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Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

12 respuestas
Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico
Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico
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#1

Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Mi marido tenía seguro con santias en su empresa. A los familiares nos hacían un precio especial. Me apunté yo y mis hijas a la poliza de mi marido.
A mi marido le acaban de despedir. En la empresa nos dijeron que la poliza se cancelaba. Pero la sorpresa es que se cancela solo la de mi marido, nosotros tenemos que seguir hasta fin de año. Por si acaso mi marido dio orden al banco de no pagarles recibos. Nos han llamado porque les han devuelto el recibo.
Hay forma de cancelar el seguro nuestro, alegando las circunstancias? Si no pagamos, qué problemas podemos tener?

Por cierto. La experiencia con sanitas ha sido nefasta. Nada que ver con adeslas, que es la que he tenido siempre.
Me han tenido casi dos meses sin darme respuesta a una autorización de rehabilitación, sin dar señales de vida, teniendo que llamarles más de 10 veces, con reclamaciones en su web incluida... para luego denegarme la rehabilitación...
Eso sí, para el tema del pago no han tardado ni dos semanas...

Es que encima de tener esta experiencia tan mala se une que mi marido está en el paro, así que no queda ninguna gana de pagar a esta gente.
Muchas gracias

#2

Re: Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Dada que su situación familiar ha cambiado y la experiencia no ha sido positiva, se lo comunicaría por escrito. De todas formas el incumplimiento del pago de la "prima" tendrá como final la extinción del contrato. Antes de eso se pueden dar varios circunstancias.
- Tendrá un mes de cobertura, llamado mes de gracia.
- La CIA podrá resolver el contrato según art. 1124 Código Civil, pasado mes de gracia se lo comunican por escrito.
- La CIA podrá reclamarle el pago de prima, y si pasados 5 meses no le paga → extinción de contrato
- La CIA no le comunica nada, y pasados los 6 meses → extinción de contrato

Si lo considera, durante el tiempo que está en suspenso el contrato y decide pagar la prima el contrato entraría en vigor a las 24 h. del pago.

Saludos.

#3

Re: Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Antonio, entiendo que al no pagar ¿entraríamos en lista de morosos? y otra pregunta ¿puede haber demanda judicial por el no pago?
gracias

#4

Re: Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Hola. Si usted no realiza el pago de la prima, no hay cobertura. No entraría en la lista de morosos. Si estaría incumpliendo un contrato.

La definición del contrato de seguro dice:

"Es el contrato por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado, o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas".

Por tanto el asegurador se compromete siempre que haya previo pago de prima.

Se da la circunstancia que hay diferente tipos primas, es decir diferentes formas de pagar el riesgo cubierto en cobertura. Todo esta regulado por el artículo 15 LCS 50/80.

Las consecuencias que se derivan por incumplimiento de la obligación de pago de primas:
1º No cobertura
2º Resolución del contrato. La resolución de contrato ya se lo he comentado en el anterior mensaje cuales sería los procesos.
3º El asegurador puede optar por exigir el pago por vía ejecutiva en base a la póliza. Esta situación no es posible (en su caso), ya que el pago de las primas de la póliza son mensuales, y al realizar el pago usted de la primera, se considera que el contrato esta en vigor, y por tanto se produce un incumplimiento. Entrando en los procesos del anterior mensaje.

Saludos.

#5

Re: Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Muchas gracias Antonio!

#6

Re: Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Oño, que pronto dais las gracias a los que os dicen lo que quereis escuchar.

1º.- Si no pagas, pues lógicamente haran lo habido y por haber para cobrate.

2º.- Si no pagas y te pasa algo, pues dependerá del momento se tendrán que hacer cargo o no.

3º.- Quien es el tomador de la póliza ¿La empresa? pues por ahí te puedes librar. Tu solo eres el Asegurado y "en principio" no tienes obligaciones.

el art. 15 no sé que es lo que dice ni me voy a molestar en leermelo.

y por Dios, no os fieis ni del Gran Acrasol, por un foro, que despues vienen las lamentaciones y ya eremos como salimos de esta y sobre todo como me encuentras.

ASESORATE POR PROFESIONALES DE TU ZONA. Repito Profesionales.

Y para finalizar cual es la condición de entrar en el listado de morosos? ¿Pudiera ser el incumplimiento de un contrato? un débito? un no se que ?

"Hola. Si usted no realiza el pago de la prima, no hay cobertura. No entraría en la lista de morosos. Si estaría incumpliendo un contrato."

#7

Re: Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza.

En caso de falta de pago de una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima se entenderá que el contrato queda extinguido.

Y esta es la parte bonita,el coñazo viene con las llalamadas, etc etc etc.

Es este el 15?

#8

Re: Cancelar seguro con sanaitas con poliza de empresa, tras despido de la empresa - seguro médico

Claro que pueden reclamar por vía judicial el impago y meter al moroso en una lista, aunque se pague mensualmente, lo que se contrata es un riesgo anual. No es una práctica habitual, aunque sé de otras aseguradoras que si empiezan a hacerlo.