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Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

8 respuestas
Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social
Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social
#1

Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

hola.
tengo dudas sobre una baja que tengo. os pongo en situacion.
llevo 10 meses de baja por una dolencia en el hombro y durante esta baja me ha surgido una nueva dolencia en la rodilla, el medico de medicina general ha decidido darme el alta por prescipcion del traumatologo, y ha procedido a darme de baja el mismo dia de la rodilla.
mi duda es que he observado en el parte de baja, que  no empieza como una nueva baja, me explico.....sigue figurando la fecha de inicio de baja de hace 10 meses por la del hombro, incluso el numero de partes, no pone parte 1, pone el 13 como si siguiera con el hombro.eso si en la dolencia ha cambiado hombro por rodilla.
no se si es que el funcionamiento es asi , o ha habido algun error. la cosa es que dentro de 2 meses si es asi pasaria al inss, tengo entendido que si te das de alta por una dolencia antes del año, y te das de baja por otra, empezarias de 0. por eso tengo dudas por la fecha y numero de partes que consta en la nueva dolencia.. 
#2

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

Hola,

Esa posibilidad está recogida en el art. 169 de la Ley General de la Seguridad Social. Cito lo que dicha norma dispone:

2. A efectos del período máximo de duración de la situación de incapacidad temporal que se señala en la letra a) del apartado anterior, y de su posible prórroga, se computarán los períodos de recaída y de observación.

Se considerará que existe recaída en un mismo proceso cuando se produzca una nueva baja médica por la misma o similar patología dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha de efectos de alta médica anterior, salvo los procesos por bajas médicas por menstruación incapacitante secundaria en los que cada proceso se considerará nuevo sin computar a los efectos del período máximo de duración de la situación de incapacidad temporal, y de su posible prórroga.

Es decir, que el facultativo ha procedido a "arrastrar" la antigüedad anterior por dos motivos: (i) debido a que la nueva baja médica ha nacido en un plazo menor a los 180 días siguientes a la finalización de la anterior, y (ii), porque ha considerado que ambas patologías (de la primera y la segunda), son iguales o similares

Por tanto, en tu caso y debido a esto, no queda más remedio que proceder así.

Un saludo y ánimo,
#3

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

Uhmm, sigo sin entender que si he estado 10 meses de baja por un hombro y tengo una nueva dolencia en la rodilla, pueda pasar al inss cuando cumpla los 365 días. Son dolencias diferentes, no?. No se que de similares tiene un hombro con una rodilla.. 
Gracias por contestar. 
#4

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

Hola,

Perdona si me he explicado mal: lo que quería era detallar que la posibilidad existe y justificar porqué se ha aplicado tu caso. En este caso, ha sido el médico de atención primaria que te ha atendido quien ha considerado las dolencias como similares (con razón o sin ella, lamentablemente en ese aspecto no te puedo ser de ayuda). Por tanto, al cumplirse dicho requisito -reitero, por criterio del facultativo- no queda otra que conservar la antigüedad de la baja, por imperativo legal.

He estado revisando también en la normativa (RD 1430/2009 y RD 625/2014) y, a pesar de las múltiples vías que existen para otras situaciones, no termino de encontrar un procedimiento en el que puedas mostrar la disconformidad con la calificación (similar patología) que ha realizado el médico.

Una vez llegados a este punto, sólo se me ocurre contactar con el profesional en cuestión y preguntarle acerca de los motivos que le han llevado a actuar así.

Un saludo,
#5

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

Gracias por tu ayuda.
Cuando vaya le preguntaré, si 
#6

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

otra cosa.... dado que estoy disconforme con lo anteriormente expuesto, y si el falcultativo no puede o "no quiere" rectificar las fecha la baja, es posible poner alguna reclamacion,o por lo menos donde exponer tu disconformidad.?
#7

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

Hola de nuevo,

Es lo que le indicaba, en la normativa de revisión de las actuaciones médicas de la la Incapacidad Temporal (los Reales Decreto que te he indicado), aunque existen numerosos procedimientos, ninguno de ellos se adapta para solicitar la rectificación por inconformidad de la calificación realizada por el facultativo de que la dolencia actual sea una patología similar a la anterior que motive que se conserve la antigüedad de la baja (al igual que tampoco existe uno para "recurrir" la negativa del facultativo a emitir una, por ejemplo).

Lo que es seguro es que el Servicio de Salud podrá admitir una queja, pero esta no tendrá efectos administrativos, ya que la finalidad de las mismas es recoger las opiniones de los pacientes que sienten que se les ha prestado un "mal" servicio para tenerlas en cuenta a la hora de poder mejorar la calidad de la atención, pero en ningún caso esto afectara al INSS.

Por ello, mi recomendación fue la de dirigirse al facultativo, ya que sólo el puede indicarte en que se ha basado su criterio. Ten en cuenta que pueden existir algún tipo de instrucción/directriz interna que le haya obligado a actuar así.

Un saludo,
#8

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

De nuevo gracias. Lo que me preocupa es entrar en el inss si sigo con la baja  y sobre todo si vuelvo a trabajar que vuelva a recaer con ninguna posibilidad de poder de nuevo a estar de baja. Así se lo haré saber a ver que dice. 
#9

Re: Alta de una dolencia y baja de otra en el mismo dia - Seguridad Social

De nuevo gracias. El caso es que he vuelto a revisar los partes y lo que cambia es la descripción de la dolencia y su código. Lo que me preocupa es entrar en el inss si sigo con la baja  y sobre todo si vuelvo a trabajar que vuelva a recaer con ninguna posibilidad de poder de nuevo a estar de baja. Así se lo haré saber a ver que dice.