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Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

6 respuestas
Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda
Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda
#1

Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

BUENAS, a quien pueda ayudar un pariente cobro el año pasado una indennización por el seguro colectivo de la empresa, por una incapacidad permanente.
Fue a hacer la declaración de hacienda a la agencia de vigo y le dijeron que esa indennización podria deducir el 40% que ahora pasados unos meses le reclama hacienda, puesto que en el papel del seguro han puesto que la dedución es 0. despues de consultar con la aseguradora, dicen que si fuese un seguro de muchos años, si tendria dedución pero que ellos hacian la poliza de año en año y que asi no pertenece la dedución
Según hacienda solo haran caso si el papel del seguro pone la reducción

Alguien puede ayudarme y decirme en que casos puede pertenecer la reducción y en cuales no. O sin el papel que ponga la reducción hacienda nos debería hacer esa reducción.

#2

Re: Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

La fiscalidad de los seguros de vida, depende de varios factores y por norma general la propia compañía cuando liquida el siniestro suele darte un certificado con la retención o con la exención según corresponda.
Lo mejor que puedes hacer es dirigirte a la compañía que realizo el pago y que te digan el tipo de tributación que correspondía a la indemnización percibida.
De todas formas te paso enlace a un manual muy completo para que puedas consultarlo. En la pag. 7 ya tienes la fiscalidad de los seguros de vida.

http://www.megaconsulting.net/cgi-vel/megaconsulting1/archivos/productos_financieros2.pdf

#3

Re: Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

Hola quería abrir un hilo con el nombre de Seguro Colectivo de Vida pero aprovecho este que he encontrado para hacer mi pregunta que simplemente trata de si la compañía aseguradora no está obligada a facilitar el condicionado completo de la póliza al asegurado sino simplemente las coberturas. En los mensajes anteriores se cita el art 76 del R.D,2486/1998, de 20 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, donde se dice que en caso de extravío de la póliza, el asegurador, a petición del tomador del seguro o, en su defecto, del asegurado o beneficiario, tendrá obligación de expedir copia o duplicado de la misma, la cual tendrá idéntica eficacia que la original; pero claro es en caso de extravío.
Yo soy asegurado-beneficiario de la póliza de seguro colectivo de vida de mi empresa pagando una parte de la prima y la asegurador se niega a darme las condiciones supuestamente porque la póliza cubre a distintos colectivos de la empresa y el tomador del seguro es la empresa, pero yo no estoy convencido y me gustaría saber si alguien comparte mi opinión. La empresa tampoco me responde a la misma petición y estando prejubilado y residiendo en provincia distinta a la sede de la empresa tengo complicado encontrar a quien pudiese estar a cargo de estos temas, máxime tratándose de una empresa con miles de trabajadores.

#4

Re: Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

Quien contrata la póliza es el Tomador del Seguro y es quien pacta con la Compañía las condiciones del contrato.
El Asegurado es la persona sobre quien recae el riesgo y debe aceptar la condición de asegurado.
El Beneficiario es quien cobrara la prestación en caso de que ocurra el siniestro.
Por lo tanto el contrato es entre el Tomador del Seguro y la Compañía.

#5

Re: Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

Gracias Jomalo por tu respuesta. Me quedo con la duda de si esto podría causar indefensión al asegurado o beneficiario porque tratándose de una cobertura por muerte o invalidez si surgen reparos a la hora de reclamar la indemnización estos no conocen las condiciones de la póliza y no podrán defenderse convenientemente. Además el asegurado tiene una retención mensual para pagar este seguro, no entiendo que pague y quede al margen de la póliza.
Por lo demás y perdona mi ignorancia ¿el tomador y la empresa firmante no son lo mismo en este caso?.

#6

Re: Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

Vamos por partes.
1) La Empresa por un convenio colectivo o particular contrae unas obligaciones con el trabajador por el que acuerda además de las horas de trabajo, salarios, días de vacaciones etc. etc., contratar un seguro de vida y/o accidentes, en unas condiciones descritas en ese convenio o mejoradas.
2) La empresa que es el Tomador del Seguro, contrata una póliza con una compañía de seguros, y entre ellos hacen el contrato (póliza) que garantice lo pactado con el trabajador.
3) Si ocurre un siniestro, el beneficiario pedirá la prestación en base al convenio, certificado o condiciones particulares que tenía el asegurado y será la compañía quien tendrá que justificar el rehusé en el caso de que no pague.
En ningún momento se causa indefensión porque la empresa tiene que contratar lo que está firmado en el convenio y es a lo que tiene derecho el trabajador.
Y lo que el trabajador aporta por su cuenta es para ampliar la garantía que figura en el certificado o condiciones particulares que le facilitan.

#7

Re: Deducción de seguro de vida colectivo deducción hacienda

Gracias de nuevo Jomalo por la detallada explicación, me doy por convencido. Un saludo.