Cobrar una prestación de un seguro de jubilación en forma de "pagos sin periodicidad regular"
Hola a todos:
¿Me podrían aclarar, por favor, cuál es la diferencia, desde un punto de vista fiscal, entre cobrar un seguro de jubilación en forma de capital o en forma de "pagos sin periodicidad regular"? Porque, según entiendo y por lo que he indagado, cobrarlo en forma de "pagos sin periodicidad regular" no es lo mismo que cobrarlo en forma de "renta".