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Con cancelar deudas ya estaría más que conforme

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Con cancelar deudas ya estaría más que conforme
Con cancelar deudas ya estaría más que conforme
#1

Con cancelar deudas ya estaría más que conforme

Buenos días a todos, necesitaría una orientación
Para abreviar mi historia (muy similiar a muchos, hipoteca condiciones para echarse a temblar)
Me ha salido la oportunidad de vender el piso y despegar deudas (voy pagando pero con muchas dificultades)

El piso tiene 2 hipotecas: 120.000 y 19.000

Podría negociar con el banco cambiar la de 19.000 a uno personal ? y vender el piso por 120.000 +gastos (sería el valor de la escritura)(tengo comprador muy interesado) Aunque no tengo un duro voy pagando y el personal me lo puede avalar mi padre además de mi nomina .

La otra posibilidad sería que mi padre me prestase la cantidad de 19.000 pero no sé como se lo tomaría hacienda

La verdad que la venta es un poco a la desesperada porque entre lo que debo y luego impuestos no me queda nada.....PERO ME QUEDO SIN DEUDA!!!!!!!!!!!!

Soy consciente de que luego tengo que pagar a hacienda si uno ya tiene claro que no lo va a reinvertir se puede pactar de alguna forma el pago de los impuestos por plusvalia patrimonial

Muchas gracias Lucia

#2

Re: Con cancelar deudas ya estaría más que conforme

El prestamo personal , no tiene inconvenientes fiscales , siempre que en las estipulaciones del contrato (privado) , queden claras las condiciones de la devolucion y que estas se puedan demostrar ante la AEAT si esta lo solicita ( Pagos mensuales o trimestrales . etc.), no tiene porque haber tipo de interes aplicable , puede ser CERO.

La venta de la vivienda si es la habitual , esta ha de haberse mantenido ocupada desde su adquisicion durante TRES años , para que dicha vivienda no pierda el concepto de habitual y no se deba devolver las deducciones que sobre esta adquisicion se hubieran practicado fiscalmente.

La posible plusvalia a declarar en el año de su venta , es la diferencia entre el valor de venta y el valor de adquisicion , a este valor se le agregan los gastos de escrituracion (Notario-Gestoria-Registro-IVA-Gastos de formalizacion de hipoteca etc) , en la venta se le puede minorar los gastos en la venta ( Plusvalia municipal de incremento del suelo).

Si no se reinvierte el NETO obtenido de la venta , la plusvalia obtenida segun el punto anterior tributaria al 19% hasta los 6.000 euros y el exceso al 21%.

Si es elevada la liquidacion del ejercicio de la venta , se puede solicitar unos plazos de
pago a la AEAT.

Saludos