Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

10 respuestas
Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado
Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado
#1

Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

Buenas a todos,

Tengo una duda respecto a este tema, y es quién percibiría la indemnización en caso de siniestro de un vehículo que esté a todo riesgo, y el cual tenga una reserva de dominio por parte de la financiera.

En principio el beneficiario sería la financiera, pero la duda surge en el caso de que la indemnización sea mayor que el restante a pagar por el comprador del vehículo, ¿ese restante se le transfiere al comprador, o se le da íntegro a la financiera? ¿sería necesario algún tipo de cláusula para que se le de el restante al comprador?

#2

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

No hace falta ninguna cláusula. Uno de los principios legales del seguro de daños es que nadie puede lucrarse del mismo, por lo que la financiera recibiría lo que se le adeude hasta esa fecha y el resto si lo hubiera se transfiere al propietario del vehículo. 

#3

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

Es raro que en el seguro de autos figure una reserva de dominio. En Hogar es habitual pero, como digo, en el seguro de autos es muy raro que el tomador del seguro haya hecho constar en su póliza de seguro una reserva de dominio sobre la financiación del vehículo.

#4

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

Entiendo, no había recordado ese punto que si mal no recuerdo, se nombra en la Ley del contrato de seguro. Un saludo y gracias.

#5

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

Salvo que te "regalen" el seguro al comprar el coche y financiarlo. Lo haces en el concesionario, con la financiera de la marca, y te ponen la reserva en el seguro. Eso lo he visto yo.

 

Saludos

#6

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

Ahí es posible porque quien te vende el seguro es la misma persona que te hace la financiación.

#7

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

Tengo una duda sobre la este tema, y es que yo voy ha cambiar de seguro el coche y aún está financiado, y en dicha financiación consta una reserva de dominio. He de comentarlo a mi nueva aseguradora por si hay algún siniestro?oh en caso de alguna desgracia, automáticamente cobra la parte pendiente la financiera? 
#8

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

Si vas a cambiar la financiera no recibiría nada puesto que el nuevo seguro desconoce esa situación. Aquí yo te diría que lo hagas sin problema y sin necesidad de decir nada a nadie. Al fin y al cabo, mientras le sigas pagando, a la financiera le da igual y, en caso de siniestro, o bien pagas o sigues pagando o bien, si dejas de hacerlo, ellos tirarán de la situación contemplada en el contrato en caso de impago.
#9

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

En caso de un siniestro total los plazos se pueden acortar un poco para indemnizar cuando la compañía conoce de antemano que existe reserva de dominio (no se puede dar de baja el vehículo sin eliminarla) y una financiera concreta con la que ajustar la deuda pendiente; pasa muchas veces que cuando se va a liquidar ha vencido la siguiente mensualidad, hay que preparar nuevo finiquito, se demora, vuelta a empezar...


#10

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

De todas formas, al entregar el permiso de circulación a la aseguradora, el apartado c4, viene marcado con una c, para reflejar que en el coche consta una reserva de dominio. Entonces es aconsejable que lo comenté antes de hacer los papeles del nuevo seguro?
#11

Re: Beneficiario en reserva de dominio automovil - Asegurado

La aseguradora no es quien dará de baja el coche, solo puedes tu o el desgüace y eso una vez que se haya liquidado a la financiera la deuda. Lo habitual es que nadie lo declare según mi experiencia pero también que si no se declara conviene informar desde el primer momento al tramitador del siniestro para que lo tenga en cuenta y se agilicen los pagos.