Lo primero, agradecer sus palabras... no soy un experto "cultivado" en el tema... sino un simple "curioso" al que le gusta aprender de aquello que le afecta relacionado con los "números".
[...] podría haber algún riesgo de salir perjudicado económicamente hablando, en el importe final a recibir?
Con certeza no... lógicamente es mi opinión basada en mi experiencia -un simple estudioso del tema... como he escrito en un comentario anterior, se haga presencialmente o de forma telemática, la solicitud la recibe un "tramitador" de la Seguridad Social que se basa en la información que tiene la Tesorería General de la Seguridad Social sobre cotizaciones, cuotas, fechas de alta y baja, etc., del solicitante.
He leído en alguna de tus respuestas que alentabas a solicitar la pensión ordinaria general de jubilación, de forma presencial en las oficinas del mismo INSS.
Tal vez sea por la experiencia acumulada de interacciones con las Administraciones Públicas... si tienes la suerte de que te atienda una persona "cultivada" en su profesión, aprendes de esa interacción y te permite explicar mejor tus circunstancias personales... una resolución telemática no siempre permite algunos matices... pero es algo muy subjetivo y -me apena escribir lo siguiente- cada vez es más complicado encontrar esa persona "cultivada".
[...] podré optar a la jubilación ordinaria desde el próximo 31/07/2024
Un dato que es muy importante tener claro... y que pocas veces se conoce... el factor I25.
Aquellos trabajadores que cumplen su fecha de jubilación los últimos días de un mes, por ejemplo 29/30/31 de un mes... pueden elegir retrasar unos días su jubilación al día 1/2/3 del mes siguiente y conseguir una mejor jubilación... y todo ello se basa en cuál fue el IPC del mes 25 anterior a su fecha de jubilación.
Hace años, el IPC era bastante constante de un mes al siguiente o el anterior, por lo que el efecto del factor I25 sobre la pensión no compensaba la pérdida de retrasar unos días la pensión... pero llega el segundo semestre de 2021, el año 2022 y en menor efecto, de momento, el 2023... con diferencias apreciables en el IPC de un mes a otro y, en estos casos, el factor I25 "puede" ser más relevante su efecto... lógicamente si la fecha de jubilación es el día 1x/yy/2024, el incremento mensual de la pensión no le compensa perder 15 o 20 días de pensión pero, siempre, lo mejor es saberlo, calcularlo, y pensar si te compensa... la pensión se va a cobrar durante muchos meses de la vida y perder un arranque de 10-15 días puede compensar a la larga -es mera cuestión de saberlo y hacer cuatro cuentas.... en Internet hay muchos artículos sobre el Factor I25 para temas de jubilación para aquellos que quieran ampliar en su conocimiento e influencia.
¿Consideras suficientemente fiable el resultado del simulador citado, como para poder de forma sólida y razonable confiar en que tal cuantía de 1.363€ será la que finalmente se me conceda?.
El calculo de la pensión es una formula matemática y como tal, de naturaleza exacta. Si los datos de entrada que se le dan al programa informático son los correctos, el resultado es único y exacto al céntimo de euro... ¿Cuál es el problema?... hablando en general, el problema es que no siempre los datos que selecciona el simulador son los mismos en dos fechas distintas, por ejemplo el 1/1/2023 y el 5/3/2023... los datos que actualiza la Tesorería General de la Seguridad social sobre bases de cotización pueden variar por el simple motivo de actualización de las bases de datos con unos meses de retraso... quiero decir, que la cotización que un trabajador o empresa realiza el 31/12/2022 no se actualiza en las bases de datos utilizadas por el programa de TU Seguridad Social el 1/1/2023 sino que tarda unas semanas, si no meses, en actualizarse.... y por ello las variaciones -casi siempre menores de unas decenas de euros.
Espero no estar extendiéndome en exceso ni ser demasiado técnico... volviendo a su fecha prevista de jubilación 31/7/2024... lo tiene muy fácil, más si le gusta o conoce un poco del programa Excel de Microsoft Office... al ser el calculo de la pensión una formula matemática en la que el mes anterior a su fecha de solicitud no cuenta y los 24 meses anteriores el índice de revalorización es siempre igual a "1"... ya conoce el IPC real de todos los meses que le aplican con índice de revalorización superior a "1" a la hora de calcular su base actualizada y su base reguladora.
Un saludo
P.D., una recomendación... lo primordial es confirmar que las bases de cotización que vienen en el informe que obtiene del portal de TU Seguridad Social son las que usted considera correctas y que no hay errores al compararlo con sus nóminas, etc.