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¿Es obligatorio compensar pérdidas?

6 respuestas
¿Es obligatorio compensar pérdidas?
¿Es obligatorio compensar pérdidas?
#1

¿Es obligatorio compensar pérdidas?

Saludos!

El año pasado aguané como un jabato y mi perdidas en renta variable no llegan a los 10 euros (hablamos de ventas, no de paper-loss.

Sé que debo declararlas, pero, ¿estoy obligado a compensarlas en el próximo ejercicio o puedo esperar?

#2

Re: ¿Es obligatorio compensar pérdidas?

Es obligatorio declararlas , pero si quedan minusvalias netas pendientes de compensar , estas no hay obligacion de compensarlas , como se puede renunciar a la devolucion que salga de la Liquidacion.

Cuando hablamos fiscalmente de minusvalias , estas son reales (Materializadas), nunca se trata de "minusvalias latentes".

Saludos

#3

Re: ¿Es obligatorio compensar pérdidas?

Y al hilo de esto, es que las únicas pérdidas que pensaba que he tenido han sido ventas de picos de dchos. (porque no he hecho más ventas).

Pero después de descontar las comisiones aún son unos beneficios ridículos: 1,33 euros y 0,22 euros

¿Debo declararlos con valor de adqusición 0 (cero) y de transmisión 1,33 y 0,22 respectivamente?

#4

Re: ¿Es obligatorio compensar pérdidas?

Esos importes obtenidos en la venta de derechos se restan al valor de adquisición de las acciones que los han generado, no se incluyen en la declaración. Sólo en el supuesto de exceder el valor de adquisición de las acciones se incluyen como ganancia derivada de transmisión.

Saludos.

#5

Re: ¿Es obligatorio compensar pérdidas?

Pero es que las ampliaciones eran liberadas. Con los dchos. suficentes adquiría acciones por las que sólo pagué las comisiones. El pico de dchos. los vendí. Entiendo que sí exceden del coste adquisición de las acciones.

Ejemplo: Tenia 400 accs. de AAA que generaron 400 dchos. por cada 23 dchos. te otrogaban una accn. gratuita. Entonces, recibí 17 accs. y vendí 8 dchos por los que recibí unos cents. después de pagar las comisiones.

#6

Re: ¿Es obligatorio compensar pérdidas?

En una ampliacion liberada (Sin desembolso) , las acciones que se obtienen por la aplicacion de los derechos que generan las acciones origen, incrementan esta cartera , sim modificar su valor de adquisicion ( Tienes mas acciones pero al mismo coste de adquisicion).

Los picos de derechos sobrantes , que se venden , su importe cobrado , minora el valor de adquisicion de las cartera de este Titulo . En el caso de no acudir a la ampliacion y vender todos los derechos generados , a este importe cobrado se le aplicaria el mismo criterio de los picos.

Cuando al.rodrigo comenta , "Sólo en el supuesto de exceder el valor de adquisición de las acciones se incluyen como ganancia derivada de transmisión" , se esta refiriendo a que puede darse el caso de que el valor de adquisicion de las acciones origen (Cartera de este Titulo) se haya hecho CERO , a base de sucesivas ampliaciones liberadas donde se optado por la venta de todos los derechos.

Saludos

#7

Re: ¿Es obligatorio compensar pérdidas?

Es decir, la venta de los picos de los dchos. no se declara ahora aunque me venga en la información fiscal. Deberé declararla cuando venda las acciones minorando el precio de adquisición.

Malditas ampliaciones de capital...