Acceder

Compensación de minsvalías en IRPF

4 respuestas
Compensación de minsvalías en IRPF
Compensación de minsvalías en IRPF
#1

Compensación de minsvalías en IRPF

Buenas tardes:
Mi madre tiene un fondo de AC Fondtesoro LP y desde que lo heredó hace unos meses tiene minusvalías(grandes)

Estamos pensando reinvertirlo en otro fondo o depósito y nos comentan en el banco que es mejor que dicho fondo pase antes de comprar algo por su libreta de ahorro, pues al tener minusvalías, tiene 4 años para compensar las pérdidas en Hacienda.
Me podéis explicar como es eso de la compensación?. Ha de ser con plusvalias de otros fondos unicamente?.

Gracias de antemano

#2

Re: Compensación de minsvalías en IRPF

Si lo traspasas a otro fondo, no tendrás minusvalías. Si lo rescatas y tienes minusvalías para constituir un depósito, esas pérdidas sólo las podrás compensar con ganancias en el mismo año o en los cuatro siguientes.

Las minusvalías las puedes compensar con ganancias de venta de inmuebles (pisos, solares...),por la compraventa de fondos o acciones.

Saludos.

#3

Re: Compensación de minsvalías en IRPF

Gracias, Empty.

Te daré más datos, pues aún no lo tengo claro.
Cuando mi madre heredó ese fondo valía 120.000 euros. al día de hoy 117.000. No entiendo cuando dices que si lo traspasa a otro no habrá minusvalías.

Por otra parte: la compensación se refiere al 19% que aplica hacienda en las plusvalias: por ejemplo dividendos?.

Gracias de nuevo

#4

Re: Compensación de minsvalías en IRPF

Si liquidas el fondo, tendrías una minusvalía de 3.000 euros. Imagina ahora que tienes un piso que has comprado hace unos años y consigues venderlo con una plusvalía de 20.000 euros. Los 3.000 euros podrás compensarlos en la declaración Renta 11, tributando por la diferencia (20.000-3.000)=17.000. Esta cantidad tributa en la base imponible del ahorro 19% hasta 6.000 euros y a partir de esa cantidad al 21%.

En cambio, si el fondo que tiene hoy un valor de 117.000 lo traspasas a otro fondo sin rescatarlo, seguirás teniendo un fondo distinto con valor de adquisición de 120.000, y solamente tributarás cuando lo rescates definitivamente. Imagina que lo traspasas a otro y dentro de un año el valor ha subido a 119.000 y lo rescatas. Lo que tendrás que declarar es una minusvalía de 1.000, diferencia entre el precio de adquisición 120.000 y el de venta o rescate, 119.000.

Saludos.

#5

Re: Compensación de minsvalías en IRPF

Entendido ahora. gracias