Hacienda sí vio infracción fiscal "grave" en casos similares al del ministro Duque
Daniel Montero
@monteroblog
Marbella, abril de 2015. Hacienda decide imponer una sanción "grave" de más de 50.000 euros a una sociedad y revisa la declaración de IRPF de sus propietarios ¿El pecado? Haber utilizado la casa en la playa que estaba a nombre de su sociedad sin haberse cobrado a ellos mismos un alquiler a precio de mercado. Un caso similar al que afecta
al actual ministro de Ciencia, Innovación y Universidades,
Pedro Duque, que ha negado cualquier irregularidad ante la prensa.
En el caso de Duque, tanto su vivienda en Madrid como la casa que disfruta en Jávea están a nombre de una sociedad patrimonial llamada
Copenhague Gestión de Inmuebles. Una empresa creada para gestionar su patrimonio. Hasta aquí todo legal. Sin embargo, la comparecencia del ministro arrojó una duda importante. Ante la prensa, aseguró que desde su sociedad, se cobraba a sí mismo un alquiler a precio de mercado, tal y como marca la ley, y que
sus operaciones han estado siempre dentro de la legalidad.
El problema es que l
as cuentas de su sociedad no reflejan ingreso alguno en los últimos tres años. La fecha coincide con
el regreso del astronauta y científico a España y el momento en el que volvió a ocupar la vivienda tras una etapa en el extranjero. Y eso es incompatible con su versión aportada ante la prensa.
El ministro de Ciencia, Pedro Duque. Efe
Por el momento, tanto Duque como el resto del Ejecutivo guardan silencio y dan el asunto por zanjado. Aquí no ha pasado nada. Pero según ha podido saber EL ESPAÑOL, la doctrina de Hacienda en este asunto ha sido muy distinta. Tanto que ha supuesto sanciones como la de un propietario de
La Zagaleta, que tras años viviendo en una mansión de superlujo a nombre de su sociedad patrimonial, ha visto cómo Hacienda le reclamaba seis millones de euros por este mismo concepto.
Según confirman varios fiscalistas afincados en la
Costa del Sol, hace al menos cuatro años que Hacienda encontró un importante nicho de recaudación en el uso de inmuebles a nombre de sociedades patrimoniales. La zona es propensa a ello, ya que es muy común entre los acaudalados propietarios de la andaluza, en su mayoría extranjeros, el uso de sociedades patrimoniales, muy incentivado en los centros off-shore de ascendencia británica como
Gibraltar o las Islas Vírgenes.
Una doble inspección de Hacienda
En uno de los casos consultados por este diario, muy similar al que afectaría al ministro Duque, Hacienda concluye que "la incorrecta declaración pone de manifiesto, como antes se dijo, la existencia de negligencia en el sujeto pasivo al no haber presentado declaración completa y veraz pese a tener los medios materiales y humanos para la aplicación correcta de las normas contables y fiscales". Es por ello que los inspectores fiscales consideran la no declaración de los datos una infracción "grave",
sancionada con más de 50.000 euros.
Según fuentes especializadas en la inspección fiscal, la Hacienda española actúa siempre en estos casos de la siguiente manera: como ajuste primario, saca la renta de mercado de la vivienda en atención a otros bienes comparables para conocer el valor de mercado. Esa es la renta que el residente en la vivienda debe pagar. Cada mensualidad, lleva un 19% de retención de sociedades, y el resto se computa como un ingreso (beneficio) para la sociedad.
Si, como suele ser habitual, la empresa presenta pérdidas (bases imponibles negativas), además del ajuste contable,
Hacienda suele sancionar también por haberlas declarado.
Además y de forma acumulativa, el fisco español hace lo que se conoce como ajuste secundario: el que afecta al IRPF de los socios. Es decir: la renta que se han ahorrado debe ser también computada en sus ingresos, tributando al tipo correspondiente y asumiento la sanción que en cada caso corresponda, y
que puede llegar al 300% en procedimientos graves o muy reiterados.