Hola,
En mi caso el préstamo convenido esta concedido y comunicado al ministerio de fomento el 26/11/2010. los peor del caso es que podría haber tenido el visado a principios de octubre pero por varios errores cometidos por la técnica que llevaba mi expediente se retraso hasta el 24/11/2010.
El nuevo decreto de 17 de Diciembre pone lo siguiente:(http://portaljuridico.lexnova.es/public/asp/contenidos/legislacion/ficha.asp?portal=JURIDICO&cn_id=38356)
"
Disposición transitoria primera. Aplicación de subvenciones a situaciones anteriores a la entrada en vigor de este real decreto.
4. Sin perjuicio de la supresión de la AEDE a partir de la entrada en vigor de este real decreto, podrán obtener dicha ayuda estatal, con arreglo a la normativa anterior al mismo:
c) Los adquirentes de viviendas usadas, en el marco del vigente Plan, que obtengan préstamos convenidos que hayan sido notificados al Ministerio de Fomento con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto y que no se sobrepasen los objetivos convenidos del período 2010."
Por lo tanto seguimos como estamos, si no hay fondos no hay ayuda. Según pone si llegan los fondos a todos los que tenga el visado comunicado al ministerio se le tiene que otorgar la ayuda.
Hoy he ido a preguntar a la conselleria de Habitatge en Alicante y allí tienen un cacao importante, me han dicho que el responsable no estaba (que raro :-D) y la que me ha atendido dice que tenemos que firmar el préstamo convenido antes del 1/1/2011 a lo que le he contestado que como quiere que firme el préstamo convenido si el ministerio tiene retenido el visado. Creo que lo que pone la ley esta bastante claro y no le hecho mucho caso.
He puesto una queja a la Conselleria y voy a poner otra quejar en el sindic (http://www.elsindic.com/), creo que todos los que estamos en este caso deberiamos hacer lo mismo.
A ver si tenemos suerte en el 2011.