Por si no lo sabeis si alguna vez disponeis de saldo en una tarjeta prepago de cualquier operador y os caduca, teneis el derecho a que os reembolsen el saldo no utilizado.
Pues bien llevo 5 años intentando recuperar 350 € de una tarjeta prepago de un operador y ha hecho caso omiso a todas mis reclamaciones por escrito, telefónicas, etc. He ido haciendo reclamaciones por escrito para evitar que caduque.
Creeis o vei viable meterle un monitorio para reclamar el dinero que es mio? Que opinas @w-petersen ?
El problema es que ahora primero hay que hacer un intento de conciliación, si es un banco, una aseguradora o una sociedad financiera / de pagos regulada por el Banco de España, acreditar que ha reclamado al SAC de la entidad, con us respuesta o la inexistente tras 30 días, ya supone haber cumplimentado el paso previo y se podría ir a por un monitorio.
En principio es un operador de telecomunicaciones que no tiene esta consideración, aun así lo preguntaré por si acaso, por qué por ejemplo si afecta a las Comunidades de Propietariso ala hora de reclamar deudas a sus comuneros. Merci per la resposta.
El Consejo General del Poder Judicial - CGPD en su web tiene publicado un modelo para iniciar la conciliación previa a la presentación del moniorio, te pongo un pantallazo.
A estos modelos, que he utilizado les veo una pega que tiene fácil solución, concretamente ahí:
FORMULO SOLICITUD DE CONCILIACIÓN en reclamación de (se expondrá brevemente la pretensión que se deduce)
No soy abogado, con lo cual mi opinión vale par lo que vale, luego el CGPD es el organismo que adminsitra a los jueces, nombramientos, etc., pero no es un organo que juzgue, lo hacen sus miembros, pero no en consejo como institución, con lo cual aun utilizando el modelo, si la contraparte alega defectos de forma, podrían ser tomados en consideración, pero al mismo tiempo me cuesta ver a alguien "del gremio de la Ley" meterse en un juzgado discutiento si el CGPD tiene un buen o mal modelo en una demanda de bajo importe (menos de 2.000 €) .... bien lo que no me gusta es lo de "brevemente", a ver .... lo bueno si breve, dos veces bueno, o eso dicen, pero resumir por el simple hecho de hacerlo y no dejar claros los hechos puede ser un problema posterios cuando presentes la demanda, con lo cual utiliza lo de breve hasta donde seas capaz de resumir, pero sin olvidar datos o cuestiones relevantes.