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URGENTE Ley de Unidad de Mercado BOE 10-12-2013 - corredores de seguros

3 respuestas
URGENTE Ley de Unidad de Mercado BOE 10-12-2013 - corredores de seguros
URGENTE Ley de Unidad de Mercado BOE 10-12-2013 - corredores de seguros
#1

URGENTE Ley de Unidad de Mercado BOE 10-12-2013 - corredores de seguros

Con la aparición de la Ley de Unidad de Mercado, un corredor inscrito en el Registro de una Comunidad Autònoma, podrá operar fuera de la misma sin necesidad de trasnferir su expediente a la DGS??

Porque la Ley es clara, y salvo unos supuestos específicos que la propia Ley menciona, y muy justificados, el Principio de Eficacia regulado en el Cap.V, dice que el operador legalmente establecido en un lugar de España, podrá ejercer su actividad en todo el territorio./art.19).
Extiende explícitamente esa eficacia a las inscripciones en registros necesarias para el acceso al ejercicio de la actividad (art.20.1.c) Evidentemente, en nuestro caso, habla del Registro del art.52 de la Ley 26/2006 de Mediación.
Y, por si hubiera dudas, la D. Adicional 10, establece que en caso de conflicto sobre cual es la Autoridad de Origen, elegirá el propio mediador dentro de cualquier de los lugares donde se haya establecido....

Insisto; ¿un mediador registrado en una CCAA, puede extender la eficacia de esa inscripción al resto del país y operar en toda España sin más requisitos, evidentemente sin tener que darse de baja en el registro autonómico y no estando ya obligado a inscribirse en el de la DGS??

Gracias, es muy urgente

#2

Re: URGENTE Ley de Unidad de Mercado BOE 10-12-2013 - corredores de seguros

Creo que hay lugares mejores para hacer ese tipo de consultas tan específicas, y encima con prisas... Suerte,

#3

Re: URGENTE Ley de Unidad de Mercado BOE 10-12-2013 - corredores de seguros

Por si te sirve, de la carta del mediador

La DGSFP blinda sus competencias en mediación en la Ley de Unidad de Mercado
Mucho se venía especulando sobre la influencia en la mediación de seguros de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, que el BOE ha publicado esta semana. El principal punto de debate era el posible impacto que tendría la norma en los mediadores inscritos en Comunidades Autónomas con competencias, cuyo ámbito de actuación no tendría que circunscribirse a su Comunidad y podría operar con total libertad en toda España sin ningún tipo de cortapisas legales.

No obstante, en una confusa y enrevesada redacción, la Ley parece blindar las competencias en mediación de la DGSFP, con el fin de que no afecte en nada a la actual regulación en vigor. Así, el Capítulo VII prevé que “cuando, por razones de orden público que, de acuerdo con la interpretación de las instituciones de la UE, incluye la lucha contra el fraude y la garantía de la estabilidad financiera, que fundamentaría la necesidad de intervención en los sectores bancario, financiero y de seguros, el medio de intervención corresponde al Estado, la eficacia en el territorio nacional queda garantizada por la propia intervención estatal”.

Además, la Disposición Adicional Primera sobre Actuaciones Estatales indica que “cuando por razones de orden público, incluida la lucha contra el fraude, la contratación pública y la garantía de la estabilidad financiera, el medio de intervención, incluidas la regulación, supervisión y control, para el acceso o ejercicio de una actividad económica, corresponda al Estado, la eficacia en el territorio nacional quedará garantizada por la intervención estatal, de manera que las disposiciones contenidas en el Capítulo V de esta Ley no afectarán a las competencias estatales establecidas en la legislación específica”.

No obstante, desde los servicios jurídicos de varias instituciones de la mediación, contactadas por esta redacción, se está estudiando a fondo el texto de la norma, ya que creen que sí podría tener implicaciones “sobre los criterios administrativos habitualmente empleados sobre la distribución de competencias Estado-CCAA y el ámbito territorial de ejercicio de la actividad de mediación de agentes vinculados o corredores inscritos en el registro autonómico”.
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#4

Re: URGENTE Ley de Unidad de Mercado BOE 10-12-2013 - corredores de seguros

Si acabo de verla gracias;

Aunque no es en el cap. VII, sino en la Exposición de Motivos de la Ley, cuando empieza a hablar de las Disposiciones Adicionales.
un saludo