Hicieron mucha trampa cuando redactaron la CE,
el problema es este:
Artículo 33.3- Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
el 33.3, deberia haber quedado tal aque asi:
Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos
Y ya esta.
el Articullo 33 de ser asi:
Artículo 33
- Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
- La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.
- Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes
a ser así:
Artículo 33
- Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
- Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos.
seria imposible la confiscacion, expropiacion,