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Prescripción Pago IVA

1 respuesta
Prescripción Pago IVA
Prescripción Pago IVA
#1

Prescripción Pago IVA


Buenas Noches.


Supongamos que (teniendo en cuenta los ingresos) en el año 2017 una persona (del montón) tuviera obligación de presentar el IRPF el año 2018.
Pongamos que por omisión no presentó el IRPF.
Este año 2022, cuando finalice el plazo para la presentación del IRPF, prescribirán las posibles sanciones que hacienda pudiera ejecutar.
Echando cuentas, las sanciones derivadas de la no presentación del IRPF prescriben a los 5 años del año a declarar y a los 4 años de la obligatoriedad de la presentación de dicho IRPF.

¿En el caso del IVA también ocurre igual? 
#2

Re: Prescripción Pago IVA

Efectivamente, en ese caso prescribe el 30/6/2022, lo que no es correcto es que las sanciones prescriban a los cinco años. En todos los impuestos, el plazo de prescipción es el mismo, 4 años. Lo que hay que ver es cuando empieza, que es cuando finaliza el periodo voluntario para su presentación.
En el IRPF, ese periodo finaliza el 30 de junio del año siguiente, por lo que en realidad, prescribe a los 4,5 años desde el 31 de diciembre de ese ejecicio.
En el IVA es mucho mas complejo puesto que hay declaraciones trimestrales y anuales, con sus propios plazos de presentación, habría que ver qué operación es, si es de IVA devengado o soportado, y estudiarlo tranquilamente.

Un saludo