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Duda contabilidad en devolución de importación

3 respuestas
Duda contabilidad en devolución de importación
Duda contabilidad en devolución de importación
#1

Duda contabilidad en devolución de importación

Hola comunidad,

he comprado un producto a un vendedor de Japón.
Me lo envía y pago aranceles e IVA de importación. Todo en orden.
Al ser mayor de 300€, pasaría a contarse como una amortización.
Sin embargo, resulta que el producto es defectuoso (borderline estafa) y estoy solicitando una devolución al vendedor.

En caso de enviarlo de vuelta a Japón, cómo debería contabilizar esto?
Asumiendo que el vendedor me devuelva el importe pagado original, quedarían pendientes los aranceles y el IVA, que no creo que hacienda me devuelva.
Si efectivamente lo devuelvo y recupero el dinero, ya no debería contabilizarlo según tablas? o quizá sólo lo que "no recupero" (diferencia del importe pagado - importe devuelto + aranceles). El IVA lo deduzco al 100%?

Esto me recuerda preguntar: cuando he devuelto alguna compra ( de un vendedor de Amazon, por ejemplo): si me han devuelto todo, IVA incluido, o incluso a un operador intracomunitario, si aún no he hecho la trimestral, pues hago como si no existiese. Esto es correcto?

Un saludo


#2

Re: Duda contabilidad en devolución de importación

Contestando a lo último. Cada operación debe ser objeto de registro contable, no se permiten las compensaciones.
Por tanto, cuando hay una devolución, se contabiliza como devolución de la compra y el IVA en la contracuenta.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Duda contabilidad en devolución de importación

Gracias Juan,

entiendo entonces que debo contarlo tanto en ingresos y gastos?
Por ejemplo, si compro algo por 100€ + 21€ IVA = 121€ y luego lo devuelvo

Son 100 de gastos y 21 de IVA deducido.
Y luego cuento eso como "ingresos de actividad" = 100€ + 21€ de IVA soportado. (aunque no sería una factura mía claro....)
 Y declarar en ambos sentidos del 303 y 390 anual, correcto?
Si es así, la suma tanto de base e IVA es 0. Por eso hacía como "si no existiese".
Resulta entonces que lo he estado haciendo mal estos años. No creo que tenga mucho sentido rectificar porque tampoco habría cambiado los impuestos que pago.

Y en el caso de compras intracomunitarias y luego devueltas: debo declararlo en el 349 informativo? Dos veces: como "adquisición" y luego como "entrega de bienes y servicios"?

Muchas gracias por la ayuda.
#4

Re: Duda contabilidad en devolución de importación

Por ejemplo, si compro algo por 100€ + 21€ IVA = 121€ y luego lo devuelvo
En ese caso, por la compra contabilizas 100 de compras y 21 de IVA soportado. Al devolverlos, contabilizas 100 como devoluciones de compras y 21 como menor IVA soportado.
En el 303 y 309 igual, con lo que un IVA anula al otro.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.