Socorro me han robado mi casa.
Ley de Arrendamientos Urbanos
Artículo 13. Resolución del derecho del arrendador
3. Durarán cinco años los arrendamientos de vivienda ajena que el arrendatario haya concertado de buena fe con la persona que aparezca como propietario de la finca en el Registro de la Propiedad, o que parezca serlo en virtud de un estado de cosas cuya creación sea imputable el verdadero propietario, sin perjuicio de la facultad de no renovación a que se refiere el artículo 9.1.
Una broma. ???????????????
Imaginarte. Tienes una casa, muy bonito.
Vives solamente en verano ahí.
En el año que viene, que pasa,
Alguien vive dentro de tu casa,
muy legal, Artículo 13.
habia un malo, que que parecía ser el propietario,
ha cobrado el alquiler por un año delante, y la fianza.
Te han robado tu casa muy legal por 5 años, o mas.
Una broma horrible.