Re: Seguros OCASO
Buenos días,
Tal y como quedé, ya tengo localizadas las claúsulas generales de SEGUROS OCASO. Inserto archivos con claúsulas escaneadas y las detallo textualmente a continuación:
Art. 16º JOYAS
16.2 NO GARANTIZAMOS
16.2.1 Siempre qeu no se encuentren en caja de seguridad, la garantía quedará suspendida a partir de las 72 horas consecutivas en que la vivienda permanezca deshabitada, volviendo a tomar efecto la cobertura al habitarse de nuevo.
Art. 15.2.1 NO GARANTIZAMOS
15.2.4 cuandi el dinero en efectivo no se encuentre en una caja de seguridad, la garantía quedará suspendida a partir de las 72 horas consecutivas en que la vivienda permanezca deshabitada, volviendo a tomar efecto las cobertura al habitarse de nuevo.
Es decir, como os decía, según las claúsulas generales, SEGUROS OCASO NO CUBRE EL ROBO DE JOYAS NI DINERO, SI NO TENEIS CAJA FUERTE Y OS VAIS MAS DE 72 HORAS DE CASA... ¿Que me puede cubrir? no sé... se me ocurre, ropa?, mobilitario?......? menudo seguro! Toda la vida pagando para esto!. y os animo a todos que lo que lo tengáis, que lo reviséis, para no tener luego sorpresas desagradables.