Fuera de ordenación
Hola, tengo una duda sobre inmubebles rústicos fuera de ordenación. Según la ley, solo se puede construir en parcelas de más de 10000 metros cuadrados (y no siempre), por tanto todas las casas de campo que estén en parcelas de menos metros estarán fuera de ordenación, es decir, casi todas, al menos en la provincia de Alicante. Es así?, si fuera así no entiendo como los bancos dan hipotecas por casas que están fuera de ordenación. Si me podéis aclarar el tema. Gracias.