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Venta de piso procedente de herencia complicada.

1 respuesta
Venta de piso procedente de herencia complicada.
Venta de piso procedente de herencia complicada.
#1

Venta de piso procedente de herencia complicada.

La fiscalidad de la ganancia patrimonial en la venta de un piso depende de la antiguedad de la adquisición.
En 1965 fallece mi padre -sin testamento- con lo que el 50% del piso pasa a ser de cuatro hermanos y el otro 50% de mi madre.
En 1999 fallece mi madre -con testamento- y es cuando se hace declaracion de herederos abintestato , se liquida la sociedad de gananciales de mis padres y se acepta la herencia.

Hacienda informa en sus preguntas frecuentes que: De acuerdo con las normas del Derecho Civil, la fecha de adquisición será la de adquisición por herencia del bien. La misma se produce, con carácter derivativo, con la aceptación de la herencia, si bien los efectos subsiguientes se retrotraen al momento de la muerte del causante.

En el IRPF se nos pide meter el precio de adquisicion -y su fecha- y el precio de venta referido a un inmueble determinado. En mi caso, un octavo del piso lo tengo desde 1965 -y la ganancia patrimonial no tributa nada por la antiguedad-, y el otro octavo del piso lo tengo desde 1999, la ganancia patrimonial sí tributa. ¿Como puedo meter eso en un unico asiento de la renta?

Y por si fuera poco dificil, aún hay más. El piso tiene un pequeño trastero -de poco valor- pero que el catastro le asignó una referencia catastral diferente a la del piso. Así que tenemos una única venta de piso y trastero por una cantidad en 2010, los cuales una parte son propiedad desde 1965, y otra parte desde 1999

Esta complicadisimo, a ver si algun genio me puede ayudar

Muchisimas gracias por anticipado

Francisco

#2

Re: Venta de piso procedente de herencia complicada.

Tienes que emplear cuatro columnas de las casillas 360 y siguientes, dos para el piso y dos para el trastero, y cada una de ellas para cada una de las adquisiciones. Por último, las adquisiciones de 1965 sí que tributan, ya que por aplicación de coeficientes de abatimiento está no sujeta la parte de la ganancia desde la compra hasta el 19-01-2006, pero la ganancia desde el 20-01-2006 está sujeta y no exenta.

Saludos.