Acceder

Mi seguro del hogar no se hace cargo de un siniestro

1 respuesta
Mi seguro del hogar no se hace cargo de un siniestro
Mi seguro del hogar no se hace cargo de un siniestro

CÓDIGO AMIGO

 🎁 Consigue un bono regalo de 30€ por contratar online tu Seguro de Hogar con Ocaso.

#1

Mi seguro del hogar no se hace cargo de un siniestro

Hola a todos,
Os comento, mi seguro del hogar (Banco Santander) no se quiere hacer cargo de un siniestro en el que un ordenador personal se estropeo en el transcurso de una tormenta.
El caso es que después de leer las condiciones generales de la poliza según mi opinión esta opción si la cubre. En este punto es su palabra contra la mía. Os pongo los párrafos que hacen referencia al tema y me gustaría que me dieses vuestra opinión, ya que no soy experto en leyes y me siento bastante abandonado por mi seguro.
En las coberturas generales en el apartado sobre Daños a instalaciones y aparatos eléctricos, explica que hasta 3000 euros cubre los daños siempre que sean como consecuencia de la electricidad. Existe una exclusión de cobertura a ordenadores personales y equipos periféricos. Hasta aquí todo correcto. El problema es que yo tengo contratada una cláusula especial ( nº5) sobre “ Daños derivados de riegos de la Tecnología Informática”.

Los párrafos en cuestión son los siguientes:

“Queda excluidas las perdidas derivadas directa o indirectamente de la perdida, alteración o daño así como las causadas por una reducción de la funcionalidad, disponibilidad o funcionamiento del sistema informático, hardware, programación, software, datos, copias de seguridad, microchip, circuito integrado o dispositivo similar en equipo informático o no.”
“Esta exclusión no es aplicable a las perdidas que se produzcan en la vivienda asegurada por esta póliza como consecuencia de los siguientes riesgos ( ..incendia, tormenta,..) y en la medida en que estos se encuentren cubiertos por la misma”

Ellos se basen en la frase “...y en la medida en que se encuentren cubiertos por la misma”. Pero mi pregunta es, si no estan cubiertos en la misma ya que en las condiciones generales excluye los ordenadores personales, ¿Qué valor añadido tengo con esta 5ª clausula especial ? Para mi, una de dos, o si cubre el sinistro reclamado o si no lo cubre esta cláusula especial no sirve de nada y es completamente engañosa.

Perdón por el ladrillo y gracias de antemano a quien me pueda asesorar.

#2

Re: Mi seguro del hogar no se hace cargo de un siniestro

Perdonado quedas, con la información que das pues no me queda claro la verdad, tendría que leer todo el artículo de daños eléctricos con todas sus exclusiones y toooda la cobertura de daños derivados de riesgos de la tecnología informática, ya que con lo que pones pues me quedan dudas, ahora bien aventurándome (y no me gusta nada aventurarme) diría que expresión "en la medida que en que éstos se encuentren cubiertos por la misma" se refiere a que estarán cubiertos los ordenadores en las coberturas que tengas contratadas para el resto de la vivienda, es decir si en tu póliza no contratas incendio pues el incendio del ordenador no está cubierto, si no contratas robo, pues el robo del ordenador no está cubierto,etc.

Volviéndome a aventurar te diría que el que te ha denegado el siniestro ha hecho una interpretación como le ha dado la gana de la cobertura y creo que no la correcta, ya que como tu mismo dices es el pez que se muerde la cola, y en mi opinión la frase va en el sentido que yo digo que si da sentido a la cobertura específica, de todos modos si pones las claúsulas enteras mejor.

Mi recomendación así "aventurada" es que reclames al servicio de atención al cliente de la aseguradora, y si no hacen caso en dos meses o responden negativamente a la dirección general de seguros, si tampoco pues entonces ya es cuestión de hablar, pero creo que este caso es claro donde se puede aplicar el principio de in dubio pro asegurado, es decir si la claùsula no está clara ha de interpretarse en favor del asegurado.

Saludos.