque haya vendido la casa objeto del seguro, se escudan en que la duración del contrato es de 3 años consecutivos, mientras que en cualquier aseguradora fuera del banco hubiera sido anual renovable, es decir de duración 1 año y con aportar el justificante de la venta hubieran dado de baja el seguro de hogar en ese momento.
Para que no os renueven el seguro, deberéis personaros en la Caixa, y que tu padre firme la baja del seguro o bien lleváis dos escritos firmados por tu padre acompañados del DNI, indicando que desea dar de baja el seguro al vencimiento(Noviembre), que os sellen una copia de lo que llevéis como justificante y la otra copia de todo lo que llevéis que se la queden ellos hacerlo ya.
Para dar de baja un seguro en tiempo y forma, hay que avisarlo por escrito, nunca por teléfono, ni de palabra, por lo menos un mes antes de que venza, si no es así os encontrareis que en noviembre os renuevan el seguro automáticamente sin consultaros, un año más si no tienen un justificante de anulación de la póliza por vuestra parte.
Saludos
Es lo habitual de los bancos/cajas, cuando pides un préstamo o hipoteca, encajarte un seguro o varios, han visto un filón de oro en estas prácticas, aunque sea ilegal que te obliguen a hacerte un determinado seguro con ellos, pueden exigirte un seguro (para proteger de alguna manera el bien por el cual solicites el prestamo/hipoteca, porque hasta que no pagues la deuda ese bien es de ellos), pero tienes total libertad para hacerlo con cualquier aseguradora de tu elección.
Independientemente de la forma de pago, le hicieron un contrato que firmó por 3 años y el vencimiento de los 3 años como dices es en Noviembre, por lo que le seguirán cobrando hasta noviembre, no se lo van a anular antes, aunque haya vendido la casa objeto del seguro, se escudan en que la duración del contrato es de 3 años consecutivos, mientras que en cualquier aseguradora fuera del banco hubiera sido anual renovable, es decir de duración 1 año y con aportar el justificante de la venta hubieran dado de baja el seguro de hogar en ese momento.
Para que no os renueven el seguro, deberéis personaros en la Caixa, y que tu padre firme la baja del seguro o bien lleváis dos escritos firmados por tu padre acompañados del DNI, indicando que desea dar de baja el seguro al vencimiento(Noviembre), que os sellen una copia de lo que llevéis como justificante y la otra copia de todo lo que llevéis que se la queden ellos hacerlo ya.
Para dar de baja un seguro en tiempo y forma, hay que avisarlo por escrito, nunca por teléfono, ni de palabra, por lo menos un mes antes de que venza, si no es así os encontrareis que en noviembre os renuevan el seguro automáticamente sin consultaros, un año más si no tienen un justificante de anulación de la póliza por vuestra parte.
Saludos
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
El art. 34 LCS, habla de este asunto. Cuando se vende un bien, el seguro va en el mismo paquete.
Y desde ese momento el responsable del pago de las primas es el nuevo propietario.
Cuando no tenemos interés en el bien, como podría entenderse el caso, no podemos asegurarlo. De hecho, el contrato ha de ser nulo art.25 LCS.
Y desde ese momento el responsable del pago de las primas es el nuevo propietario.
Cuando no tenemos interés en el bien, como podría entenderse el caso, no podemos asegurarlo. De hecho, el contrato ha de ser nulo art.25 LCS.
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
Totalmente de acuerdo contigo, Insurance, pero con los bancos/cajas hemos topado, si el cliente no sabe o mejor dicho no sabemos las leyes que nos amparan, hacen de su capa un sayo y se lo saltan todo a la torera, tanto la ley de contrato de seguro como la ley que regula los contratos de crédito inmobiliario.
De hecho, según nos cuenta, paqui js, el mismo banco ha hecho sobre el mismo bien otro seguro, estando en vigor el anterior en ese momento.
Saludos
De hecho, según nos cuenta, paqui js, el mismo banco ha hecho sobre el mismo bien otro seguro, estando en vigor el anterior en ese momento.
Saludos
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Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
#14
Re: Seguro por 3 sños. Vende la casa y lo obligan a mantenerlo ? - SegurCaixa
Lo primero, comunicar a la aseguradora en el plazo de 15 días la venta.
Y después reclamar al defensor del cliente del banco y de la aseguradora, y en segundo paso, al banco de España y a la DGSFP... y poco más.
Hay otra opción que es, si confías en lo que dice el gobierno del estado, que sacará adelante con las condiciones que ha contado la ley que regulará la Autoridad del Cliente Financiero, y esas dos reclamaciones se le convertirían en 250€ de coste de tasa de tramitación de cada una de las reclamaciones... 👿
Y después reclamar al defensor del cliente del banco y de la aseguradora, y en segundo paso, al banco de España y a la DGSFP... y poco más.
Hay otra opción que es, si confías en lo que dice el gobierno del estado, que sacará adelante con las condiciones que ha contado la ley que regulará la Autoridad del Cliente Financiero, y esas dos reclamaciones se le convertirían en 250€ de coste de tasa de tramitación de cada una de las reclamaciones... 👿
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