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Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

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Deuda subordinada La Caixa. Emision E14
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Deuda subordinada La Caixa. Emision E14
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#153

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Hoy me he enterado de todo esto.el dinero que metí en esto es de una indemnización por un grave accidente que me ha dejado muy mal de por vida;no tienen vergUenza ninguna...Me pareció mucho tiempo de plazo pero como a todos el director me dijo que lo podría sacar cuando quisiera;ahora resulta que si lo necesito ahora perdería dinero;el director me dice que een 2020 me abonan todo el dinero pero no me fio.¿Alguien se fía y no va a sacar el dinero?a alguien le ha vencido algo como esto y le han pagado todo?Muchas gracias estoy sin ánimos

#154

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Hola a todos, acabo de darme de alta en Rankia precisamente por este asunto de la E14 de La Caixa, ya que afecta a una amiga mía y me ha pedido ayuda (yo he estado trabajando en banca privada- no en La Caixa - hasta Noviembre 2010, y para evitar tener que engañar a mis clientes les monté un fondo de inversión en Renta4 que yo gestiono, como autónomo, no como empleado de Renta4).
He leído todos los mensajes para enterarme del tema porque lo desconocía. He visto que están barajando precios de operaciones entre el 60-80% del nominal, pienso que es correcto. Pero me gustaría comentar algo respecto a varios puntos:
1.- el tema del test de conveniencia o el de idoneidad, que son distintos, depende también de si el cliente en su día firmó contrato de asesoramiento o no; si no tienen contrato de asesoramiento, según MiFid se actuaría bajo "petición del cliente o comercialización", quedando la entidad únicamente obligada a explicar las características del producto y sería el cliente quien asume toda la responsabilidad de la decisión de invertir. Si además el perfil anterior del cliente no corresponde al riesgo del producto, normalmente salta una alarma que obliga bian a cambiar el perfil, realizando un nuevo test, bien a que el cliente firme el disclaimer o nota de advertencia legal donde reconoce que "sí, me lo explicaron todo en el banco, sé que no debería comprarlo, pero aún así me emperro y lo quiero, toda la culpa mía" (perdón por el tono irónico). Con lo cual es difícil probar el mal asesoramiento (que no "existe" si no hay contrato de asesoramiento), pero por supuesto se puede intentar,..., incluso aunque hayan vendido con pérdida el producto.
2.- A vencimiento. He leído que comentan algunos inversores que como La Caixa es la 3ª mayor entidad no va a quebrar y si lo hace la salvarán, así que pagará el nominal a vencimiento en 2020. Bueno, ojalá sea así. Pero les digo lo que indico a mis inversores: que salven a la Caixa o a cualquier entidad o país, no significa que vayan a salvarnos a nosotros. Me explico: Puede que en el acuerdo de "salvación" conlleve una quita (hair cut en inglés) sobre lo que nos van a devolver (en mi caso a esta amiga) y esta quita puede ser importante debido precisamente a la consideración de deuda subordinada de la emisión, que hace que nuestro orden de prelación respecto a una liquidación sea inferior a la deuda senior secured o senior simple. Vean el ejemplo de las preferentes,..., están haciendo canjes que conllevará quitas, más o menos grandes.
Mi temor respecto a qué decisión tomar sería cuánto daño somos capaces de aguantar en nuestro patrimonio y qué alternativas podemos tener para alcanzar, al menos el nominal a 2020. Dada la situación de crisis actual, el tipo de interés oficial puede mantenerse bajo durante mucho tiempo, por lo que encontrar alternativas mejores a ese plazo no sería tan complicado- en mi opinión salieron muy caras dado el precio que pagan, pero éso es otra historia; suponiendo que paguen el mínimo hasta el año 2015 y a partir de ahí empiece a pagar el máximo y devuelvan el nominal a vencimiento hablamos de una TIR del orden del 9.08% para el que compre al 80% ahora, pero para los que tienen precio de compra en emisión al 100% se queda en el 5.42% que para ese plazo (y asumiendo que devuelven el capital a vencimiento, sin quitas) me parece poco-. El problema es si dentro de unos años dad toda la inyección de liquidez que están haciendo los bancos centrales se canaliza en un aumento de la inflación ya que el cupón máximo está limitado al 5.870% anual y podría quedarse por debajo de dicha inflación.
Creo que sí deberían unirse, pero a la vez pienso que no sería mala idea ir vendiendo la posición.
Un abrazo

#155

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Muchas gracias por tu aportación y consejo. Con respecto al contrato, yo el otro dia busqué - y encontré - los papeles que habia firmado cuando me abrieron el expediente de deuda subordinada. Y entre las opciones de riesgo a asumir, figura marcada con una cruz la correspondiente a que estaba dispuesto a perder intereses pero no el nominal. Esto es lo que firmé yo.

