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Titularidad de factura en deducción por obras de mejora de eficiencia energética

2 respuestas
Titularidad de factura en deducción por obras de mejora de eficiencia energética
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Titularidad de factura en deducción por obras de mejora de eficiencia energética
#1

Titularidad de factura en deducción por obras de mejora de eficiencia energética

 
Buenos dias.
 Mi esposa y yo somos propietarios de una vivienda en régimen de gananciales en la que hemos sustituido una caldera de gas por una aerotermia. Esto supone una reducción de mas del 30% del consumo de energía no renovable, por lo que podemos deducir el 40% de la inversión (aunque con un tope de 7500 euros), según el Real Decreto-Ley 19/2021.
 La factura de la instalación se emitió a nombre de mi esposa. Como ambos trabajamos, realizamos declaraciones individuales.
 La duda que tengo es sobre la titularidad de la factura. En el RD no veo claro si el tope de 7500 es por vivienda o por declarante. 
 Suponiendo que sea por vivienda, al estar al 50% ¿cada uno se deducirá de la mitad?. Al estar la factura solo a su nombre, ¿puedo deducirme yo también al ser obras en la vivienda de la que ambos somos titulares?
 Gracias 
#2

Re: Titularidad de factura en deducción por obras de mejora de eficiencia energética

Buenas tardes:

Por supuesto, cada uno puede asumir el 50 % de la factura.

El importe a deducir máximo es sobre el valor de la obra realizada y no el número de propietarios.. Es decir, 7.500 € entre los dos.

La sustitución de un sistema por otro pude ser suficiente, pero se tiene que demostrar con los consumos de energía primaria.

Hay dos deducciones. Parecen compatibles, pues la tercera deducción es para  vivienda no habitual, que tiene un límite de 15.000 €, para el conjunto del edificio. Lo que sería aplicable para un edificio de una sola vivienda.
 
Además, se ha de tener en cuenta que la reducción es anual. Lo que parece ser que es deducible hasta que se agote la cantidad invertida.

En el caso de la deducciones primera y segunda son anuales. Tendrás que estudiar bien el tema.

Saludos.

Nota:
"La primera deducción, por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda, permite una deducción de hasta un 20 por ciento de las cantidades satisfechas por las obras realizadas a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2022, con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 7 por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración, acreditable a través de la reducción de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda.

La segunda deducción, por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda, permite una deducción de hasta un 40 por ciento de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el mismo plazo temporal que la deducción anterior, hasta un máximo de 7.500 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través de la reducción del referido indicador de consumo de energía primaria no renovable del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación."
#3

Re: Titularidad de factura en deducción por obras de mejora de eficiencia energética

Me pasa como al compañero,y si la factura está a nombre de mi esposo pero nos sale mejor sólo desgravarmelo yo,sería posible?