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Seguro de responsabilidad civil inmobiliaria antes de vender vivienda

3 respuestas
Seguro de responsabilidad civil inmobiliaria antes de vender vivienda
Seguro de responsabilidad civil inmobiliaria antes de vender vivienda
#1

Seguro de responsabilidad civil inmobiliaria antes de vender vivienda

Voy a vender un piso que tiene unos 40 años. Sé que la ley establece una responsabilidad civil por vicios ocultos durante 6 meses tras la venta y quería preguntaros si hay seguros que cubran esta posible contingencia y cuál suele ser la prima. Evidentemente no tengo ninguna sospecha de que pueda haber vicios ocultos, pero al ser un piso antiguo me gustaría cubrirme durante esos seis meses que marca la ley. ¿Es común hacer este tipo de seguros?

#2

Re: Seguro de responsabilidad civil inmobiliaria antes de vender vivienda

Si tienes contratado seguro de hogar de esa vivienda mira las cláusulas de responsabilidad civil, puede que no cesen con la venta. También mira qué casos contemplan.

 

#3

Re: Seguro de responsabilidad civil inmobiliaria antes de vender vivienda

Que existan vicios o defectos que no sean apreciables en una vista inicial, y por eso lo de los 6 meses,  o quiere decir que todos sean asegurable, para serlo tienen que darse los principios y condiciones del seguro.

si son acordes a la ley contrato de seguro, un seguro decente de r, c inmobiliaria, o incluso un multirriesgo que la incluya suelen ser suficientes para aquellos que si son asegurables.

 

lo,que suele ocurrir con estas defectos o vicios no asegurables, es que reducen el importe del, INE y por tanto de la venta en los costes de subsana Ivon y las penalizaciones o perjuicios causados.

 

saludos.

 

#4

Re: Seguro de responsabilidad civil inmobiliaria antes de vender vivienda

No me suenan  esos tipos de seguros para vicios ocultos.

Otra cosa es que se tenga un seguro de hogar y después de la venta aparezcan averías o daños de una posible avería anterior a la venta, eso si tendría cobertura en el seguro de hogar, si la tiene contratada, claro, y si entraría la RC para los daños que pueda ocasionar a los bienes del nuevo propietario, ahí si.

Con seguro de hogar también se tiene la obligación de comunicar a la aseguradora la venta de la vivienda, al igual que al nuevo propietario, por si este esta interesado en continuar con ese seguro, nuevo propietario y aseguradora tendrían que llegar a un acuerdo de continuidad.