#156

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Si, pero ten en cuenta una cosa, lo que adquirís es un título de renta fija (en este caso a tipo variable) por lo que a vencimiento, si no hay problemas el emisor ha de retornar el principal recibido en su día. Por eso te dicen que si estás dispuesto a asumir riesgo de intereses. El producto lo tienen catalogado como "complejo de riesgo medio", no es un plazo fijo y conlleva riesgo de emisor (además de otros: liquidez, tipos de interés, inflación, etc.). El problema está en que si el emisor tiene problemas- y os aseguro que el tamaño no es óbice para que algo quiebre, ejemplo Lehman Brothers- sus problemas los puede solucionar a vuestra costa, se llegaría a un proceso de concurso de acreedores, vosotros tenéis deuda subordinada, ergo vuestros derechos están por detrás de los senior, se propone una quita de mayor o menor nivel y si aceptas, ya has aceptado y legalmente está todo correcto. Es una auténtica xxxxx, pero es así. De hecho los canjes que están ofreciendo- para mejorar su nivel de recursos propios- pienso que en cuanto hayan acabado con los que acepten de las preferentes, irán a por los de la deuda subordinada sin más y empezarán a ofrecer quitas envueltas en forma de canjes por bonos convertibles obligatoriamente convertibles en acciones y a unos precios fijados de antemano, como hemos visto. Ojalá me equivoque pero lo vengo advirtiendo desde hace más de tres años y es una pena,...¡por eso dejé la banca privada y monté el fondo para mis inversores! En fin. Si puedo echaros una mano, contad con ello en lo que pueda. Y por cierto, dado que no tenemos contrato de asesoramiento, todo ésto no es asesoramiento sino únicamente mi opinión personal, que con MiFid hay que estar a todas.

#157

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

A ver...yo tenia varias que han ido venciendo y sí, me han pagado el nominal sin problemas. Ahora en abril vence la emisión E10 y espero cobrar. Pero claro, tal y como estan las cosas, hablar del 2020 es una eternidad.

#158

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Bueno, yo comentaba el riesgo que asumí firmando el contrato: sí al riesgo de perder intereses; no al riesgo de perder el nominal, como argumento para plantear una posible reclamación judicial, ya sea individual o colectivamente, puesto que si yo firmé NO asumir el riesgo de perder el nominal (o parte de el), entiendo que no debian haberme colocado el producto.

#159

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Hola Gilet: Creo que no. Insisto, el producto (cualquiera de renta fija) es un producto en el que hay riesgo de no recuperar tu dinero porque lo que asumes al invertir en IPF o deuda corporativa o gubernamental es el riesgo implícito de emisor, esto es, que a quien le has prestado dinero no te lo pueda devolver. Una IPF tiene la ventaja de que existe el FGD que cubre parte de lo invertido (hasta los 100.000€), pero falta hacer una salvedad: "siempre que haya dinero en el FGD" suficiente para devolver esa cantidad,... y como están quebrando tantas entidades (por ahora sólo dejan quebrar a las pequeñas) va habiendo dinero, pero se complicaría como en USA donde el FDIC llegó a solicitar más dinero porque lo había agotado. Recuerda que en el folleto de emisión os hablan de que en caso de problemas, la emisión por ser subordinada va detrás de la senior. El problema es que estas cosas no os las cuentan porque si lo hacen no invertís, y sus bonus dependen de colocaros estos productos que interesan a los bancos y cajas en vez de a vosotros. Antes cuando os decía que me parecía poca rentabilidad me refería a que a ese plazo un 6% es poca rentabilidad. Deberían ofrecer más,... y por cierto, no pertenece al foro, pero ojito con las convertibles 6.5% de FCC 2014.

#160

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Gracias mdjuan por la información que nos estás facilitando y que si ya de por sí estábamos con gran preocupación, ahora tenemos más por lo que comentas del test de conveniencia o MiFiD,pues precisamente era el argumento con el que vamos a intentar reclamar, y yo tenía entendido que desde el 2008 era obligación de todo banco o caja en operaciones con productos complejos como es la deuda subordinada, aunque alguien de la caja me dijo que solo era obligación en acciones y ahora comentas que sólo es obligatorio si tienes contrato de asesoramiento, en fin un jaleo.
En mi caso, yo tengo obligaciones subordinadas de la Caja Extremadura que me convencieron para pasar allí mis ahoros que tenía en un FONDEPÓSITO AC diciéndome como a todos que no tenía riegos, total liquidez, etc; etc. y ni me hicieron ningún test, ni me entregaron folleto informativo. Y ahora te dicen que no hay problema que te dan un préstamo y tú no tienes que pagar nada se cobran de los intereses de las obligaciones y en el 2020 cuando venzan se lo cobran. ¡Qué bonito todo no!
¿Te parece mdejuan un 6% poca rentabilidad para tan largo plazo? Pues fíjate lo que pone en mi emisión:

"El tipo de interés nominal inicial será del 3,00% anual, y se
aplicará desde el primer día de desembolso de la emisión de las
obligaciones hasta el 01 de abril de 2006, ambos inclusive.
Con posterioridad a dicha fecha, el tipo de interés variará por
semestres naturales, los días 01 de abril y 01 de octubre de cada
año, teniendo lugar la primera variación el 01 de abril de 2006. El
tipo a aplicar en cada periodo de interés semestral será el que
resulte de aumentar un margen constante de 0,25 puntos
porcentuales al tipo de interés de referencia, que será el Euribor a
seis meses."

En fin, que estamos todos perdidos sin saber qué hacer: esperar al 2020, aceptar el préstamo, negociar, vender aunque pierdas, reclamar al departamento de atención al cliente, a la CNMV, poner una denuncia en los juzgados... o encadenarse a la puerta del banco... y los periódicos sin decir ni mu... y desde luego por lo que veo encima tengo que estar contento pues por lo menos lo mío no son participaciones preferentes perpetuas hasta el fin de los tiempos, ¿vamos la repanocha!. Dios mío pero ¿cómo han podido hacer semejante canallada los bancos y cajas a los pequeños ahorradores que conocen de toda la vida, muchos de ellos jubilados, abusando de su confianza y sólo para conseguir su financiación y cumplir los requisitos de Basilea III? No lo entiendo.

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