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Compraventa sujeta a condición resolutoria

2 respuestas
Compraventa sujeta a condición resolutoria
Compraventa sujeta a condición resolutoria
#1

Compraventa sujeta a condición resolutoria

Buenos días,
acabo de leer en el mundo la siguiente noticia:
El último 'cartucho' para adquirir una vivienda con derecho a deducción fiscal,
http://elmundo.orbyt.es/2012/12/21/elmundo_en_orbyt/1356082535.html

lo que ocurre que hay que pagar para verla.

Estoy a la espera de firma de hipoteca pero no sé si me van a poder dar fecha, ¿cómo funciona esto para poder acogereme a la deducción fiscal?
GRacias.

#2

Re: Compraventa sujeta a condición resolutoria

Hola,

Por lo que he podido leer, hace referencia a la posibilidad de realizar la operación de compraventa entre vendedor y comprador estableciendo que los pagos se realizarán de forma aplazada y no al contado, fijándose una condición resolutoria mediante la cuál el vendedor podría anular la venta en caso de producirse un impago. Se podría gozar de la desgravación fiscal porque los trámites a realizar ante notaría se harían de un día a otro.

Desde luego, esto es factible si tenemos a un comprador/vendedor listo para realizar los trámites necesarios cuanto antes y no serviría para una hipoteca convencional con un banco puesto que el proceso puede durar incluso semanas.

Un saludo.

#3

Re: Compraventa sujeta a condición resolutoria

La venta con condición resolutoria es como se hacían todas las ventas antes de que los Bancos empezaran a conceder hipotecas masivamente y, si los Bancos no conceden hipotecas, esa va a ser la solución para el que quiera vender.
Pero no todo el mundo acepta eso. Los vendedores están muy acostumbrados a cobrar al contado y que sea el Banco el que financie.